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INMIGRACIÓN

EEUU: Extienden reinscripción de Estatus de Protección Temporal para seis nacionalidades

La reinscripción para Estatus de Protección Temporal, TPS, es para ciudadanos de El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua y Sudán, con plazo de 18 meses

Por REDACCIÓN/Diario Las Américas

MIAMI. El Departamento de Seguridad Nacional de EEUU extendió los periodos de reinscripción al Estatus de Protección Temporal,TPS, a los ciudadanos de seis nacionalidades, según informa el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU , como parte del programa humanitario para personas que están en condición de la migración forzada.

La designación del TPS que se otorga a las seis nacionalidades también señala el período de reinscripción de 18 meses que deben cumplir en la fecha prevista. A cuatro de las nacionalidades se le extiende el plazo que había fijado el Departamento, el 21 de junio pasado.

TPS para las seis nacionalidades

Las extensiones de la reinscripción al TPS quedan de la siguiente manera:

EEUU: respetar los plazos

Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU solicita a los ciudadanos no hacer la gestión para reinscribirse al TPS hasta que comience el período de asignado a país respectivo, pues “no podrá adjudicarse la solicitud antes de la fecha señalada”, advierte.

Además, precisa que pronto publicará notificación en el Registro Federal acerca de esta extensión de los periodos de reinscripción.

A les fue otorgada la extensión del TPS hasta 2024.

La reinscripción fue informada el 21 de junio pasado, cuando el Departamento de Seguridad Nacional publicó las notificaciones del Registro Federal, en las que se anunció el cese de las cancelaciones de las designaciones de El Salvador, Honduras, Nepal y Nicaragua, para optar por el Estatus de Protección Temporal, de los años 2017 y 2018, y que sería efectivo el 9 de junio de 2023.

El Estatus de Protección Temporal (TPS) es una condición de inmigración temporal para extranjeros elegibles de países designados, cuyo procedimiento establecido por el Congreso de EEUU permite al Fiscal General proveer este beneficio a ciudadanos extranjeros en los EEUU, quienes estén inhabilitados temporalmente para retornar a sus países, debido a conflictos armados, desastres del medio ambiente, u otras condiciones extraordinarias, como situaciones de persecución política y emergencia humanitaria, como el caso de Venezuela.

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