MIAMI.- La creciente presencia de agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Doral, Florida, genera preocupación entre residentes, comerciantes y familias inmigrantes; se trata de una ciudad con gran presencia hispana.
¿Por qué Doral concentra la atención de ICE? Una especialista explica las claves
La especialista María Herrera Mellado explicó qué factores pueden estar detrás del aumento de los procedimientos y aclaró las diferencias entre las distintas situaciones migratorias
Los operativos y detenciones registrados en distintos sectores de la ciudad también abren interrogantes sobre las razones por las que Doral pudiese estar concentrando parte de la actividad migratoria federal en este momento.
La situación ocurre en medio del endurecimiento de la política migratoria de la Administración de Donald Trump, que convirtió el control migratorio y el aumento de las deportaciones en una promesa de campaña y una de sus principales prioridades. En este contexto, la comunidad busca entender qué factores pueden explicar la intensidad de los procedimientos y qué perfil tienen las personas que las autoridades intentan localizar.
En entrevista exclusiva con DIARIO LAS AMÉRICAS, María Herrera Mellado, doctora en Ciencias Jurídicas y abogada especialista en migración, explicó que Doral reúne varios elementos que pueden ayudar a entender por qué se convirtió en un punto especialmente visible de la aplicación de las leyes migratorias, aunque advirtió que no existe evidencia suficiente para atribuir los operativos exclusivamente a la composición demográfica de la ciudad.
Una población inmigrante numerosa
Mellado señaló que Doral cuenta con una población inmigrante particularmente elevada. Aproximadamente, el 70% de sus residentes nació en el extranjero; buena parte de esa comunidad es de origen venezolano y representa más de un tercio de la población, lo que la convierte en una de las zonas con mayor concentración de venezolanos en Estados Unidos.
Sin embargo, la especialista consideró que la composición demográfica no explica por sí sola la intensidad de las operaciones. A su juicio, también deben tomarse en cuenta el cambio de la política migratoria federal y estatal, el incremento generalizado de las operaciones de ICE y una mayor cooperación entre las autoridades federales, estatales y locales en Florida.
A estos factores se suma la participación de la Policía de Doral en el programa 287(g), un mecanismo que permite determinados niveles de cooperación entre autoridades locales y ICE. Según Mellado, el acuerdo de Doral fue aprobado en abril de 2025 y posteriormente quedó registrado como firmado el 7 de enero de 2026, bajo el modelo Task Force.
Por ello, la especialista considera que la situación responde probablemente a una combinación de factores: una comunidad inmigrante numerosa, una estrategia federal de control migratorio más amplia y una infraestructura local de cooperación con las autoridades migratorias.
¿A quiénes busca ICE?
Mellado explicó que una parte importante de las operaciones puede dirigirse contra personas que ya aparecen en bases de datos migratorias debido a órdenes finales de expulsión, procesos de remoción, antecedentes de incumplimiento migratorio o determinadas interacciones previas con las autoridades.
Sin embargo, destacó que sería incorrecto afirmar que toda persona detenida por ICE cuenta necesariamente con una orden final de deportación. La especialista señaló que actualmente también se registran detenciones de personas con procesos migratorios pendientes y mencionó reportes recientes de personas con solicitudes de asilo pendientes que fueron detenidas.
Por esa razón, sostuvo que cada caso debe analizarse individualmente. Tener un proceso migratorio pendiente no equivale automáticamente a contar con una protección absoluta frente a una detención, pero tampoco significa que la persona pueda ser deportada inmediatamente.
El intercambio de información
Respecto de las herramientas que utilizan las autoridades para localizar a las personas que buscan, Mellado explicó que ICE puede recurrir a información procedente de múltiples fuentes gubernamentales y policiales.
Entre ellas, mencionó registros migratorios, información obtenida durante procedimientos anteriores, registros penitenciarios y policiales, datos relacionados con órdenes judiciales o migratorias y aquella información que otras agencias comparten legalmente con las autoridades federales.
El programa 287(g) adquiere relevancia en este punto, debido a que permite determinados niveles de cooperación entre las policías locales y ICE. Bajo el modelo Task Force, los agentes locales pueden identificar determinadas situaciones durante sus funciones policiales ordinarias y compartir información con la agencia federal.
La especialista aclaró que esto no significa que ICE tenga acceso ilimitado a cualquier base de datos. El intercambio de información está sujeto a las autoridades legales y a las restricciones aplicables a cada fuente.
Como ejemplo, mencionó el litigio relacionado con el intercambio de información tributaria, en el que un tribunal federal de apelaciones determinó recientemente que una política mediante la cual el Servicio de Impuestos Internos (IRS) compartió determinada información con autoridades migratorias violó las leyes federales de privacidad.
La comunidad venezolana
Mellado descarta que ICE haya seleccionado a Doral por tratarse de una ciudad con una importante población venezolana.
