CIUDAD DE PANAMÁ.-EFE
La Corte Suprema de Justicia de Panamá (CSJ) abrió hoy una causa penal al expresidente Ricardo Martinelli (2009-2014), tras admitir varias querellas presentadas en contra del exgobernante por haber incurrido en supuestas escuchas ilegales durante su Administración.
CIUDAD DE PANAMÁ.-EFE
La Corte Suprema de Justicia de Panamá (CSJ) abrió hoy una causa penal al expresidente Ricardo Martinelli (2009-2014), tras admitir varias querellas presentadas en contra del exgobernante por haber incurrido en supuestas escuchas ilegales durante su Administración.
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La decisión fue tomada durante una reunión extraordinaria por el pleno de los magistrados de la Corte Suprema, con siete votos a favor, una abstención del magistrado Luis Ramón Fábrega y una ausencia por parte del magistrado Victor Benavides.
La CSJ admitió la causa penal contra Martinelli, diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), por los presuntos delitos contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, además de peculado, abuso de autoridad, asociación ilícita y atentar contra la seguridad informática .
El Supremo de Justicia designó al magistrado Harry Díaz para que actúe como fiscal y al magistrado Jerónimo Mejía como juez de garantías en esta causa.
El pleno, según el Órgano Judicial (OJ), no admitió el conocimiento de la presente causa en lo referente al delito de revelación de secretos empresariales.
Esta es la segunda investigación abierta al expresidente Martinelli por la CSJ.
Martinelli alega persecución política
"Soy un perseguido político y no seré el último", dijo el exmandatario en su cuenta de Twitter para referirise a la causa penal que se abrió en su contra.
El expresidente reclamó este lunes en la noche que en Panamá no se respete el articulado de la Constitución que regula los motivos por los cuales se puede atribuir responsabilidades a un mandatario.
"El que me acusen por escuchas, cuando el artículo 191 de la constitución es claro. No hay ley", dijo escuetamente Martinelli en su cuenta de la red social mencionada.
El artículo 191 de la Carta Maga establece que los presidentes y vicepresidentes solo serán responsables por: extralimitación de funciones; actos de violencia o coacción contra los poderes electorales y legislativos; y por delitos contra la personalidad internacional del Estado o contra la Administración Pública.