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Venezuela

Tribunal Supremo en el exterior prohíbe a otros poderes reconocer a la Constituyente

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en el exterior ordenó a los poderes y a los ciudadanos "desconocer y resistirse contra el fraude constitucional"

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, que fue juramentado por el Parlamento y funciona en el exterior, ordenó la ejecución de la sentencia que declara el fraude constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), publicada el 25 de octubre de 2017.

En la sentencia se prohíbe a los poderes Ejecutivo, Ciudadano, Electoral, Judicial y Legislativo, dictar o ejecutar cualquier acto de reconocimiento a la ANC con la finalidad de impedir su actuación como poder.

El TSJ explicó que la solicitud de ejecución procede con la finalidad de impedir que se sigan afectando los derechos de los venezolanos, debido a que, según el Tribunal, los ciudadanos no se manifestaron democráticamente en las elecciones del 30 de julio. En esa fecha se eligió de manera fraudulenta la Asamblea Nacional Constituyente.

El organismo, que funciona desde el exterior, ordenó a los poderes públicos, los ciudadanos y los integrantes de la Fuerza Armada, acatar y hacer cumplir el amparo decretado.

La Sala también ordena que "los ciudadanos, los poderes públicos, los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, asuman el deber de desconocer y resistirse contra el fraude constitucional del proceso de la ANC, autorizados por el artículo 333 de la Constitución, tal y como fue establecido en la decisión de mérito. Vale apuntar, que el proceso fraudulento del cual se deriva la ANC forma parte de los componentes utilizados por el Ejecutivo Nacional para mantener el control político del país, que a su vez constituye un elemento adicional que agrava la situación de Venezuela".

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