Publicado el 10-18-2012
Votar SI en las Enmiendas
Constitucionales 6 y 8
El martes 6 de noviembre, al ir a votar para elegir Presidente de los Estados Unidos de América para los próximos cuatro años, los votantes de la Florida también tendrán que votar por congresistas federales, legisladores estatales, comisionados, cargos judiciales y temas del Condado. Pero, se encontrarán con una boleta larga que incluye once enmiendas a la Constitución del Estado. Originalmente eran doce, pero una de ellas fue retirada por no llenar los requisitos de redacción. Para que una Enmienda sea incorporada a la Constitución de la Florida es necesario que sea aprobada por un 60% de los votantes.
Este periódico comienza hoy una serie de artículos para tratar de explicarles a sus lectores el contenido de esas enmiendas y hacerles sus recomendaciones.
No obstante, sería conveniente que los votantes buscasen una boleta de muestra para tener una mejor idea de lo que tendrán que decidir el 6 de noviembre, o antes, si votan con anticipación. Para la boleta de muestra puede visitarse el portal cibernético del Supervisor de Elecciones que es www.miamidade.gov/elections y una vez en la página, arriba a la derecha, marcar el “sample ballot”. Se le pide a la persona su apellido, fecha de nacimiento y número de la casa en que vive, para tener acceso a la boleta pues hay cargos a elección que cambian según el lugar de residencia.
DIARIO LAS AMERICAS hace las siguientes recomendaciones a sus lectores:
Votar SI en la Enmienda No. 6 – Prohibición a la Financiación Pública de Abortos; Interpretación del Derecho al Aborto. Esta enmienda dispone que no se puedan gastar fondos públicos para ningún aborto…La prohibición no se aplica a un gasto exigido por ley federal, a un caso en que la mujer tenga un trastorno físico, una lesión física o enfermedad que la pusiera en peligro de muerte a menos que se le practicara un aborto o a un caso de violación o incesto.
Votar SI en la Enmienda No. 8 – Libertad Religiosa. Esta enmienda dispone que a ninguna persona o entidad se les puedan negar, en virtud de identidad o creencias religiosas, prestaciones, fondos u otro tipo de asistencia del gobierno, con excepción de lo exigido por la Primera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos.
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