Jubilaciones retrasadas
Envíe sus consultas sobre jubilaciones, retiros anticipados, veteranos, discapacitados e incapacitados a maria.diaz@ssa.gov o @SeguroSocial
R.O., Miami n
Depende de su edad. Si es mayor que su plena edad de jubilación cuando solicite los beneficios por jubilación por primera vez y su cónyuge está recibiendo los beneficios de Seguro Social (SS), puede elegir el solicitar y recibir los beneficios bajo el registro de SS de su cónyuge. De esta manera, usted puede aplazar la solicitud de sus beneficios por jubilación bajo su propio registro de ganancias para recibir los créditos por jubilación aplazada. Si ya cumplió su plena edad de jubilación y solicitó los beneficios, puede solicitar que se le suspendan los pagos. Si cumple con los requisitos bajo el registro de su cónyuge, puede recibir esos beneficios y ganar créditos por jubilación aplazada bajo su propio registro de ganancias. Sólo mediante la solicitud de los beneficios como cónyuge es posible que recibir un beneficio más alto por jubilación bajo su propio registró de ganancias, basándose en el efecto de créditos por jubilación aplazada. Puede ganar créditos por jubilación aplazada hasta los 70 años de edad, siempre y cuando esté recibiendo sus propios beneficios. Las reglas pueden variar dependiendo de su situación, por eso le recomiendo que hable con un agente del SS al 1-800-772-1213. n n
J.L., Westchester n
u200bEsto es muy raro, pero si le sucede, visite su oficina local de SS o centro de tarjetas. Necesitamos ver los documentos originales que prueben lo siguiente de su niño: Ciudadanía estadounidense, edad; e identidad. nSi corrigió la partida de nacimiento del niño, necesitamos ver la corrección. También tenemos que ver un documento que demuestre su identidad. Todos los documentos deben ser originales o copias certificadas por la agencia que los emitió. No podemos aceptar fotocopias o copias de los documentos notariadas. n
n
u00bfHay que pagar impuestos de los beneficios de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)? n
R.T., Miami n
No. Pagos de SSI no están sujetos a las contribuciones federales. Sin embargo, si usted también recibe beneficios del Seguro Social, es posible que tenga que pagar impuestos por esos beneficios. n
n
Tengo entendido que debemos tener recursos limitados para tener derecho a recibir el Beneficio Adicional para los gastos del plan de medicamentos recetados de Medicare. u00bfQué significa esto? n
R.G., Pembroke Pines n
u200bPara poder recibir el Beneficio Adicional en el 2013, el límite de sus recursos es $13.300 para una persona o $26.580 para una pareja casada que viven juntos. Los recursos incluyen el valor de sus posesiones. Algunos ejemplos son los bienes raíces (aparte de su residencia principal); cuentas bancarias, incluso cuentas corriente de ahorros y certificados de depósito; acciones; bonos, incluso los bonos de ahorros de EEUU, fondos mutuos, cuentas individuales de jubilación (IRA, siglas en inglés); y dinero efectivo en la casa o en cualquier otro lugar. n
n
Hace ya casi un año que apenas puedo trabajar debido a una enfermedad de los huesos que es muy dolorosa. Me he convencido de que voy a tener que pedir un disability pero me han dicho que eso se toma varios meses hasta que aprueban la solicitud. Debido a mi situación y el tiempo que he perdido ya, u00bfqué puedo hacer para acortar en lo posible el tiempo de demora? nB.T., Miami n
u200bUsted puede acelerar el tiempo que toma procesar una solicitud de incapacidad (disability) si cuando hace la solicitud tiene a mano la siguiente información médica y vocacional: 1- Copia de sus expedientes de los médicos, hospitales o clínicas donde le atendieron. 2- Nombre, direcciones y número de teléfono y de fax de sus clínicas. 3- Nombre de los medicamentos que está tomando. 4- Nombre y direcciones de los lugares donde usted trabajó en los últimos 15 años. De todas formas, aunque le aprueben pronto su solicitud de beneficios, el Seguro Social no le enviará su primer pago hasta el sexto mes completo de estar incapacitado. Si lleva más de seis meses incapacitado es posible que no tenga que esperar y que le paguen algo retroactivo, dependiendo de la fecha en que señalen que comenzó su incapacidad.
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Para más información visite www.segurosocial.gov o llame a nuestro número gratis, 1-800-772-1213
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