jueves 21  de  marzo 2024
MIAMI-DADE

Juez acepta demanda contra "gastos extraordinarios" del impuesto del medio centavo

El juez civil que lleva el caso sobre la demanda contra el uso supuestamente ilegal del impuesto del medio centavo, falló en contra del Condado Miami-Dade al negar la petición de sus abogados de declarar improcedente dicha demanda.
Diario las Américas | SERGIO OTÁLORA
Por SERGIO OTÁLORA

MIAMI.- El juez civil que lleva el caso sobre la demanda contra el uso supuestamente ilegal del impuesto del medio centavo, que estaría destinado a mejorar el transporte público en Miami-Dade, falló en contra del Condado Miami-Dade al negar la petición de sus abogados de declarar improcedente dicha demanda.

La representación legal del Condado tiene ahora 20 días para apelar esa decisión, según lo indicó el juez Spencer Eig, de la corte del circuito 11 de Miami-Dade.

Este jueves, a final de la mañana, hubo una audiencia en la que el juez volvió a oír a las partes sobre la demanda y el pedido de los demandados de declarar improcedente dicho alegato legal.

A la audiencia asistió el comisionado del distrito 7 de Miami-Dade Xavier Suárez, quien en un principio fue el representante legal de los demandantes, pero se retiró cuando el alcalde Carlos Giménez denunció que la participación del comisionado en esa querella legal era un claro caso de conflicto de intereses que llevaría a la Comisión de Etica del Condado. Suárez dejó ese pleito como abogado, aunque siguió pendiente del caso.

Sin embargo, este jueves no dio declaraciones sobre el tema.

Es claro que durante varias intervenciones en la Comisión del Condado, y en otros escenarios, Suárez criticó a la administración del alcalde Gimenez por convertir los ingresos del medio centavo, en dinero para gastos de operación y mantenimiento, y no para lo que fue destinado: la extensión del Metrorail y la construcción de otros proyectos de infraestructura relacionados con el transporte.

El alegato

El abogado en representación del Condado Miami-Dade, Bruce Libhaber, dijo que su contraparte (Vincent Lago, comisionado de Coral Gables y Cindy Lerner, exalcaldesa de la Villa de Pincrest, entre otros) quería cambiar los resultados de la demanda, a pesar de que sus bases legales y objetivas eran las mismas.

Hace tres meses, el 28 de noviembre, hubo una audiencia en la que el juez Eig les dio la opción a los demandantes de reescribir sus argumentos legales y objetivos en contra del uso del medio centavo por parte de la actual administración del condado Miami-Dade. De lo contrario, el juez iba a desestimar la demanda.

En su exposición, Libhaber argumentó que la constitución de la Florida permite de manera explícita que el impuesto del medio centavo, aprobado en referendo por los votantes en 2002, fuera utilizado para operaciones y mantenimiento del sistema de buses y de trenes.

“Nuestro argumento es que lo que ellos [los demandantes] están poniendo en tela de juicio no es la constitución, no es el estatuto legal de la Florida, tampoco los términos utilizados en la pregunta que fue a la boleta electoral de 2002. Lo que están demandando son los medios y métodos a través de los cuales el Condado Miami-Dade cambió una ordenanza relacionada con el impuesto del medio centavo”, indicó el abogado del Condado.

“Esa no es una demanda basadas en un argumento constitucional”, añadió.

Indicó que, sólo a manera de hipótesis, así el condado no hubiera cumplido de manera estricta con esa ordenanza, no se elevaría eso a una demanda de tipo constitucional. “Si ese fuera el caso, cualquier contribuyente, en cualquier momento, podría demandar cualquier ordenanza aprobada por el Condado con argumentos constitucionales”.

El centro de la exposición de Libhaber lo basó en un caso llamado Alachua Conty vs. Adams, en el que se plantea que no importa si lo que se pone en tela de juicio es la imposición de impuestos o el uso de los mismos. “La lógica de la argumentación puede servir para el condado Miami-Dade. Ese caso derogó la imposición de un impuesto a las ventas porque el estatuto establece, de manera explícita, que el uso de ese impuesto en el condado y sus municipios podría ser para el funcionamiento y operación de sus parques y otras instalaciones recreativas. El estado concluyó que esa norma no es una ley general sino una ley especial porque sólo aplica para el Condado Alachua [en el centro norte de Florida]”.

Por eso el estatuto 212.05 de la constitución de la Florida, relacionado con impuestos a las ventas, se puede aplicar a cualquier condado, no está limitado, “es abierto. Por lo tanto, se puede revocar un estatuto específico, una ley específica, no una ley general. Por eso, imponer impuestos está prohibido por el estado, excepto si es permitido por una ley general”.

De esta manera, la constitución estatal permite utilizar esos recursos, resultado de una votación, para el mantenimiento del sistema de transporte, carreteras y puentes. También permite ser el soporte de emisión de bonos, pagar o refinanciar bonos ya emitidos, explicó Libhaber.

La junta del CITT (el organismo creado para administrar el impuesto del medio centavo) recomendó una resolución, aprobada por la comisión del condado Miami-Dade, para que hubiera una enmienda al medio centavo, en 2009, con el fin de incluir esos fondos en el mantenimiento y operación del sistema de transporte.

Los demandantes

Es precisamente en este punto en el que los demandantes basan una parte de su alegato, porque el Condado argumentó que mantenimiento y operación se refieren a proyectos concretos o cambio material de los mismos.

Pero para el abogado Neil Kodsi, quieren representa a los demandantes, operaciones y mantenimiento se han aplicado al sistema total de transporte, no a proyectos específicos.

Kondsi también se refirió al caso del condado Alachua, pero para sustentar su posición: “la Corte Suprema [de la Florida], en ese caso estableció que es válida una demanda constitucional cuando el condado gasta los fondos de manera diferente para lo que fueron aprobados”.

De esa manera, para los demandantes ese caso es un antecedente legal válido tanto para impuestos como para la manera como se emplean, y tiene que ver con un aparte de la constitución, el artículo 7, sección 1A. “Ahí hay un legítimo desafío a la constitución cuando el condado gasta recursos financieros de una manera diferente a la que votaron los electores”, enfatizó Kodsi.

“Que no se pudiera demandar el uso del medio centavo estaba violando elementos fundamentales de la democracia porque los votantes ordenaron que se gastara de una manera distinta a como se está haciendo”, indicó Kondsi.

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