jueves 28  de  marzo 2024
CONSULTORIO DEL SEGURO SOCIAL

Qué hacer ante robo del Seguro Social

MIAMI.- Hace algunos años perdí mi tarjeta de Seguro Social. Mi informe crediticio muestra que aparentemente alguien está usando mi número de Seguro Social. Temo que pudiesen arruinar mi crédito. ¿Qué debo hacer?

Por MARÍA DÍAZ

MIAMI.- Hace algunos años perdí mi tarjeta de Seguro Social. Mi informe crediticio muestra que aparentemente alguien está usando mi número de Seguro Social. Temo que pudiesen arruinar mi crédito. ¿Qué debo hacer?

I.T., Kendall

El fraude y el robo de identidad son problemas muy graves, no sólo para usted, sino también para la integridad económica de nuestra agencia. También pone en riesgo nuestra seguridad nacional si alguien peligroso está usando su número para obtener otros documentos de identificación. Es contra la ley usar número de Seguro Social de otra persona, dar información falsa al momento de solicitar un número, alterar, comprar o vender tarjetas de Seguro Social. Tenga en cuenta, nunca debe llevar su tarjeta de Seguro Social con usted. Si sospecha que alguien está usando su número de Seguro Social fraudulentamente, debe informarlo a la Comisión federal de comercio (Federal Trade Commission -- FTC, siglas en inglés) inmediatamente. Puede reportarlo por internet en www.consumidor.ftc.gov/ o puede llamar a la línea telefónica de la FTC al TTY 1-877-IDTHEFT (1-877-438-4261): (1-866-653-4261).

Estoy a punto de jubilarme, pero todavía tengo un niño pequeño bajo mi tutela. ¿Puedo recibir beneficios a nombre de mi niño?

D.A., Miami

Si usted tiene derecho a recibir los beneficios de Seguro Social por jubilación, sus hijos también pueden recibirlos, si tienen derecho. Sus hijos pueden tener derecho a recibir los beneficios si son sus hijos biológicos, hijos adoptivos o hijastros. Bajo circunstancias limitadas, es posible que también puede solicitar los beneficios para un nieto quien depende económicamente de usted. Para recibir los beneficios, su hijo debe ser: soltero, menores de 18 años, entre las edades de18 y 19 años y ser estudiante a tiempo completo (en la escuela secundaria, pero no después de cursar el grado 12); o niños mayores de 18 quienes tiene un padecimiento que los incapacita el cual debe haber comenzado antes de los 22 años de edad. Infórmese mejor leyendo sobre los beneficios por incapacidad para niños en www.segurosocial.gov/espanol/jubilacion2/sushijos.htm 

Estoy por solicitar beneficios de Seguro Social por incapacidad. Tengo dos niños, de 13 y 15 años de edad. Si aprueban mi solicitud, ¿podrán ellos recibir beneficios también? ¿Tienen que estar incapacitados los niños para tener derecho a beneficios en mi registro?

G.J.R., Miami

Si usted tiene derecho a los beneficios de Seguro Social por incapacidad, sus niños pueden recibir beneficios de dependientes basado en su registro de trabajo, aún si ellos no están incapacitados. Mientras usted continúe recibiendo beneficios, los beneficios de los niños continuarán hasta que cumplan 18 años de edad, o hasta los 19 si continúan en la escuela secundaria. Sin embargo, si sus niños están incapacitados en el momento que cumplan esa edad, es posible que puedan continuar recibiendo beneficios aunque sean adultos. Para informarse mejor, visite nuestro sitio de Internet sobre beneficios por incapacidad en www.segurosocial.gov/disability (disponible solamente en inglés).

¿Puede resolver una apuesta que tengo con una amiga? Ella me dijo que necesito 40 créditos de Seguro Social para poder recibir beneficios de jubilación.  Pero estoy seguro haber leído que el requisito es 10 años de trabajo.  ¿Quién tiene la razón?

A.P., Miami

Las dos están correctas ya que 40 créditos y 10 años de trabajo son más o menos la misma cosa. En el 2015, usted recibe un crédito de Seguro Social por cada 1.220 dólares que gane, pero sólo puede ganar hasta cuatro créditos en un año. Obviamente, les tomará a las personas con historiales de trabajo esporádicos más de 10 años en ganar los 40 créditos necesarios para el Seguro Social. Para informarse mejor, visite el sitio de Internet del Seguro Social en www.segurosocial.gov o llámenos gratis al
1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).

Desde hace tres años estoy recibiendo beneficios de Seguro Social por incapacidad.  Recibo un cheque para mí y otro que viene a nombre de mi esposa para ella y para una niña de once años que tenemos.  Como mi esposa no puede trabajar pues tiene que cuidarnos a mí y nuestra hijita. Los beneficios de Seguro Social son el único ingreso que tenemos.  Por eso estoy muy preocupado pues acabo de recibir una carta donde me dicen que para poder seguir recibiendo beneficios tengo que someterme a una revisión médica.  ¿A qué se debe esta revisión?

D.L., Miami

Cuando su reclamación de beneficios por incapacidad fue aprobada, el Seguro Social le informó que su caso sería revisado de vez en cuando.  Esto se hace para saber si usted aún es elegible para beneficios por incapacidad.  La frecuencia con que su caso es revisado depende de la naturaleza y severidad de su incapacidad, la posibilidad de mejoría y de otros factores.   La revisión puede ser señalada tan temprano como seis meses después de su primer mes de elegibilidad, si usted tiene una lesión o enfermedad que se espere mejore.  O puede ser revisado solo cada cinco o siete años si su lesión es permanente y hay pocas posibilidades de mejoría.  

Para que se nos facilite tomar una decisión, primero recopilaremos la información nueva sobre su condición médica.  Le pediremos su historial médico a sus doctores, hospitales y otras fuentes médicas. Les preguntaremos cómo su condición médica limita sus actividades, qué muestran sus pruebas médicas y qué clase de tratamiento médico usted ha recibido.  Luego, revisaremos cuál era su condición médica la última vez que revisamos su caso.  Si su condición médica mejora al punto que decidamos que puede trabajar, se cesarán sus beneficios.  Aprenda más sobre los beneficios de incapacidad en www.segurosocial.gov.

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