MIAMI.- La creadora de contenido y activista cubana Anna Sofía Benítez Silvente, conocida en redes sociales como Anna Bensi, y su madre, Caridad Silvente Laffita, deberán comparecer este jueves 1 de octubre ante el Tribunal Municipal de La Habana del Este por haber grabado y difundido el video de un policía que llegó a su vivienda para entregar una citación de la Seguridad del Estado.
Anna Bensi y su madre enfrentarán juicio en Cuba por divulgar video de agente del MININT
La activista y Caridad Silvente enfrentan una querella de un agente del MININT que reclama una disculpa pública y dos años de limitación de libertad
La causa se sustenta en una querella presentada por el suboficial del Ministerio del Interior (MININT) Yoel Leodán Rabaza Ramos, quien sostiene que la publicación vulneró su intimidad y lo hizo sentirse amenazado después de que su identidad quedara expuesta en internet. La defensa rechaza que documentar una actuación oficial pueda constituir el delito atribuido a las dos mujeres.
El incidente ocurrió el 10 de marzo en el edificio donde residen, en Alamar. Rabaza Ramos se presentó acompañado por otro hombre y vestido de civil para dejar una convocatoria dirigida a Silvente. Ante la falta de uniformes y el historial de presiones denunciado por la familia, la madre filmó el encuentro y su hija lo compartió posteriormente.
“Tomamos la decisión de grabar y publicar en redes sociales el momento como medida para nuestra seguridad”, explicó Bensi al anunciar el avance de la acción judicial. La joven niega que buscara perjudicar al agente o instigara ataques en su contra y sostiene que no pueden atribuírsele las reacciones de terceros tras la difusión.
La respuesta de las autoridades comenzó inmediatamente. Caridad Silvente fue interrogada y colocada bajo reclusión domiciliaria. Según su testimonio, durante la comparecencia los oficiales la calificaron de “mala madre”, la responsabilizaron por las denuncias de su hija y trataron de presionarla para que consiguiera silenciarla.
El 25 de marzo, Anna acudió a una unidad de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) pensando que declararía sobre el expediente de Caridad, pero salió imputada como coautora del mismo supuesto delito: actos contra la intimidad personal y familiar, la propia imagen y voz, la identidad de otra persona y sus datos.
Las dos quedaron sujetas a medidas cautelares que restringen sus movimientos. No pueden salir del país y deben solicitar autorización para trasladarse fuera del territorio permitido. La joven activista también ha denunciado vigilancia frente a su casa, interrupciones de internet y telefonía, interrogatorios y presiones que terminaron afectando su empleo en un negocio privado.
La primera investigación fue archivada por la Fiscalía Provincial de La Habana el 13 de abril. El artículo 394.1 del Código Penal dispone que esta clase de delito solo puede perseguirse mediante una querella de la persona que se considere ofendida, no por iniciativa de la Policía o la Fiscalía.
El archivo no impedía, sin embargo, que el agente acudiera directamente a los tribunales mediante un abogado particular. Esa fue la vía empleada meses después: el 6 de julio, funcionarios judiciales visitaron el domicilio familiar para comunicar que Rabaza Ramos había presentado la acción privada y que ambas volvían a quedar sometidas a un procedimiento por los mismos hechos.
La notificación llegó cuatro días después de que Bensi permaneciera alrededor de 11 horas bajo interrogatorio. La activista denunció que los agentes volvieron a cuestionarla por sus publicaciones críticas, hablaron sobre las sanciones de Estados Unidos contra Cuba y le sugirieron dedicarse a contenidos distintos.
Según informó la joven, el querellante reclama que ella y su madre graben un video de retractación y disculpa pública para divulgarlo en las mismas plataformas. Su abogado solicita además que cada una reciba dos años de limitación de libertad.
Esa sanción no supone internamiento en una prisión, pero mantiene a la persona bajo control judicial. El artículo 39 del Código Penal establece que quien la cumple no puede cambiar de residencia ni trasladarse a otro municipio o provincia sin autorización y debe comparecer ante el tribunal cuando sea requerido.
El apartado 1 del artículo 393, citado en el proceso, contempla entre seis meses y dos años de privación de libertad, una multa de 200 a 500 cuotas o ambas medidas. La norma contiene modalidades agravadas con castigos superiores, pero no se ha hecho pública la resolución íntegra que permita determinar cuál inciso fue admitido.
El abogado defensor Roberto Ortega Ortiz solicitó que la querella fuera declarada inadmisible, al considerar que la narración del policía no describe una conducta delictiva. El tribunal decidió continuar y confirmó en agosto la celebración del juicio.
