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JUSTICIA

Improbable que prospere una petición de inmunidad en favor de Maduro

El Libro Blanco del Departamento de Estado y la Ley RICO impedirían el alegato en beneficio del dictador depuesto y son el desafío del tribunal, según abogado

Por María Inés Lombardi

MIAMI.- El 5 de enero, Nicolás Maduro fue llevado al tribunal del Distrito Sur de Nueva York, dos días después de su captura por unidades militares élite de EEUU en Venezuela, y en su primera audiencia ante el juez Alvin Hellerstein se declaró no solo inocente de al menos cuatro cargos graves, incluyendo conspiración por narcotráfico. También un “presidente secuestrado”.

El dictador defenestrado, con la asistencia del veterano abogado Barry J. Pollack, planteó así la “inmunidad de jurisdicción”, un principio invocado en centenares de casos en cortes de EEUU, pero que en su caso “no tiene posibilidad de prosperar”, según el abogado Omar Estacio, especialista en derecho penal.

El experto explica las razones, que serán un desafío para el juez que conozca del caso, si llega a prosperar la falta de jurisdicción del tribunal de Nueva York alegada por el defensor, hace días, con base en la inmunidad.

“En EEUU existe el llamado Libro Blanco, una lista de personas con inmunidad que no está sujeta a revisión judicial y que maneja con rigor el Departamento de Estado, al cual el juez debe consultar antes de resolver el punto alegado. Cuando le digan que esa persona no está en el libro porque perdió las elecciones, el juez no lo puede considerar”, afirma Estacio quien expuso la complejidad del tema en su columna de DIARIO LAS AMÉRICAS.

El otorgamiento del privilegio de inmunidad, basado en jurisprudencia estadounidense, obedece a criterios políticos más que a jurídicos, y por eso “no se ve muy probable que pueda progresar”, dice. “A menos que el presidente de EEUU, Donald Trump, y el Departamento de Estado le reconozcan su pretendida cualidad de presidente de Venezuela”. Un asunto hasta ahora descartado.

Juicio en EEUU

En julio de 2025, el gobierno de EEUU afirmó que Maduro “no es el presidente de Venezuela y su régimen no es el gobierno legítimo” al hacer alusión al fraude electoral de 2024, según declaraciones en las que lo señaló también como “jefe del Cartel de los Soles que se ha apoderado de un país”.

Aunque la caracterización de cartel fue sustituida el 6 de enero por el de un "sistema de clientelismo" criminal tras considerar que la estructura no era un cartel clásico, Maduro tendría una nueva imputación en medio de los severos cargos federales: ser el jefe de una organización criminal sujeto a la Ley RICO.

La Ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act, por su nombre en inglés) es una ley federal estadounidense de 1970 que permite procesar a personas por participar en una "empresa" criminal y no solo por delitos determinados.

“En este caso, y es el vigor de la acusación, es más fácil demostrar que Maduro presidía una estructura criminal que el delito mismo; con esta ley y la Convención de Palermo el pronóstico es malo”, señala el abogado.

El debate jurídico sobre si procede o no la inmunidad de jurisdicción se avizora como un punto clave en el juicio que por demás promete estar lleno de incidencias legales y argumentos políticos. Y también de “testigos estrellas” lo que podría verse a partir de la segunda audiencia fijada para el próximo 17 de marzo.

Estacio no descarta que entre estos testigos pueda estar, por una estrategia puntual, la propia esposa de Maduro, Cilia Flores, acusada de cargos de corrupción y narcotráfico. Sugiere que cualquier cosa podría ocurrir en este caso.

Inmunidad, pretensión de Maduro

Según el penalista, con extensa trayectoria en EEUU y Venezuela, la prerrogativa de la inmunidad de jurisdicción es principio de derecho internacional que se aplica “por costumbre” y no por ser parte de tratados, y que establece que no cabe juzgamiento entre jefes de Estado, una especie de “cortesía de Estado”.

“Quiere decir que un jefe de Estado no puede ser juzgado por los tribunales de otro país”, precisa.

Este principio par in parem non habet imperium, llamado así en la jurisprudencia universal, se ratificó en Venezuela a raíz de una sentencia en el caso de un incidente ocurrido en la sede del consulado de EEUU en Caracas, y desde entonces tiene soporte en la jurisprudencia de ambos países. Y también es aceptado por la justicia internacional.

