ver más
Proyecto de Ley

Régimen receta cárcel a cubanos que vendan dólares y euros

El régimen cubano promueve un proyecto de Ley para sancionar a quienes vendan dólares y euros, igualmente a las personas que sacrifiquen y vendan carne bovina

LA HABANA - El régimen castrista promueve un proyecto de Ley que persigue imponer severas sanciones y cárcel hasta por cinco años a cubanos que vendan divisas en dólares y euros.

El proyecto de Ley del Código Penal establece que "se sanciona con privación de libertad de dos a cinco años o multa de quinientas a mil cuotas o ambas, a quien venda o, por cualquier medio ceda, transmita o adquiera moneda, cheque, giro, cheque de viajero o cualquier otro efecto de crédito análogo denominado en moneda extranjera, infringiendo las disposiciones legales", dice la propuesta legislativa reseñada por Diario de Cuba.

El proyecto legislativo también establece sanciones a quien "exporte o importe moneda o valores públicos nacionales, con infracción de las disposiciones legales" o "haga operaciones de cambio en mercados negros de monedas nacionales o extranjeras o por canales distintos a los legalmente establecidos".

El anteproyecto del Código Penal estipula igual sanción para otras personas que incurran en el tráfico ilegal de moneda nacional, divisas, metales y piedras preciosas.

El anteproyecto del Código Penal y la Ley de ejecución penal fueron publicados el pasado 20 de enero en la página oficial del Tribunal Supremo Popular de Cuba.

Con respecto al Artículo 282 del Código Penal vigente, la sanción por tráfico ilegal de moneda nacional, divisas, metales y piedras preciosas baja de uno a ocho años de privación de libertad a de dos a cinco años.

Cárcel para quienes maten ganado bovino

Por su parte, el anteproyecto del Código Penal establece que "quien, sin autorización previa del órgano estatal específicamente facultado para ello, sacrifique ganado mayor, es sancionado con privación de libertad de tres a ocho años".

Los cubanos que vendan, transporten o comercien "con carne de ganado mayor [bovino] sacrificado ilegalmente" serán sancionados a dos o cinco años de cárcel.

"Se sanciona con privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas, a quien, a sabiendas de su procedencia, adquiera carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente. Si el hecho descrito en el apartado anterior consiste en adquirir carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente para suministrarla a centros de elaboración, producción, comercio o venta de alimentos, se incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años o multa de trescientas a mil cuotas o ambas", agregó.

Las condenas por el sacrificio ilegal de ganado mayor suben de de dos a cinco años a tres a ocho años. También sube la sanción a quien venda, transporte o comercie con carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente de seis meses a tres años a dos a cinco años.

El texto no aprobado todavía sube también las condenas a quien compre la carne de ganado sacrificado ilegalmente de tres a nueve meses a seis meses a un año. Así mismo, quien compre "carne ilegal" para centros de elaboración, producción, comercio o venta de alimentos deberá cumplir "una sanción de privación de libertad de uno a tres años" o multas, en vez de de tres a nueve meses".

El Banco Central de Cuba desmintió esta semana que las autoridades del país aprobaran la venta de dólares y Moneda Libremente Convertible (MLC) de forma controlada, a la tasa oficial de 24 pesos cubanos, con el propósito de limitar la inflación.

El dólar en el mercado informal cubano llegó a los 100 pesos cubanos, de acuerdo con la tasa de cambio que publica el medio independiente El Toque, un incremento de tres pesos en comparación con la última cifra reportada.

 NULL

    

FUENTE: Con información de Diario de Cuba

¡Recibe las últimas noticias en tus propias manos!

Descarga LA APP

Temas

Deja tu comentario

Te puede interesar