jueves 12  de  junio 2025
Confirman condena

Supremo de Argentina por unanimidad: Cristina Fernández a la cárcel

La exmandataria fue condenada en 2022 por corrupción por el pago de sobreprecios y adjudicaciones sospechosas de contratos para obras públicas en la provincia de Santa Cruz (sur) durante su presidencia

Por REDACCIÓN/Diario Las Américas

BUENOS AIRES — La Corte Suprema de Argentina confirmó la condena a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación política perpetua por administración fraudulenta, según un fallo divulgado este martes.

La exmandataria de centroizquierda (2007-2015), principal opositora del gobierno conservador de Javier Milei, fue condenada en 2022 por corrupción por el pago de sobreprecios y adjudicaciones sospechosas de contratos para obras públicas en la provincia de Santa Cruz (sur) durante su presidencia.

La Justicia le otorgó a la expresidenta cinco días para que se entregue a las autoridades, después de que el Supremo ratificó este martes la condena de seis años de prisión contra la líder del Partido Justicialista (PJ) por corrupción, rechazando el último recurso posible, en el marco de la conocida como 'causa Vialidad'.

"Las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida", escribió el máximo tribunal argentino en su fallo. "Por ello, se desestima la queja" que había sido presentada por la defensa, añadió.

El tribunal que condenó a Fernández ordenó a la exmandataria que se presente ante las autoridades en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de que le sea notificada su sentencia, esto es, antes del próximo 19 de junio, según recogen los digitales La Nación y Página12, una medida que ha extendido a los otros ocho condenados por el mismo caso "para hacer efectivas sus detenciones".

Además, el juez de este tribunal, Jorge Gorini, solicitó a la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que informe en un plazo "de 24 horas" de la dependencia de las fuerzas de seguridad en la que estará alojada la expresidenta en el momento de su detención.

¿Prisión domiciliaria?

La exmandataria acusó de "parcialidad" a los fiscales y a varios de los jueces en la llamada "causa Vialidad", y señaló al gobierno de proscribirla políticamente.

La defensa de Kirchner, de 72 años, puede solicitar a la justicia la prisión domiciliaria por ser mayor de 70.

El presidente Javier Milei celebró la decisión: "Justicia. Fin", escribió en la red X.

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Kirchner, presidenta del Partido Justicialista, había anunciado la semana pasada que competiría por una banca como diputada de la provincia de Buenos Aires, la más poblada del país, en las legislativas provinciales del 7 de septiembre. De ganar, habría obtenido fueros.

La decisión de la Corte la excluye ahora de todo cargo electivo y obliga a la oposición a replantear su estrategia electoral de cara a las legislativas nacionales de medio término que se realizarán en octubre.

La ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, también se pronunció por la confirmación de la sentencia contra Fernández de de Kirchner

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¿Dónde cumplirá la condena?

En su escrito, el magistrado Gorini señaló que al elegir el lugar para las detenciones "se deberá atender y darse una consideración específica a las características particulares individuales" de cada uno de los condenados.

En el caso de Fernández, además, aclaró que debe tenerse en cuenta "las especiales condiciones de seguridad y custodia inherentes al hecho de haber sido presidenta y vicepresidenta de la Nación", subrayando la necesidad de brindar "cuidados adicionales" por el intento de asesinato que sufrió en septiembre de 2022.

Poco después, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola han solicitado la detención inmediata de los nueve condenados, incluida la líder del PJ, así como la incautación de sus bienes, en un escrito al que ha tenido acceso el diario 'Clarín'.

"La falta de reacción sancionatoria inmediata (...) podría llevar a percibir que las disposiciones de derecho interno y del sistema internacional enderezadas a prevenir, investigar y sancionar actos de corrupción no rigen como pauta de conducta para los funcionarios públicos, o al menos, para algunos de ellos", manifiestan los fiscales en el documento, donde han reiterado su crítica a la condena de seis años alegando que "luce insuficiente y desproporcionada frente al grave daño ocasionado".

La sentencia

Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Expediente N.º 2833/CSJN

"Fernández de Kirchner, Cristina Elizabet y otros s/defraudación a la administración pública – Recurso Extraordinario Federal"

En la ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de junio de 2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, integrada por los ministros doctores Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dicta lo siguiente:

SENTENCIA

I. VISTO:

El recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de la señora Cristina Elizabet Fernández de Kirchner contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2 de esta ciudad, confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal, que la condenó a la pena de 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por considerarla coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública.

II. CONSIDERANDO:

Que el recurso ha sido admitido por la vía del artículo 14 de la Ley 48, al haberse planteado cuestión federal suficiente, en tanto se invocó la violación de garantías constitucionales tales como el debido proceso, la defensa en juicio y el principio de legalidad.

Que, analizadas las actuaciones, esta Corte considera que no se ha acreditado la existencia de arbitrariedad en el razonamiento del tribunal de mérito, ni se ha configurado lesión constitucional manifiesta que amerite la intervención correctiva de esta instancia excepcional.

Que la sentencia condenatoria se encuentra fundada en elementos probatorios suficientes, ponderados conforme las reglas de la sana crítica racional, y que los jueces del Tribunal Oral respetaron los principios del proceso penal acusatorio, sin incurrir en exceso jurisdiccional ni apartamiento palmario de la ley.

Que el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial no se ha visto conculcado por la participación de jueces cuya intervención fue oportunamente consentida y no objetada en tiempo y forma.

III. POR ELLO:

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

Rechazar el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Cristina Elizabet Fernández de Kirchner.

Confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2, en cuanto condena a la nombrada a seis (6) años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, como coautora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública (arts. 174 inc. 5° y 45 del Código Penal).

FUENTE: Con información de AFP

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