Aunque tiene matices, dice, en EEUU tiene uno especialmente relevante.

“Los jueces pueden examinar si alguien tiene o no inmunidad en un caso no discutido por el Estado norteamericano, pero que cuando este ha fijado posición con respecto a una persona, ya el Estado, los jueces, los tribunales, no pueden entrar a considerar eso, ni siquiera investigar si en el procedimiento de otorgar la inmunidad a determinada persona se actuó correcta o incorrectamente”. Y especifica que en el caso de Maduro la defensa puede alegar el principio de inmunidad, pero el juez lo puede negar.

“Cuando en el caso que comentamos, el juez le pregunte, como es usual, al Departamento de Estado si el señor Nicolás Maduro tiene inmunidad en EEUU y allí se le responda que no la tiene, ya el juez no puede entrar a examinar absolutamente nada y ya está”.

Un antecedente

“¿Por qué? Porque ha dicho la jurisprudencia, sobre todo en el caso de un jefe de Estado que el otorgamiento de ese tipo de inmunidad obedece a criterios no puramente jurídicos, sino políticos, que a veces dependen de hasta la cortesía que le debe el Estado al huésped. Pero en este caso, a esa persona no se la debe”.

No obstante, Estacio trae a colación el caso del príncipe heredero saudí Mohamed bin Salmán, demandado en EEUU en 2022 a partir del asesinato del periodista y disidente saudí Jamal Khashoggiun en Turquía, pero quien residía en EEUU. Un caso que aparece como excepción por decisión de la administración Biden.

“El juez de la Corte del Distrito de Columbia, John D. Bater, expresó su disgusto por tener que desestimar la demanda por daños y perjuicios contra el heredero de la Corona de Arabia Saudita, y con ello la separación de poderes”.

Explica que, desde el inicio del juicio, Salmán no fue considerado como jefe de Estado, pues aún no lo era, y en consecuencia el proceso avanzó, pero al serle otorgado esas funciones por su país y notificárselo a EEUU, el Departamento de Estado procedió a darle esa calificación.

“El juez no tuvo otro camino que admitir la calificación y dijo ‘no tengo más remedio, dada la decisión de la administración”.

Cargos graves

Estacio sostiene que los cargos formulados por la fiscalía estadounidense a Maduro pueden impedir también que el Departamento de Estado otorgue la inmunidad, incluida la calidad de jefe de Estado.

A los cargos de conspiración narcoterrorista, conspiración para importar cocaína, posesión de ametralladoras y artefactos destructivos, y conspiración para poseer armas, se añade ahora el de ser el jefe de una organización criminal.

“Si en un caso supuesto el Departamento de Estado considerase esa cualidad, el juez no tendría otro camino que admitirlo, pero en el caso de Maduro hay que recordar que él tiene en su contra una orden de captura dictada por un juez en 2020 que incluyó a otros investigados y procede la acumulación de autos”, según señala el abogado.

Indica que Maduro al estar señalado como jefe de una organización criminal en la cadena de mando implicaría más severidad en la pena y menos posibilidad de rebajar la probable condena. “Él aparece en la cúspide de la cadena de mando, entonces ¿a quién va a incriminar y a echarle la culpa de los hechos que ponen en riesgo la seguridad de la población de EEUU?”

“Maduro, de acuerdo con la imputación fiscal, sería lo que el derecho en Venezuela llama cómplice necesario y aquí un autor intelectual. Allí entra la Ley RICO, señera en materia de delincuencia organizada, porque castiga a los investigados no solamente por el delito, sino por el solo hecho de estructurar una organización criminal, que ya es un delito grave y es el vigor de la acusación”, según Estacio.

En este escenario, ve probable que aparezca en el juicio la figura de los testigos cooperantes entre los cuales Flores sería la “estrella” y cuyo testimonio serviría para rebajarle su pena. “Y sin errores”, dice al pronosticar que “el panorama se va a presentar bastante riesgoso para Maduro”.

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FUENTE: Entrevista al abogado Omar Estacio, especialista en Derecho Penal

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