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OPINIÓN

El Nobel de la Paz y los jueces de un imperio imaginario

Un análisis preciso para contar las cosas como son

Por Mookie Tenembaum

El 9 de octubre, el comité del Premio Nobel en Noruega anunció que Navi Pillay recibiría el Premio Nobel de la Paz por su contribución al derecho internacional. Pocas horas después, Estados Unidos anunció sanciones contra la Corte Penal Internacional, institución en la que Pillay ejerció como jueza. De hecho, Marco Rubio prometió desmantelarla pieza por pieza. La coincidencia encerraba una ironía, mientras unos celebraban a los administradores de una supuesta justicia universal, Washington denunciaba que aquella autoridad dependía de quienes realmente detentan el poder. Dos acontecimientos ocurridos el mismo día enfrentaron una aspiración filosófica con una realidad que sus defensores preferían ignorar.

Entre tanto, Pillay presidió la comisión de Naciones Unidas que en septiembre de 2025 acusó a Israel de cometer un genocidio en Gaza. Israel rechazó sus conclusiones y denunció la parcialidad de la investigación. En 2022, Miloon Kothari, integrante de aquella comisión, habló durante una entrevista de un supuesto grupo de presión judío y cuestionó la pertenencia de Israel a Naciones Unidas; aunque después pidió disculpas por sus declaraciones. Asimismo, Pillay defendió a su colaborador. La controversia no impidió que la antigua magistrada recibiera el reconocimiento internacional más prestigioso en materia de paz.

Pero existe otro episodio de su trayectoria que resulta todavía más revelador. Entre 2008 y 2014, Pillay dirigió la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Durante ese período, funcionarios de su dependencia proporcionaron a las autoridades chinas información sobre disidentes que participaban en reuniones internacionales en Ginebra. Entre las personas identificadas figuraban Dolkun Isa, dirigente uigur, y Yang Jianli, opositor chino y antiguo preso político. Asimismo, existen correos electrónicos internos de 2012 y 2013 que documentan comunicaciones con la delegación china. Naciones Unidas reconoció a posteriori que confirmaba nombres de participantes, aunque aseguró que la práctica era limitada y que terminó en 2015.

Emma Reilly, funcionaria denunciante de aquellas comunicaciones, sostuvo que la información permitía a Pekín identificar a opositores y presionar a sus familiares. Yang Jianli declaró en 2022 que su familia sufría vigilancia e interrogatorios cuando participaba en actividades de Naciones Unidas. Dolkun Isa denunció que sus parientes también enfrentaron represalias y que nunca autorizó la transmisión de sus datos al gobierno chino. Los documentos presentados ante el Parlamento británico confirman la existencia de denuncias anteriores al Nobel de 2026. No se trataba de una controversia inventada para desacreditar a la premiada después de recibir el galardón.

La autorización operativa de una comunicación de 2013 fue atribuida a Eric Tistounet, funcionario de la oficina dirigida por Pillay. No existe una prueba pública concluyente de que ella ordenara la entrega de los nombres. Pero la práctica ocurrió durante su administración y Reilly sostiene que las autoridades superiores conocieron sus denuncias. Naciones Unidas despidió a Reilly en 2021 y rechazó sus acusaciones de represalias, mientras ella cuestionó la respuesta institucional. La controversia plantea una pregunta concreta sobre supervisión y responsabilidad. La máxima autoridad de una oficina para proteger disidentes dirigía una estructura cuyos funcionarios proporcionaban información sobre estos al gobierno que denunciaban.

La relación entre Pillay y Yang Jianli comenzó antes de aquellas comunicaciones. En 2010, Yang participó en la campaña internacional por la liberación de Liu Xiaobo, el disidente chino encarcelado que recibió el Nobel de la Paz. Pillay no asistió a la ceremonia de Oslo. Su portavoz invocó compromisos en Ginebra y posteriormente ella sostuvo que nunca recibió una invitación formal. Yang criticó públicamente la ausencia de la Alta Comisionada y la interpretó como una concesión ante las presiones de Pekín. Dieciséis años después, Pillay recibió el anuncio del mismo premio mientras reaparecían las denuncias sobre las filtraciones de su oficina con China.

