CARACAS.- JUAN FRANCISCO ALONSO
La grabación es de una preseunta funcionaria de la Gobernación de Amazonas que planifica pagar entre dos y cinco mil bolívares por voto.
CARACAS.- JUAN FRANCISCO ALONSO
La grabación en la que la detenida secretaria de la gobernación de Amazonas, Victoria Franchi, habla telefónicamente con un hombre, no identificado, sobre cómo comprar votos o utilizar el voto asistido para favorecer a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) en las elecciones del pasado 6 de diciembre es la razón esgrimida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para suspender la posesión de los cuatro legisladores por la entidad selvática.
Así figura en la sentencia número 260 que la Sala Electoral dictó el pasado 30 de diciembre, pero cuyo texto publicó íntegramente este lunes en la página web del máximo juzgado.
En el fallo redactado por la presidenta de la Sala, magistrada Indira Alfonzo, se calificó de “hecho público, notorio y comunicacional” el audio que el jefe del Comando de Campaña Bolívar-Chávez y alcalde de Caracas, Jorge Rodríguez, difundió el pasado 16 de diciembre; y dijo que en el mismo se “evidencia preliminarmente la presunción grave de la violación de los derechos constitucionales al sufragio y la participación política de los electores del estado Amazonas”.
Este argumento sin embargo fue rechazado por el exmagistrados de la Sala Electoral, José Peña Solis, quien tachó de “exabrupto” la decisión de la instancia, por cuanto “esa grabación fue obtenida ilegalmente y por lo tanto no puede tomarse como prueba de nada”.
En similares términos se pronunció el constitucionalista Gustavo Linares Benzo, quien aseveró que el audio “es lo que en derecho se considera una prueba absolutamente impertinente, porque es una prueba interesada y favorable a una parte, la cual no fue controlada por ningún fiscal ni juez”.
Por su parte, Peña negó que el audio pueda considerarse como un hecho público, notorio o comunicacional, pues “según la Sala Constitucional ella es una información o un saber que es compartido por la mayoría de la población, que fue difundida por el grueso de los medios de manera similar y que no fue controvertida. En este caso esa grabación fue desmentida”.
De la misma manera el jurista recordó que no basta con una denuncia de irregularidades para tramitar una impugnación de una elección. “Es necesario que se diga cuál fue la incidencia de esas irregularidades en los resultados”.
Sobre este último punto, Linares Benzo agregó: “Que Jorge Rodríguez tenga una grabación donde no dice cuántos votos supuestamente se compraron y que pese a eso el Tribunal suspenda, por primera vez en 200 años, la posesión de unos funcionarios electos revelan lo bajo que han caído en el oficialismo. Hasta para embargar a alguien hay que presentar una factura o algo, pero aquí ni una servilleta”.
Por último, Peña recordó que los comicios del 6 de diciembre fueron avalados hasta por los veedores que el Consejo Nacional Electoral (CNE) trajo.
LEA TAMBIÉN: