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Control Civil

Poder Electoral Venezolano

La frustración que causa al ciudadano común la politización del ente electoral de manera abierta y sin ambages, bien podría equipararse al árbitro de un partido de futbol que inventa tiros penales, fueras de lugar y faltas a favor de uno de los equipos y deja de pitarlos en contra del otro
Por JUAN IGNACIO RIQUEZES

De las tantas afecciones de debilidad institucional que viene sufriendo Venezuela en los últimos años, quizás el que más molestia e indignación cause a la ciudadanía sea la falta de imparcialidad del Consejo Nacional Electoral, CNE, que es el ente al que la Constitución Nacional le asigna la rectoría del Poder Electoral.

Y es que esta dictadura tiene casi veinte años burlando la voluntad popular con el amaño de elecciones y referendos, con la promulgación de normativa electoral acomodaticia, con la modificación parcializada de distritos electorales (Gerrymandering), con la manipulación ilegal del calendario electoral, con las inscripciones y migraciones fraudulentas del Registro Electoral Permanente y con el tendencioso cierre del consulado en Miami para dificultar la votación de cientos de miles de venezolanos migrantes que le adversan.

La frustración que causa al ciudadano común la politización del ente electoral de manera abierta y sin ambages, bien podría equipararse al árbitro de un partido de futbol que inventa tiros penales, fueras de lugar y faltas a favor de uno de los equipos y deja de pitarlos en contra del otro.

Aunque nuestra norma constitucional pareciera ser muy sensata, el pecado original que nos ha traído tantos problemas se cometió cuando los políticos que conformaban tanto el Comité de Postulaciones como la Asamblea Nacional permitieron que personas con claras posiciones político-partidistas fueran postuladas y luego designadas como Rectores del CNE.

La Constitución Nacional venezolana de 1999 dispone en su Artículo 295 que “El Comité de Postulaciones Electorales de candidatos o candidatas a integrantes del Consejo Nacional Electoral, estará integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad, de conformidad con lo que establezca la ley”.

Su Artículo 296 estipula que el CNE estará conformado por “…cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos o ellas serán postulados por la sociedad civil, uno o una por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno o una por el Poder Ciudadano…”, estableciendo además que “…serán designados o designadas por la Asamblea Nacional con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes…”.

La propuesta de cambio de Control Civil para las futuras designaciones de Rectores del CNE no pretende afectar el proceso en gran medida, más sí a los actores que fungen como sus protagonistas. Se propone que el Comité de Postulaciones no este conformado por diputados ni por políticos sino únicamente por civiles de reconocida honestidad e independencia y que la designación o remoción, tanto de los miembros de dicho Comité, como de los Rectores del CNE, no sea efectuado por la Asamblea Nacional sino por el Consejo Rector del Poder Civil, también con una mayoría calificada de, al menos, dos tercios de sus miembros integrantes.

Conforme ha sido propuesto anteriormente en esta columna, el Consejo Rector del Poder Civil estaría conformado por representantes legítimos de los cuerpos intermedios de la sociedad (sindicatos, gremios, cámaras, colegios profesionales, universidades, ONGs e iglesias) y sus miembros rectores ocuparían sus cargos sólo por un período de 3 años, debiendo renovarse al menos un tercio de ellos cada año.

Control Civil también propone que los Rectores a ser designados deban haber sido postulados de la siguiente manera: uno por el sector sindical, otro por el sector empresarial, otro por el sector universitario, otro por los colegios profesionales y otro por las iglesias.

Adicionalmente, se propone que los Rectores ocupen sus cargos sólo por un período de cinco años y que cada Rector tenga derecho a recibir una muy importante bonificación económica al concluir su período, siempre y cuando las misiones de observación internacional de la OEA y de la ONU hubieren emitido informes favorables, respecto de cada uno de los eventos electorales acaecidos durante su gestión.

Bien cabe terminar este artículo parafraseando el viejo adagio que dice: “Si los pícaros conocieran las bondades que trae la honestidad, entonces serían honestos por picardía”.

juanriquezes@gmail.com
@juanriquezes

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