MIAMI.- Tras más de tres siglos de colonialismo español, el sentimiento independentista se extendió en América y tuvo en los colombianos un acto simbólico que llevó al levantamiento del pueblo y lo que propició la campaña libertadora. Los criollos buscaban la independencia de la corona española y el 20 de julio de 1810 planearon inducir una revuelta popular en la que los pobladores elevaran sus descontentos ante el mandato del Reino de España.
Colombia, una celebración de la Independencia alejada de la Iglesia
Desde entonces, los colombianos celebran la fiesta patria, en la que laicos y religiosos han estado unidos sin distinción. Sin embargo, una decisión adoptada el año pasado por el Consejo de Estado impedirá que este 20 de julio, Día de la Independencia de Colombia, sea celebrado el tradicional Tedeum católico como parte de la programación oficial que se realiza con la participación del presidente en ejercicio en la Catedral Primada de Colombia, situada en Bogotá.
El presidente del máximo tribunal de lo contencioso administrativo, magistrado Jorge Octavio Ramírez, confirmó que este jueves no se podrá realizar el tradicional rito religioso que por años ha marcado el inicio de la conmemoración de las festividades patrias, “dado que sigue suspendido el decreto que lo reglamenta”.
Esta suspensión se tomó en septiembre del año pasado por parte de la Sección Primera de ese tribunal, mientras se estudia una demanda en contra del artículo 4 del Decreto 770 de 1982 que expide el reglamento de protocolo y ceremonial de la Presidencia de la República.
El referido decreto fija el orden del día de la celebración del 20 de julio, estableciendo en primer lugar el Tedeum en la Catedral Primada de Bogotá (que ha sido excluido de la programación del 2017), un desfile militar, un almuerzo ofrecido por el Presidente a los altos mandos militares y la instalación del Congreso, entre otros.
“Seguiremos haciéndolo”
No obstante, la Iglesia católica anunció que seguirá celebrando el Tedeum por considerarlo un momento especial para “dar gracias a Dios por los beneficios concedidos a los fieles”, en el marco de una ceremonia que se realiza habitualmente con la presencia del presidente de turno, en esta ocasión el Nobel de la Paz Juan Manuel Santos.
Monseñor Pedro Mercado, secretario adjunto para las Relaciones con el Estado, agregó que la decisión del alto tribunal “en nada afecta la celebración anual de ese rito litúrgico, al cual serán invitados todos los fieles católicos y miembros de otras iglesias y comunidades religiosas, incluidos los funcionarios públicos que voluntariamente y en uso de sus derechos inalienables, como ciudadanos, podrán asistir a la ceremonia”.
Aunque la invitación está abierta a todos los funcionarios públicos, hasta el cierre de esta edición la Casa de Nariño, sede del Gobierno colombiano, no había informado si el presidente Santos, a título personal o en calidad de Jefe de Estado, tenía en su agenda asistir al tradicional Tedeum, que traducido del latín significa “A ti, Dios”.
“Creo que la decisión provisional del Consejo de Estado, lejos de favorecer la libertad religiosa o la igualdad de cultos, termina por violentar el espíritu mismo de nuestra Carta Magna. En efecto, no se puede reducir la religión al ámbito individual y privado, minusvalorando las creencias y valores religiosos del pueblo colombiano, en sus diversas expresiones públicas y privadas, sin contrariar el auténtico espíritu de la Constitución de 1991”, señaló Mercado.
Por su parte, monseñor Luis Augusto Castro, presidente de la Conferencia Episcopal, dijo que “Colombia sigue siendo un país mayoritariamente católico y tendrá siempre sus ceremonias. Son ceremonias religiosas que muchas veces implican unas tradiciones culturales profundas”.
Motivación
El Consejo de Estado, máximo tribunal colombiano de lo contencioso administrativo, al estudiar una acción de nulidad suspendió temporalmente la celebración del Tedeum como evento oficial del homenaje del Grito de Independencia, como medida cautelar que se deriva de un recurso interpuesto por el abogado Miguel Garcés.
El jurista argumenta que el Tedeum, como actividad obligatoria del protocolo para la conmemoración del 20 de Julio, está vulnerando el principio de Estado laico reconocido, y persiste en un modelo confesional proscrito en la Constitución de 1991.
Al acoger estos motivos, la Sección Primera del Consejo de Estado dictó medidas cautelares y suspendió provisionalmente esa celebración que tiene un amplio arraigo y que marca un nexo que ha existido por años entre el Estado y la Iglesia.
En el fallo judicial se precisa que “el pluralismo y la convivencia igualitaria y libre de las distintas creencias, por lo que su participación en la celebración de una liturgia de la Iglesia Católica, en calidad de Jefe de Estado, resulta contraria al principio de neutralidad en materia religiosa".
El rito religioso
El tedeum es un himno cristiano que dura en la actualidad tres minutos y suele ser entonado en fechas muy importantes o de celebración, y viene del latín que significa “A ti, Dios”, como dice su primer verso.
Algunos lo llaman Himno Ambrosiano, en honor a su supuesto creador San Ambrosio de Milán, quien, según la leyenda, lo habría compuesto junto a San Agustín de Hipona, en el año 387, cuando se realizaba un bautizo.
Este origen ha sido descartado por los últimos estudios que dan como el único autor del Tedeum a Aniceto de Remesiana, un religioso griego que lo escribió en realidad en el siglo IV.
El Tedeum no es una ceremonia únicamente celebrada en Colombia en razón de la Independencia, también se festeja en Perú, Chile, Ecuador y Argentina, entre otros países. En el caso de la Santa Sede, la celebración es cada 31 de diciembre y es oficiada por el Papa.
Desde su creación y difusión en la cristiandad, el Tedeum ha formado parte de las campañas militares de la colonia española desde mucho antes de la Independencia. Sin embargo, la utilización de esta ceremonia tras la derrota de las tropas realistas tuvo la intención de integrar a la población en beneficio del devenir político nacional.
Separación de la Iglesia
Colombia es un país cuya constitución estableció, a partir de 1991, la separación de la Iglesia y el Estado, que se mantuvo desde tiempos de la colonia.
Aunque las autoridades nacionales no mantienen estadísticas oficiales, una encuesta del 2001 revelada por el diario El Tiempo indica que “un 80% de la población colombiana se declara católica”.
Sin embargo, datos más recientes indican que las iglesias protestantes y pentecostales en Colombia alcanzarían una población del 35%, siendo estas últimas las de más rápido crecimiento en la nación cafetera, convirtiendo a Colombia en un país cristiano de crecimiento exponencial.
La educación religiosa en Colombia estuvo, desde la época de la conquista y colonia principalmente, bajo la dirección de la Iglesia católica, aunque actualmente otras confesiones, en desarrollo de la Ley 133 de Libertad de Cultos, han creado instituciones que enmarcan su enseñanza en creencias protestantes.
Gracias a la constitución de 1991 Colombia goza de una educación laica donde todo establecimiento educativo del Gobierno tiene prohibido dar muestras de inclinación por cualquier religión. Sin embargo, esta normativa es ignorada por casi todos los establecimientos, ya que se da preferencia a la religión católica.
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