MIAMI.- En contraposición a la opinión del fiscal general de Florida, James Uthmeier, el abogado de la ciudad de Miami, George K. Wysong III, sostiene que la municipalidad sí tiene autoridad legal para cambiar la fecha de sus elecciones mediante una ordenanza, amparado en los poderes otorgados por la Constitución estatal.
El pronunciamiento de Wysong, emitido el jueves 12 de junio en respuesta a una consulta del comisionado Damian Pardo, respalda la propuesta de trasladar las elecciones municipales a los años pares, en coincidencia con las elecciones generales.
Argumentos del abogado
Según el dictamen, la Sección 166.021 del Estatuto de Florida reconoce la autonomía de los municipios para legislar en asuntos locales, incluida la modificación de fechas electorales, siempre que los cambios no alteren de manera arbitraria la duración de los mandatos, sino que sean consecuencia directa del ajuste del calendario electoral.
El documento también invoca la Sección 100.3605(2), que autoriza a los municipios a cambiar las fechas de calificación y elecciones mediante ordenanza, garantizando una transición ordenada. Asimismo, cita la Sección 101.75(3), que permite hacer coincidir las elecciones municipales con comicios estatales o del condado, sin importar lo estipulado en las cartas orgánicas locales.
Wysong argumenta que estas disposiciones prevalecen sobre normas locales, de acuerdo con precedentes judiciales como City of Hialeah v. Martinez y City of Miami Beach v. Nichols, que reafirman la supremacía de la ley estatal.
Jurisprudencia y postura del fiscal
Entre los antecedentes citados figura el caso Héctor Medina v. City of North Miami (2023), donde un tribunal ratificó que las secciones 166.021 y 100.3605 habilitan a las ciudades para modificar fechas de elección y ampliar los términos resultantes. También se enumeran opiniones del fiscal general de Florida emitidas entre 2000 y 2019 que respaldan esta interpretación.
Sin embargo, se destaca que una opinión reciente del fiscal contradice esa línea, al alegar que la Carta del Condado de Miami-Dade prevalece sobre la ley estatal, argumento que Wysong rechaza por basarse en una lectura "errónea e incompleta" de la Constitución de Florida.
El dictamen analiza el artículo VIII, sección 11 de la Constitución de 1885 —aún vigente en parte para Miami-Dade—, que otorga autonomía a los municipios, pero aclara que esta autonomía está sujeta a las leyes generales del estado en caso de conflicto, según ha reiterado la Corte Suprema de Florida.
Wysong concluye que, salvo intervención legislativa o judicial en sentido contrario, la ciudad tiene derecho a modificar por ordenanza la fecha de sus elecciones.
Defensa de la reforma por parte de Pardo
El comisionado Damian Pardo defendió su propuesta en conversación con DIARIO LAS AMÉRICAS. “Desde el inicio, los abogados de la ciudad nos dijeron que la ordenanza era legal”, afirmó.
Pardo señaló que trasladar las elecciones a años pares aumentaría la participación del 10% al 60%, lo que implicaría candidatos con mayor legitimidad y evitaría “prácticas clientelistas” como regalar comida o depender de un “electorado cautivo”.
Además, destacó que cada elección independiente cuesta alrededor de un millón de dólares a los contribuyentes. “Esto permitiría ahorrar millones a largo plazo”, afirmó.
Aseguró que la medida responde al clamor ciudadano: “Estamos recibiendo miles de peticiones de los votantes de Miami. Pedir una consulta previa para aprobar lo que ellos ya quieren es una distracción”.
El comisionado concluyó con un mensaje directo: “Quiero que sepan que esta reforma de trasladar las elecciones y establecer límites vitalicios a los mandatos es lo más importante que ha pasado en décadas. Cambiará el panorama político de Miami, abrirá espacio a nuevas ideas y caras, y nos proyectará hacia un entorno global y diverso”.
La propuesta será discutida el martes 17 de junio durante la sesión ordinaria de la Comisión de Miami. Su aprobación podría marcar un giro decisivo en la regeneración democrática.
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