La escena adquiere un significado todavía más profundo por el lugar donde Pillay conoció la noticia. Se encontraba en la sala 600 del Palacio de Justicia de Núremberg, donde fueron juzgados los principales dirigentes nazis después de la Segunda Guerra Mundial. El simbolismo era extraordinario, pero también revelador. Los tribunales de Núremberg no aparecieron porque unos magistrados decidieran atribuirse autoridad universal, sino porque los ejércitos aliados derrotaron a Alemania, ocuparon su territorio y capturaron a sus dirigentes. Los jueces llegaron después de los soldados. Es decir, primero existió el poder y después apareció el tribunal.

Thomas Hobbes comprendió hace casi 400 años esa relación elemental, los pactos sin la espada son palabras. Dos países pueden celebrar tratados, del mismo modo que dos particulares pueden firmar contratos. Pero un contrato no crea un soberano superior a quienes lo suscriben, y tampoco convierte sus disposiciones en leyes universales. Para que exista un orden jurídico capaz de imponerse hace falta una autoridad con fuerza suficiente para ejecutar sus decisiones. No existe un gobierno mundial, una policía planetaria o un ejército universal independiente. El llamado derecho internacional no constituye, bajo este criterio, un derecho soberano. Es un conjunto de acuerdos entre Estados que conservan la capacidad de cumplirlos, incumplirlos o abandonarlos.

Immanuel Kant imaginó una federación de Estados libres que avanzaría hacia una paz duradera mediante principios comunes. No propuso simplemente un gobierno mundial y conocía las limitaciones de los tratados internacionales. Sin embargo, su proyecto confiaba en una transformación racional de las relaciones entre soberanos que ninguna autoridad superior podía garantizar. Por otra parte, Hobbes partía de la realidad del poder. Si bien Kant pretendía construir un orden que superara progresivamente aquella dependencia, la dificultad aparece cuando una aspiración filosófica se presenta como una autoridad existente. Ninguna idea adquiere fuerza material porque sus defensores la consideren universal.

La Corte Penal Internacional nació de un tratado entre Estados, aunque Estados Unidos, China, Rusia e India no pertenecen a ella. Sus gobiernos nunca concedieron a los magistrados de La Haya autoridad general sobre sus dirigentes. Esta Corte sostiene que puede juzgar determinados crímenes cometidos en territorio de sus Estados miembro, incluso cuando el acusado sea extranjero. Sus defensores comparan esa competencia con la de Francia cuando juzga a un extranjero por un delito cometido en territorio francés. Pero Francia posee soberanía territorial y dispone de instituciones capaces de ejercerla. La Corte no posee territorio soberano, sino que depende de que sus miembros puedan transmitirle competencias.

El caso de Israel expone aquella dificultad, porque el país no pertenece al Estatuto de Roma. La Corte fundamentó su jurisdicción sobre Gaza en la adhesión palestina al tratado. Sin embargo, Palestina no es miembro pleno de Naciones Unidas, y carece de soberanía efectiva sobre el conjunto del territorio reclamado, en una condición estatal controvertida. La Corte reconoció que no podía resolver definitivamente esa condición para toda la comunidad internacional, pero consideró suficiente la adhesión palestina para atribuirse jurisdicción territorial. Por otra parte, Israel sostiene además que los Acuerdos de Oslo limitaron la jurisdicción penal palestina sobre ciudadanos israelíes. Es decir, nadie puede transferir una competencia que no posee. En abril de 2025, la Sala de Apelaciones ordenó un nuevo examen de esa objeción, aunque mantuvo vigentes las órdenes de arresto.

