viernes 22  de  marzo 2024
GOLPE A MADURO

TSJ ordena el regreso de Venezuela al Sistema Interamericano de DDHH

Una sentencia de este organismo derogó dos acciones del dictador Nicolás Maduro que dejaban al pueblo venezolano sin la posibilidad de defender sus derechos ante estamentos tutelados por la OEA
Por DANIEL CASTROPÉ

MIAMI.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela en el exilio derogó los actos del dictador Nicolás Maduro, que derivaron en la salida de esa nación sudamericana del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, y ordenó la restitución de ese privilegio de los venezolanos ante los organismos internacionales que velan por el respeto a los derechos humanos y la democracia.

Una sentencia de la Sala Constitucional del TSJ declaró la nulidad de las notas de denuncia presentadas por el dictador Maduro en septiembre de 2015 y abril de 2017, como argumento para marginarse de ese esquema de protección tras asegurar que tanto la Corte como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (que constituyen el Sistema) estaban “capturadas” y servían “al imperio” para torpedear a Venezuela.

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es un escenario regional constituido por los países que integran la Organización de Estados Americanos (OEA), cuya principal función es velar por el respeto, protección y realización de los derechos fundamentales en el continente americano.

Según la decisión del TSJ, las acciones que había realizado Maduro, primero como canciller y luego como gobernante, “violentan el orden constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que se deja sin efecto jurídico a nivel internacional por contrariar el espíritu, razón y principios de progresividad de los derechos que contiene la Constitución en su artículo número 19”.

La sentencia contempla también que “tales actos pretenden disminuir y desmejorar la tutela de los derechos humanos, que son una conquista del pueblo venezolano, depositaria de la soberanía popular conforme al artículo 5 de la Constitución, (…) siendo estas notas objetos de las denuncias carentes de legitimidad, validez y todo efecto jurídico”.

Ante la Comisión, toda persona puede presentar peticiones o quejas individuales sobre violaciones a los derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o en otros instrumentos interamericanos.

En caso de que se cumpla una serie de requisitos, entre ellos haber agotado previamente los recursos internos disponibles, el hecho se declara admisible y se produce un informe con recomendaciones, y eventualmente el caso puede ser sometido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El fallo del TSJ fue presentado este lunes en Miami por Cioly Zambrano, magistrada principal de la Sala Constitucional de ese organismo que fue designado por el Parlamento y que realizó su juramentación formal ante la OEA en octubre de este año. El TSJ se encuentra litigando en el exilio, luego de ser desconocido y perseguido por la dictadura de Nicolás Maduro.

La sentencia se produjo como respuesta a una acción popular impetrada ante el TSJ por el exmagistrado Moisés Troconis, quien denunció en su momento la inconstitucionalidad de los actos de retiro de Maduro de las instituciones que tutelan los derechos fundamentales en el continente.

Una decisión acertada”

Gabriel Callejas, magistrado de la Sala Constitucional del TSJ.
Gabriel Callejas, magistrado de la Sala Constitucional del TSJ
Gabriel Callejas, magistrado de la Sala Constitucional del TSJ

A su turno, Gabriel Callejas, también magistrado de la Sala Constitucional del TSJ, afirmó que “estamos complacidos de hacerle saber a los venezolanos que hemos tomado una decisión para restituir el derecho de nuestros ciudadanos para acceder a todos los sistemas de protección contra las violaciones de los derechos humanos”.

Explicó el jurista que esta determinación da vía libre a las solicitudes particulares o colectivas que pueden ser presentadas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y posteriormente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, posibilidad que la dictadura ha pretendido cerrar “apartándose de todo el andamiaje jurídico universal que representa la protección de los DDHH”.

Callejas estima que cualquier desconocimiento al Sistema Interamericano de Derechos Humanos lo que busca es “excluirse” de la aplicación de las normas internacionales, de sus sanciones y “extraerse del mundo jurídico” que contempla la protección a todos los ciudadanos del mundo.

Aseguró el magistrado que el paso siguiente es notificar a la OEA para poner a ese organismo en conocimiento de la resolución y hacerle saber que el “TSJ legítimo” se ha pronunciado acerca de la nulidad de esos actos dictados por el gobernante venezolano.

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