martes 26  de  marzo 2024
Gobierno de Trump

El veto migratorio de Trump se implementa a partir de este jueves

El Supremo determinó que Trump podrá prohibir el ingreso de los "extranjeros que no tengan ninguna relación genuina con una persona o una entidad de Estados Unidos"

WASHINGTON.- La orden del presidente Donald Trump que prohibe la entrada de todos los refugiados y los nacionales de seis países de mayoría musulmana a EEUU comenzará a aplicarse hoy de forma parcial a partir de las 8 p.m. (ET).

Tal implementación será posible debido a que el Tribunal Supremo admitió a trámite el caso del veto migratorio el pasado lunes y ordenó permitir la entrada en vigor de algunas de sus partes.

La decisión del Supremo implica que el Gobierno de Trump podrá negar la entrada al país a cualquier individuo que no pueda comprobar que tiene familiares en territorio estadounidense o que tiene planes ya establecidos para trabajar o estudiar en organizaciones de EEUU.

En concreto, en un escrito de 13 páginas, el Supremo determinó que Trump podrá prohibir el ingreso de los "extranjeros que no tengan ninguna relación genuina con una persona o una entidad de Estados Unidos".

Por tanto, los más afectados por la aplicación parcial del veto van a ser los refugiados, que por definición están huyendo de sus países de origen y, en teoría, no tienen por qué tener ninguna relación con EEUU.

La orden ejecutiva de Trump busca anular durante 120 días el programa de acogida de refugiados, así como prohibir durante 90 días el ingreso a Estados Unidos de los ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, el Yemen y Libia).

Tras la decisión del Supremo, el Departamento de Estado envió el miércoles por la noche nuevas directrices a las embajadas y consulados del país sobre cómo hacer cumplir la prohibición bajo los límites establecidos por el alto tribunal.

Esas directrices, obtenidas por varios medios, establecen por ejemplo que los que quieran ingresar a EEUU deberán demostrar una relación con padres, cónyuges, hijos, yernos, nueras o hermanos que ya estén en territorio estadounidense.

Excluidos de esa categoría de "familiares cercanos" quedan los abuelos, nietos, tíos, sobrinos y primos, que no podrán servir de ancla a sus familiares en el exterior para tramitar la entrada a la nación.

Trump trató de imponer su veto por primera vez el 27 de enero, cuando firmó una orden ejecutiva que entró en vigor de manera inmediata y sembró el caos en aeropuertos de todo el mundo.

Ese veto fue bloqueado por la Justicia y después, el 6 de marzo, Trump firmó una nueva orden que, a diferencia de la anterior, dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modificaba la provisión sobre refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía la medida original.

Esa segunda orden nunca llegó a entrar en vigor porque fue bloqueada primero por jueces en Hawái y Maryland y, luego, por el Tribunal de Apelaciones del Distrito Cuarto, en Richmond (Virginia), y el Tribunal del Distrito Noveno, con sede en San Francisco (California).

El Supremo estudiará la legalidad del veto durante su próximo período judicial, que comienza en octubre.

FUENTE: EFE

¡Recibe las últimas noticias en tus propias manos!

Descarga LA APP

Deja tu comentario

Te puede interesar