"No podría afirmar que ICE está seleccionando Doral por ser una comunidad venezolana. No tenemos evidencia pública suficiente para establecer esa afirmación", explicó.
La especialista sí consideró que la presencia de una gran comunidad hispana puede constituir un factor demográfico y operativo relevante, debido a que la enorme concentración de ciudadanos de ese país hace que cualquier política migratoria tenga un impacto particularmente visible en Doral.
Además, recordó que la situación migratoria de los venezolanos resulta especialmente compleja, debido a que pueden encontrarse bajo diferentes categorías, entre ellas el Estatus de Protección Temporal (TPS), parole, solicitudes de asilo, procedimientos de remoción, órdenes finales, procesos ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) o casos ante tribunales de inmigración.
Qué significa el acuerdo 287(g)
Para Mellado, el programa 287(g) constituye uno de los elementos más importantes para comprender el nuevo escenario de aplicación de las leyes migratorias en Florida.
El mecanismo permite que ICE delegue determinadas funciones de aplicación de la legislación migratoria a agentes estatales o locales que reciben autorización y capacitación para ejercerlas. El programa contempla distintos modelos y, bajo el Task Force Model, los agentes pueden ejercer determinadas funciones migratorias mientras desarrollan sus labores policiales ordinarias.
La especialista insistió en que el acuerdo no significa que la Policía de Doral se haya convertido en ICE ni que todas las operaciones federales desarrolladas en la ciudad correspondan a la policía local.
Mellado también recordó que la alcaldesa de Doral, Christi Fraga, declaró recientemente que la Policía de Doral no participa en las redadas federales que generaron preocupación entre los residentes.
Orden de deportación no es lo mismo que "fugitivo"
Otro punto que la especialista consideró fundamental es diferenciar las distintas situaciones migratorias.
Una orden final de deportación o remoción significa que existe una decisión definitiva que autoriza la salida de una persona del país, aunque todavía pueden existir circunstancias legales que afecten la ejecución de esa orden.
En cambio, una persona puede mantener un procedimiento migratorio pendiente, como una solicitud de asilo o un caso ante la corte de inmigración. El hecho de tener un procedimiento pendiente no significa automáticamente que exista una orden final de deportación.
También existen incumplimientos de determinadas obligaciones migratorias. No acudir a una cita, no presentarse ante las autoridades migratorias, incumplir ciertas condiciones de liberación o no comparecer ante una corte puede generar consecuencias importantes.
Mellado recomendó además utilizar con cautela el término "fugitivo" o "immigration fugitive". En el contexto de las operaciones de control migratorio, ICE puede emplearlo para referirse a personas sujetas a una orden final de remoción que no cumplieron con la obligación de abandonar el país o que son buscadas para ejecutar dicha orden.
Temor e incertidumbre entre los inmigrantes
La intensidad de las operaciones también puede generar consecuencias psicológicas, sociales, jurídicas y económicas entre los residentes de Doral.
Mellado señaló que uno de los primeros efectos es el miedo y la incertidumbre, especialmente porque muchas personas desconocen la diferencia entre tener un caso migratorio pendiente, una autorización de trabajo, TPS, parole, una solicitud de asilo pendiente o una orden final de remoción.
La especialista advirtió que contar con un documento o una solicitud pendiente tampoco significa necesariamente que una persona sea inmune a una detención migratoria. Por ello, recomendó que cada inmigrante conozca exactamente cuál es su situación jurídica, qué solicitudes tiene pendientes, si existe alguna orden de remoción, cuáles son sus obligaciones de comparecencia y qué documentos debe llevar consigo.
El impacto también puede trasladarse a la economía local. Según Mellado, la propia alcaldesa de Doral reconoció que el temor generado por las operaciones afecta a familias y negocios.
Existe, además, un riesgo para la seguridad pública, debido a que el miedo puede llevar a víctimas o testigos de delitos a evitar acudir a la Policía. A juicio de la especialista, esto puede resultar contraproducente para la seguridad de la comunidad.
El llamado a conocer la situación migratoria
Ante el escenario actual, Mellado recomendó a los inmigrantes no entrar en pánico, pero tampoco asumir que tener un proceso migratorio pendiente significa automáticamente estar protegido frente a una detención.
"Cada situación debe analizarse individualmente", sostuvo.
La especialista resumió su recomendación en tres aspectos fundamentales: que cada inmigrante conozca cuál es realmente su estatus migratorio, determine si existe alguna orden migratoria previa y conozca sus derechos en caso de ser contactado o detenido por las autoridades de inmigración.
Para Mellado, comprender estas diferencias resulta especialmente importante en Doral, donde la combinación de una población inmigrante numerosa, el endurecimiento de la política migratoria y los mecanismos de cooperación entre autoridades convirtió la aplicación de las leyes migratorias en un asunto de creciente preocupación para la comunidad.
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