CARACAS.- Para Rocío San Miguel, presidenta de la ONG Control Ciudadano, la reforma al Código Orgánico de Justicia Militar es un "maquillaje" que no aborda los problemas de fondo del texto legal, que vienen arrastrándose desde hace más de un siglo en Venezuela.
Venezuela: Rechazan reforma al código de justicia militar
San Miguel explicó que la reforma "exprés" del Código Orgánico de Justicia Militar, realizada por la Asamblea Nacional "chavista" "de espaldas" al país, sirve para que el régimen de Nicolás Maduro evada ante los organismos de supervisión internacional su responsabilidad por violaciones a los derechos humanos.
"La reforma exprés del Código Orgánico de Justicia Militar (COJM), realizada por la Asamblea Nacional, de espaldas a la sociedad y las organizaciones no gubernamentales especializadas, ha dado como resultado un contenido tan pobre como inútil, con el que el Estado venezolano pretende lavarse la cara ante la vigilancia internacional, por violaciones a derechos humanos que ha venido cometiendo, en el marco de la aplicación de la justicia militar. Nos dicen que desde ahora los civiles no serán juzgados por tribunales militares, cuando eso ya estaba garantizado en la Constitución de 1999”, señaló.
Añadío que, al contrario, la reforma no incorpora la "prohibición para la justicia militar de investigar y juzgar violaciones a los derechos humanos cometidas por militares, las cuales deben ser investigadas y juzgadas por la jurisdicción penal ordinaria".
"Lamentablemente las violaciones a derechos humanos cometidas por efectivos de la Fuerza Armada Nacional, continuarán siendo juzgadas por tribunales militares, sin la calificación correspondiente, como ha venido ocurriendo”, apuntó San Miguel.
La presidenta de Control Ciudadano advirtió que al tratarse de una reforma de apenas seis artículos "ha dejado muchos problemas pendientes en materia de justicia militar, en Venezuela. La reforma debió abordarse como una reforma integral y en conjunto con el Código Penal. Con debates públicos sobre temas importantes para el país”.
“En materia de derecho internacional humanitario queda pendiente dejar de comprender los crímenes de guerra como delitos de función militar. Los legisladores parecen desconocer que los civiles también pueden cometer crímenes de guerra, los cuales también deben ser conocidos por tribunales ordinarios para el caso de civiles. Eso solo puede resolverse con una reforma integral al Código Penal y al Código Orgánico de Justicia Militar”, explicó San Miguel.
Independencia de la justicia militar
San Miguel señaló que la reforma no aborda los problemas de falta de imparcialidad e independencia de la justicia militar en Venezuela.
“El COJM reformado todavía permite la intervención del Ejecutivo Nacional (Código Orgánico de Justicia Militar, artículo 54, numerales 1, 2, 3 y 4). Y Los jueces y fiscales militares, continúan guiados por los principios de obediencia, disciplina y subordinación propios del mundo castrense. Así lo señalan las últimas remociones y detenciones a jueces militares”, dijo.
San Miguel explicó que "en Venezuela el Presidente de la República, de conformidad con lo establecido en el COJM tiene atribuciones para: a) Ordenar enjuiciar por medio del Ministro de la Defensa, a oficiales generales y oficiales almirantes. b) Ordenar que no se abran juicios militares, cuando así lo estime conveniente a los intereses de la Nación. c) Ordenar sobreseimientos en juicios militares. y d) Conceder indultos. Estas atribuciones comportan graves interferencias en el cumplimiento de los principios del debido proceso, independencia del poder judicial, garantías judiciales y juez natural. Esto aún continúa vigente a pesar de la reforma al COJM”.
“Adicionalmente el Presidente de la República es taxativamente señalado en el Código Orgánico de Justicia Militar, artículo 54, COJM, como 'funcionario de justicia militar', concurriendo en consecuencia la dualidad de ejercer en simultáneo en una sola persona, las funciones de máxima autoridad del ejecutivo nacional, con las del ejercicio de las funciones de justicia militar que tiene atribuidas".
Remarcó que eso aún continúa vigente, a pesar de la reforma al Código Orgánico de Justicia Militar.
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FUENTE: Nota de Prensa/Control Ciudadano
