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BIENES RAÍCES

¿Qué necesita saber si renta su propiedad en EEUU?

Usted debe mantener registro y recibo de todos los pagos hechos por reparación o remodelación de sus propiedades de alquiler, pues la ley federal exige, que al final de cada año,  se reporte al Servicio de Rentas Internas,  IRS
Por LOURDES SEDA

Usted debe mantener registro y recibo de todos los pagos hechos por reparación o remodelación de sus propiedades de alquiler, pues la ley federal exige, que al final de cada año, se reporte al Servicio de Rentas Internas, IRS, por sus siglas en inglés, el documento 1099 por cada compañía o individuo a quien le haya hecho pagos de $600 o más.

Esta ley no es nueva, los inversionistas desde siempre tenía la obligación de reportar esos pagos, pero en el 2010 cuando el Gobierno Federal decretó el Small Business Act of 2010 (H.R. 5297), lo hizo extensivo a todos los dueños de propiedades de alquiler sin excepción.

Incluso aquellos que alquilan una propiedad de la familia, como actividad complementaria o como plan de retiro, ahora son considerados como “negocio” y por lo tanto deben cumplir con los requisitos de esta ley reportando el documento 1099.

Si usted es dueño de una propiedad de alquiler, esto significa que tiene la obligación legal de obtener cierta información de quienes realizan trabajos en dicha propiedad. Generalmente debe saber su nombre, dirección, número de Seguro Social o número de identificación fiscal y, al final del año, debe emitir el documento 1099 reflejando la suma total pagada. (Recuerde guardar una copia).

Como cumplir este requisito:

Para la declaración de impuestos (income tax) del 2017, usted debe mantener registro de todos los pagos hechos desde el mes de Enero. Al principio del 2018 usted debe enviar a todos y cada una de las personas y/o compañías la forma 1099 por la cantidad total pagada por sus servicios en el 2017. Existen algunas excepciones al requerimiento:

Carga: Reunir la información y crear las formas puede ocasionar grandes molestias.

Duración: Su propia residencia fue rentada solo temporalmente.

Ingreso: El ingreso obtenido de la renta no reúne los requisitos mínimos.

El IRS especificará los detalles de lo que ocasiona “grandes molestias” y lo que es considerado “requisitos mínimos”, por lo tanto, ellos podrán exigir la verificación de los mismos.

Este requerimiento aplica a todos los contratistas independientes o personas que típicamente proveen servicios individuales para las propiedades de alquiler. Estos incluyen plomeros, electricistas, pintores, jardineros, servicios de limpieza, contadores y todos quienes provean servicios a la propiedad sin recibir una documento W-2 como empleado del arrendador.

Usted debe chequear, revisar y obtener asesoría de un contador público certificado, CPA, por sus siglas en inglés, que le oriente como debe manejar el proceso de los pagos realizados que debe reportar en el documento 1099.

El IRS fijará fechas para reportar, usted deberá tomar nota y cumplir con las mismas para evitar penalidades que pueden llegar a $250. Normalmente usted podrá solicitar una extensión de 30 días para solicitar sus documentos al IRS siempre que no haya pasado la fecha límite para entregar la 1099 a quienes corresponda. Recuerde sus contratados necesitan esos documentos para preparar su declaración de impuestos.

Para muchos propietarios este requerimiento es una sorpresa. Si usted administra propiedades para un inversionista menor, asegúrese de comunicarle esta información. Si usted es el propietario tome nota y asesoría al respecto de este nuevo requerimiento para evitar males mayores al final del año.

Como siempre estoy disponible para servirles según sus necesidades en todo lo relacionado a bienes raíces y les agradezco su patrocinio. Puede comunicarse conmigo llamando al 305.216.9399, vía e-mail lourdes@lourdesseda.com o visitando mi oficina en 6816 Main Street, Miami Lakes FL 33014 y su pregunta o solicitud será atendida con profesionalismo, además de agradecer la oportunidad de servirles.

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