El problema fundamental es anterior a cualquier interpretación del Estatuto, ya que ningún secretario general de Naciones Unidas crea un Estado mediante el registro de una adhesión. Además, ninguna resolución de la Asamblea General convierte una controversia territorial en soberanía indiscutida. Por otra parte, la pertenencia a Naciones Unidas tampoco constituye el único criterio de existencia estatal, pero el reconocimiento institucional no sustituye por sí solo la realidad del poder soberano. Es decir, una organización puede decidir quién participa en sus procedimientos, pero eso no significa que pueda imponer universalmente las consecuencias de su decisión a quienes nunca aceptaron su autoridad.

La realidad aparece cuando deben ejecutarse las órdenes de arresto. La Corte emitió 68 órdenes, pero solamente 23 personas llegaron a La Haya. Por ejemplo, Mongolia recibió a Vladimir Putin y no lo detuvo; y Hungría recibió a Benjamín Netanyahu y tampoco lo arrestó. Por su parte, Italia devolvió a Libia, mediante un avión militar, a un acusado reclamado por la Corte. En cambio, Rodrigo Duterte terminó bajo custodia de la CPI porque las autoridades filipinas lo arrestaron y entregaron, incluso después de que Filipinas abandonara el Estatuto de Roma. La diferencia estaba en la decisión de los Estados. Los magistrados pueden ordenar detenciones, pero necesitan que un soberano decida ejecutarlas.

La distribución de las actuaciones también revela los límites de aquella pretendida universalidad. Chad denunció que nueve de las 13 investigaciones de la Corte se concentraron en África y que seis de sus siete detenidos procedían de casos africanos, según las categorías utilizadas en su declaración. Mientras tanto, Xi Jinping no enfrenta una orden de arresto por las denuncias de detenciones masivas de uigures en Xinjiang; aunque Putin y Netanyahu sí enfrentan órdenes. Existen explicaciones jurisdiccionales para esas diferencias, pero esas excusas demuestran que la justicia proclamada como universal opera dentro de límites que dependen de tratados, territorios y decisiones políticas.

La selectividad aparece también en Naciones Unidas, aunque sus resoluciones no deben confundirse con las actuaciones judiciales de la CPI. Según UN Watch, 17 de las 24 resoluciones de la Asamblea General dirigidas específicamente contra países en 2024 se concentraron en Israel. Representaron aproximadamente el 71% de aquella categoría. La cifra no corresponde al conjunto de resoluciones de Naciones Unidas, pero la desproporción debe explicarse. El antisemitismo constituye una hipótesis que no puede descartarse cuando el escrutinio se concentra persistentemente sobre el Estado judío mientras otras violaciones graves reciben una atención menor. Las declaraciones de Kothari demuestran además que los prejuicios aparecen dentro de las propias estructuras internacionales.

La Corte tampoco puede presentarse como una estructura situada por encima de sus propios conflictos internos. El 24 de julio de 2026, sus Estados miembro destituyeron al fiscal Karim Khan por faltas graves, mediante una decisión respaldada por 82 gobiernos. Khan negó las acusaciones de conducta sexual indebida que motivaron el procedimiento. Este era el fiscal solicitante de las órdenes contra Netanyahu y Yoav Gallant. Su destitución recordó que los funcionarios internacionales son designados y removidos por gobiernos y no constituyen una autoridad soberana superior a quienes los nombraron.

La organización también depende de recursos proporcionados por esos gobiernos. Su presupuesto anual ronda los 196 millones de euros. Después de más de dos décadas de funcionamiento, registra 15 condenas, de las cuales solamente 10 corresponden a los crímenes principales para los que fue creada. El caso Katanga ofrece una comparación especialmente incómoda. Las víctimas recibieron aproximadamente 993.700 euros, mientras la asistencia jurídica costó alrededor de 3,7 millones. Los procesos penales tienen costos inevitables, pero ninguna institución financiada por contribuyentes extranjeros debería quedar exenta de la auditoría de sus recursos, sus resultados y sus pretensiones de autoridad.