La organización de asesoría legal Cubalex sostiene que el artículo 393 exige no solo divulgar material sin consentimiento, sino hacerlo con el propósito de afectar la intimidad, la imagen o la identidad ajenas. A su juicio, la grabación muestra a un funcionario durante una diligencia oficial y no revela aspectos de su vida privada o familiar.
Cubalex también invoca el artículo 101 de la Constitución cubana, que somete a los órganos estatales y sus empleados al control popular, y el artículo 326 de la Ley del Proceso Penal, que reconoce valor probatorio a grabaciones realizadas por particulares cuando no han sido obtenidas mediante violencia o engaño.
Cuba Demanda, entidad que asesora a la defensa desde el exterior, señaló otra presunta irregularidad. Su director, el abogado Santiago Alpízar, afirmó que se avanzó hacia la vista oral sin promover previamente un acto de conciliación, previsto en el artículo 707.2 de la legislación procesal para este tipo de acciones. Esa posibilidad, añadió, resultaba especialmente pertinente porque el propio demandante planteó que quedaría satisfecho con una retractación pública.
El proceso provocó pronunciamientos fuera de la isla. La Embajada de Estados Unidos en La Habana cuestionó desde marzo las citaciones y amenazas contra ambas mujeres y advirtió que los funcionarios involucrados en abusos podrían enfrentar restricciones migratorias. El encargado de Negocios estadounidense, Mike Hammer, visitó posteriormente a la familia y elogió la decisión de Anna de expresar sus ideas, su fe y sus aspiraciones para Cuba.
El proceso provocó pronunciamientos fuera de la isla. La Embajada de Estados Unidos en La Habana cuestionó desde marzo las citaciones y amenazas contra ambas mujeres y advirtió que los funcionarios involucrados en abusos podrían enfrentar restricciones migratorias. El encargado de Negocios estadounidense, Mike Hammer, visitó posteriormente a la familia; elogió la decisión de Anna de expresar sus ideas, su fe y sus aspiraciones para Cuba. Además, transmitió a Bensi saludos y ánimo del secretario de Estado, Marco Rubio.
Este miércoles, a pocas horas de la audiencia, el congresista republicano por Florida Mario Díaz-Balart exigió que La Habana ponga fin de inmediato a lo que calificó de persecución política contra ambas. “Es inaceptable que los matones de la dictadura en Cuba intenten silenciar a Anna por ejercer su libertad de expresión”, escribió en X. El legislador aseguró que sigue de cerca el proceso y advirtió que quienes continúen la represión “no quedarán impunes y enfrentarán serias consecuencias”.
También desde el sur de Florida, la representante federal María Elvira Salazar había denunciado en marzo el uso de “toda la maquinaria represiva de la dictadura contra una madre y su hija” y expresó su respaldo a Bensi. En julio, el recaudador de impuestos de Miami-Dade, Dariel Fernández, citó la persecución de la activista en una carta al presidente Donald Trump y a Rubio como ejemplo de la represión contra quienes defienden pacíficamente la libertad y la democracia, y pidió mantener la presión sobre el régimen cubano.
Organizaciones defensoras de la libertad de expresión consideran que el expediente pretende convertir una herramienta de autoprotección ciudadana en motivo de castigo. El Observatorio Cubano de Libertad de Expresión pidió retirar la acusación, levantar las medidas cautelares y garantizar el debido proceso.
Bensi, de 21 años, rechaza presentarse como dirigente política. Se define como cubana y cristiana, y afirma que decidió hablar sobre la crisis del país y la conducta de sus autoridades. También asegura que volvería a difundir el video pese a las consecuencias sufridas por ella y su familia.
“No voy a dejar de expresarme porque es mi derecho”, manifestó al actualizar recientemente su situación. Para la activista, el objetivo de la causa no se limita a sancionarla, sino que busca enviar una advertencia a otros ciudadanos que utilizan las redes sociales para denunciar lo que ocurre en Cuba.
La vista estaba señalada inicialmente para el 17 de septiembre, pero fue suspendida pocos días antes por supuestos problemas personales de la jueza. El 28 de septiembre, el abogado de la familia recibió la nueva convocatoria para el 1 de octubre.
Hasta el cierre de esta información, el tribunal y el MININT no habían respondido públicamente a los señalamientos de la defensa. Anna Bensi y Caridad Silvente permanecen bajo reclusión domiciliaria. La audiencia puede definir no solo su libertad de movimiento, sino también los límites que las autoridades cubanas pretenden imponer a quienes registran el proceder de sus agentes.
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