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ASESORÍA LEGAL

¿Qué es un testamento?

El testamento es un documento que debe realizarse apegado a las leyes locales

Muchas personas creen tener un testamento porque han reunido a la familia y le han hecho llegar un documento donde expresan su última voluntad. Allí describen lo que esperan suceda con sus bienes una vez ellos hayan fallecidos. He visto el caso de maridos que manifiestan por escrito la voluntad de desheredar a su mujer, o a sus hijos. Otros que desean dejar su patrimonio a una organización caritativa.

Hay una anécdota muy conocida de un portugués llamado Luis Carlos de Noronha Cabral, un hombre soltero y sin hijos que decidió dejar su fortuna a 70 personas desconocidas. Y diez años antes de morir se fue a un juzgado con dos testigos y escogió a sus herederos por la guía telefónica. Se imaginan lo que dijo uno de los agraciados cuando le tocaron la puerta y le comunicaron que había heredado un piso de 12 habitaciones en el centro de Lisboa, un auto, una casa de campo y 30.000 dólares.

Pero qué es un testamento y cómo se debe realizar de forma legal.

Según varios diccionarios, un testamento es un documento por el cual una persona declara formalmente sus intenciones de distribuir al morir parte o todos sus bienes. En la Florida el Estatuto 732.502 exige que todos los testamentos deben estar escritos y ejecutados de la siguiente manera:

La Firma del Testante: La ley contempla dos opciones, la primera es que el testante firme el testamento en la parte final. La segunda opción es que el nombre del testante esté subscrito al final del testamento por otra persona en presencia del testante bajo la instrucción del testante.

La segunda opción provista por la ley que permite que se suscriba el documento por otra persona en nombre del testante, aunque es legal, puede tener consecuencias evidenciarías si alguna parte interesada objeta sobre la validez del testamento.

Los Testigos: El testante tiene que firmar o, de lo contrario reconocer, que él o ella firmó el testamento o que otra persona suscribió la firma del testante en presencia del testante y bajo la instrucción del testante.

Recomiendo que la firma se haga en un acto donde se reúnan tres personas, el testante y dos testigos. Por consiguiente, el testante firma al final del documento en presencia de los dos testigos y que cada ellos firma en presencia del otro y en presencia del testante. Cuando el testante lee y firma el documento se debe aclarar que lo que está leyendo y firmando es su testamento. Los testigos tienen que saber también que lo que allí se está firmando es un testamento.

Tipos de Distribuciones Testamentarias:

Un testamento puede tener instrucciones que algún bien o algunos bienes sean distribuidos específicamente a alguna u otra persona. Esto es llamado una instrucción especifica de distribución. Por ejemplo, la abuela puede dejar instrucciones específicas en su testamento dejándole sus joyas a su nieta María, sus pinturas del pintor Roberto Weiss a su nieto Juan y los libros escritos por José Antonio “Tony” Ruano a su hija Luisa.

Un testamento puede tener instrucciones generales dejándole todas sus pertenencias y bienes a alguna persona en particular. Esto se llama una distribución general. Se puede dejar todas las pertenencias también a varias personas en partes iguales. Por ejemplo, el testamento puede tener instrucciones donde se legan todas las pertenencias a “a mis nietos, Antonio Pérez y Alejandro Pérez, en partes iguales”.

Un testamento bien hecho debe nombrar un albacea. El albacea es la persona que se encarga de administrar la herencia según provee la ley y las instrucciones del juez de herencia. Si no se nombra un albacea en el testamento, entonces el juez que preside el caso tendrá que nombrar uno según la ley de preferencias de albaceas. Personalmente, no recomiendo que se nombren más de un albacea, ya que esto puede traer conflictos entre los albaceas al no ser que dichas personas tengan muy buena relación entre sí.

Testamento Holográfico:

En la mayoría de los estados y territorios de EEUU los testamentos holográficos no tienen validez. Un testamento holográfico es uno escrito a mano en papel y sin testigos. En la Florida un testamento holográfico no tiene validez aunque sea un documento válido y legal en el estado o país donde se preparó el mismo.

Aunque no es absolutamente necesario que el testamento sea preparado por un abogado, es mejor estar asesorado por un abogado que le explique la ley y le prepare el testamento según la ley exige con el lenguaje que debe tener dicho documento.

Se puede desheredar

En la mayoría de los estados se pueden desheredar a algunas personas por medio de un testamento bien hecho. En la Florida no se puede desheredar a un cónyuge sin un contrato pre-nupcial o post-nupcial donde quede bien claro que el cónyuge accedió propiamente por escrito a ser desheredado. Los hijos mayores de edad y emancipados pueden ser desheredados. Aunque no soy un abogado licenciado en Puerto Rico, tengo entendido que no se puede desheredar a un hijo en el bello Borinquén.

Lo primero que recomiendo sobre todas las cosas es que consulte con un abogado con experiencia en asuntos de testamentos antes de hacer su propio testamento. Si usted no es un abogado, hacerle un testamento a otra persona puede tener consecuencias penales y puede causarle daños irreparables a quien se le hizo el presunto testamento. No lo intente.

El Dr. Sergio J. Guzmán, ejerce la profesión de abogacía en las ramas de Herencias, Tutorías, Testamentos, Fideicomisos, Bienes Raíces, Comercio, Salud Mental y Ley de Familia. Su dirección es el 2440 Coral Way, Miami, Florida 33145; Número de Teléfono 305-262-6696; Fax 305-854-1937 y su correo electrónico: guzmanlaw@bellsouth.net.

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