La ofensiva estadounidense comenzó antes del Nobel. En septiembre de 2025, Níger, Burkina Faso y Malí anunciaron su retirada del Estatuto por motivos propios. Y el 13 de julio de 2026, Rubio anunció una campaña para desmantelar la Corte. Asimismo, Venezuela notificó su retirada el 24 de julio y Chad lo hizo el 27. La cancillería chadiana reconoció que Washington le solicitó revisar su adhesión. El 9 de octubre, las sanciones alcanzaron a la propia institución. El Tesoro estableció autorizaciones transitorias de 180 días para determinadas operaciones, mientras el Departamento de Estado presentó ese plazo como una oportunidad para que los Estados parte atendieran sus reclamos. Más que una restricción bancaria, era un ultimátum político dirigido a quienes sostenían la organización.

Alemania, Francia, Japón y otros cinco aliados estadounidenses firmaron ese mismo día una declaración en la que lamentaron las sanciones y ofrecieron diálogo. Sus palabras revelaban que esos países dependen en distintos grados de las capacidades militares estadounidenses, mientras el dólar ocupa una posición central en las finanzas internacionales. La Corte puede conservar sus edificios y sus presupuestos, pero encuentra dificultades inmediatas cuando sus proveedores temen perder acceso al sistema financiero norteamericano. El juez francés Nicolas Guillou experimentó personalmente esas consecuencias después de ser sancionado en agosto de 2025. Sus tarjetas dejaron de funcionar normalmente y una reserva hotelera en Francia fue cancelada mediante Expedia.

La experiencia de Irán demuestra cómo funciona semejante presión. En 2018, Total abandonó el proyecto gasífero South Pars ante las sanciones estadounidenses. Ningún tribunal internacional necesitó ordenarle la retirada, la empresa evaluó el costo de desafiar a Washington y actuó en consecuencia. El mismo mecanismo puede afectar a bancos, aseguradoras y empresas tecnológicas que mantienen relaciones con la CPI. Estados Unidos no necesita una ocupación militar de La Haya para restringir sus operaciones, le basta con utilizar instrumentos financieros que otros actores no pueden ignorar fácilmente.

La Sociedad de Naciones enfrentó una contradicción semejante cuando Japón ocupó Manchuria en 1931 y abandonó la organización en 1933. Las condenas diplomáticas no consiguieron revertir la ocupación. La institución sobrevivió algunos años más, pero su incapacidad para imponer decisiones frente a una gran potencia quedó expuesta. Los documentos no detuvieron a los ejércitos y las asambleas no sustituyeron la fuerza. La historia no demuestra que todos los acuerdos sean inútiles, sino que ningún acuerdo puede sustituir el poder necesario para sostenerlo cuando aparece una oposición decisiva.

La Corte Penal Internacional enfrenta aquella misma distancia entre autoridad declarada y poder efectivo. El Nobel concedido a Pillay celebra la aspiración de una justicia superior a los Estados. Sin embargo, las sanciones de Washington muestran los instrumentos de una potencia que rechaza el sometimiento. La escena de Núremberg adquiere entonces su verdadero significado, porque los jueces que juzgaron a los nazis llegaron después de la victoria militar. Su autoridad descansaba sobre una realidad material que ningún acusado podía desconocer. Los magistrados de La Haya, en cambio, pretenden ejercer el mando sin disponer de la fuerza necesaria para imponerlo.

Un tratado puede crear una organización, financiar funcionarios y establecer procedimientos. No puede crear mediante palabras al soberano que falta. Los jueces pueden redactar órdenes contra quienes consideran responsables de delitos. Pero cuando los acusados cuentan con la protección de una potencia capaz de resistir, el límite de la jurisdicción deja de encontrarse en los libros y aparece en el mundo real. El 9 de octubre de 2026, mientras el Nobel celebraba el ideal de la justicia universal, Estados Unidos recordó a sus administradores que el poder no nace de una declaración. Hobbes lo comprendió hace cuatro siglos, pero los jueces de un imperio imaginario todavía deben enfrentarse a esa realidad.

Las cosas como son.

Mookie Tenembaum aborda temas internacionales como este todas las semanas junto a Horacio Cabak en su podcast El Observador Internacional, disponible en Spotify, Apple, YouTube y todas las plataformas. En Twitter/X @TenembaumMookie

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