MIAMI.- El Tribunal Municipal Popular de La Habana del Este condenó este jueves 1 de octubre a Anna Sofía Benítez Silvente, conocida en las redes sociales como Anna Bensi, y a su madre, Caridad Silvente Laffita, a dos años de limitación de libertad para cada una. La activista comunicó el resultado al salir de la sede judicial, en Cojímar, donde fueron juzgadas por grabar y divulgar la visita de un agente policial a su vivienda.
Régimen cubano condena a Anna Bensi y su madre a dos años de limitación de libertad
La activista denunció una injusticia. Organizaciones de derechos humanos señalan este juicio como ejemplificante y una estrategia para castigar las críticas y amedrentar a las familias
“Nos declararon culpables a mi mamá y a mí”, manifestó la joven, que calificó la decisión de “una injusticia”. El fallo fue anunciado oralmente y ambas esperan recibir la sentencia escrita.
La responsabilidad de esta persecución recae en el régimen cubano, cuyas instituciones convierten la documentación de una actuación policial en motivo de castigo y extienden la presión a familiares y personas solidarias. Cubalex ha señalado que esta es una práctica de criminalización destinada a silenciar las críticas y proteger de la fiscalización ciudadana a los agentes del Estado.
En declaraciones públicas al concluir la vista, que duró alrededor de cuatro horas, el abogado defensor Roberto Ortega Ortiz explicó que la resolución se notificará en unos 15 días. A partir de entonces, las sancionadas dispondrán de diez días hábiles para apelar. Presentar el recurso dependerá de lo que decidan ellas, precisó.
La limitación de libertad permite cumplir la pena fuera de un establecimiento penitenciario, bajo control judicial. El artículo 39 del Código Penal de Cuba, establece que la persona sancionada no puede cambiar de residencia ni trasladarse a otro municipio o provincia sin autorización, y debe comparecer ante el tribunal cuando sea requerida. Ortega mencionó también la prohibición de salir del país. Las condiciones particulares deberán constar en el documento pendiente.
Bensi relató que el policía querellante había exigido una disculpa pública en video para recuperar su reputación. Según explicó al terminar el juicio, el abogado del agente solicitó dos años de privación de libertad para ella y dos de limitación de libertad para Caridad. El tribunal aplicó finalmente esta última sanción a las dos.
El expediente se originó el 10 de marzo, cuando el suboficial del Ministerio del Interior (MININT) Yoel Leodán Rabaza Ramos llegó al domicilio familiar en Alamar, acompañado por otro hombre y vestido de civil, para entregar una citación de la Seguridad del Estado dirigida a Silvente.
Madre e hija han sostenido que registraron y difundieron el encuentro como medida de protección. Justicia 11J recogió esa explicación de la creadora de contenido y documentó los interrogatorios, las amenazas y las restricciones que siguieron a la publicación.
El 25 de marzo, Anna quedó imputada como coautora del delito atribuido a su madre. La acusación se ampara en el artículo 393 del Código Penal cubano, referido a los actos contra la intimidad personal y familiar, la propia imagen y voz, la identidad de otra persona y sus datos.
La Fiscalía archivó las actuaciones el 13 de abril porque esa figura solo puede perseguirse mediante una querella de la persona que se considera perjudicada, conforme al artículo 394.1. El 6 de julio, Bensi anunció que funcionarios judiciales habían acudido a su casa para comunicar la reactivación del procedimiento, después de que Rabaza Ramos presentara la acción particular.
Cuatro días antes, la joven había permanecido unas 11 horas bajo interrogatorio de la Seguridad del Estado. Justicia 11J y varios medios de prensa, incluído DIARIO LAS AMÉRICAS, también documentaron presiones contra su hermana Elmis Rivero Silvente, residente en Estados Unidos, durante una visita a Cuba en abril de este año. Los oficiales la amenazaron en relación con Anna y trataron de que la convenciera de abandonar sus denuncias, dijo en entrevista con este rotativo.
La audiencia estaba prevista para el 17 de septiembre, pero fue aplazada. Bensi atribuyó aquella suspensión a supuestos problemas personales de la jueza. Posteriormente, su abogado recibió la convocatoria para este 1 de octubre.
Rabaza Ramos sostiene que la difusión vulneró su intimidad y lo expuso a amenazas al revelar su identidad. La defensa rechaza que documentar una diligencia oficial constituya el delito imputado. Cubalex señala que las imágenes muestran a un funcionario ejerciendo sus atribuciones, sin revelar aspectos de su vida privada o familiar.
La entidad invoca el artículo 101 de la Constitución, que somete a los órganos estatales y sus empleados al control ciudadano, y el artículo 326 de la Ley del Proceso Penal, que reconoce valor probatorio a grabaciones obtenidas por particulares sin engaño ni violencia. El artículo 393 exige, además de la falta de consentimiento, el propósito de afectar los derechos que protege.
Cuba-Demanda, que asesora a la defensa desde el exterior, había denunciado otra presunta irregularidad. Su director, Santiago Alpízar, sostuvo que se avanzó hacia la audiencia sin procurar la conciliación prevista en el artículo 707.2 de la legislación procesal. También cuestionó que los hechos descritos por el querellante configuren una conducta delictiva.
El oficialismo defendió el procesamiento. El perfil Héroes de azul en Cuba lo presentó como una cuestión de responsabilidad digital y afirmó: “Las redes sociales no son un territorio sin ley”. Su argumento distingue entre grabar y divulgar imágenes sin consentimiento, una interpretación cuestionada por los juristas que consideran legítimo registrar actuaciones de funcionarios públicos.
El Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH) denunció el despliegue policial para impedir que activistas, periodistas independientes y representantes religiosos acudieran al tribunal. Informó del arresto del líder bautista David Espinosa Martínez y su esposa cuando se dirigían a presenciar la vista, y confirmó la detención del pastor Rolando Fidel Pérez Lora, conocido como Pregonero de Cristo.
El cerco de este jueves se extendió a varios opositores y periodistas independientes. Camila Acosta denunció en sus perfiles de Instagram y Facebook que la Seguridad del Estado le impidió salir de su vivienda tanto a ella como a su esposo. La comunicadora reportó una patrulla, uniformados y oficiales vestidos de civil, en un operativo de unas siete u ocho personas desplegado desde el miércoles 30 de septiembre, en vísperas de la audiencia.
Según relató, dos individuos que se presentaron como integrantes de ese órgano represivo les comunicaron verbalmente la prohibición, sin mostrar identificación ni orden judicial. Yoani Sánchez también informó de vigilancia frente a su domicilio. Integrantes de Fuera de la Caja Cuba afirmaron que patrullas y agentes les impedían acudir a acompañar a las acusadas.
Antes de ingresar al recinto, la joven de 21 años reivindicó su derecho a expresar desacuerdo con el sistema político. Recordó que utiliza un teléfono para comunicar lo que piensa y reclamó una “Cuba libre” y elecciones libres.
La Asociación Convención Bautista de Cuba Occidental había exigido respeto al debido proceso y a las libertades religiosa y de expresión. “No podemos, no queremos y no vamos a dejarlas solas”, manifestó en su declaración del 29 de septiembre. También se pronunciaron las Asambleas de Dios, la Liga Evangélica de Cuba y la Iglesia Metodista. Solidaridad Cristiana Mundial pidió retirar los cargos.
Desde Estados Unidos, el congresista republicano por Florida Mario Díaz-Balart exigió el cese de la persecución política contra ambas. Advirtió a quienes continúen reprimiendo a los cubanos que “no quedarán impunes y enfrentarán serias consecuencias”. Su pronunciamiento se produjo antes de conocerse el resultado.
María Elvira Salazar describió el juicio como un acto desesperado de una “dictadura moribunda” que intenta intimidar y silenciar a la población. Carlos Giménez denunció el procesamiento por documentar la actuación de un agente y reclamó la libertad incondicional de madre e hija.
La Embajada de Estados Unidos en Cuba reiteró su respaldo durante la jornada con el mensaje: “Pensar diferente no es un crimen”. El encargado de Negocios, Mike Hammer, había visitado a la familia en abril, cuando ambas enfrentaban restricciones y presiones de las autoridades.
Para Justicia 11J, las consecuencias exceden la sanción contra dos personas: convertir la documentación de una actuación estatal en un riesgo penal puede llevar a otros ciudadanos a dejar de grabar y denunciar abusos por temor a represalias.
Amnistía Internacional ya había incluido en abril el hostigamiento contra Bensi y Caridad entre los casos de represión a creadores de contenido y sus familias. Su directora para las Américas, Ana Piquer, denunció que la represión también “castiga deliberadamente a sus madres, padres y familiares como forma de coerción”. Para la entidad, involucrar a los seres queridos en el castigo busca sembrar miedo y restringir el espacio cívico.
Hasta el cierre de esta nota, la cúpula gobernante, ni los medios oficiales de la dictadura cubana habían emitido criterios sobre el caso.
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