ITALO TORRESE
Especial
Los costos de mantener una operación “off shore” deben ser menores al 0.50% de los ingresos anuales
ITALO TORRESE
Especial
¿Por qué complicarnos la vida e incurrir en precios más altos constituyendo una compañía en un país donde no se encuentra localmente ni el productor, ni el comercializador, ni el consumidor de una bebida energizante o de un diseñador de páginas web o de un fabricante de camas de hospital?, por ejemplo. Esa es la pregunta que nos hemos hecho todos los estudiantes de negocios internacionales en algún momento de nuestra vida universitaria. La respuesta es simple y compleja a la vez.
El nombre de este tipo de empresas es “off shore”, cuya definición muy básica la escribí en la columna de la semana anterior como estructuras societarias que se encuentran registradas en un tercer país, en el que no realizan ninguna actividad económica y donde tanto el que compra como el que vende tienen el estatus de no residente de ese país. La mayoría de empresas “off shore” se constituyen además en países con muchas benevolencias tributarias y poco curiosos.
Para entrar un poco en contexto, en Estados Unidos de América, la economía más grande del mundo se ubica en el Estado de Delaware, dentro del mismo, se halla la ciudad de Wilmington con cerca de 80,000 habitantes y en donde se registran 6 compañías por cada habitante. El 75% de las empresas listadas en “Fotune 500” tienen al menos una sucursal registrada en dicho estado.
En ese sentido, las ventajas más interesantes están a la vista:
1. Las empresas “off shore” permiten una exención tributaria a empresas de ciudadanos no residentes o extranjeros que operen fuera del país o estado.
2. Estas jurisdicciones fiscales no hacen muchas preguntas sobre el origen de los fondos y la verificación de los mismos es superficial.
3. El secreto o la privacidad de sus bancos permiten operar la empresa a través de un agente registrado. Esto además de discreción ofrece una ventaja en juicios civiles donde no es necesario que los dueños sean identificados obteniendo el estatus de anónimo y no pudiendo ser demandados junto con la empresa.
4. En concordancia con el anterior también ofrecen protección en caso de demandas laborales protegiendo o reduciendo en número de activos sujetos a posibles embargos.
5. Siendo su principal fuente de ingresos, estos países tienen un sistema jurídico muy sencillo y claro. Es muy fácil y rápido constituir la empresa y realizar los pagos que el estado requiere para mantener la empresa vigente año tras año.
6. Tiene mecanismos claros para planificar y dejar organizado un sistema sucesorio sencillo y libre de impuestos.
¿Cómo sabemos si nos conviene constituir una empresa “off shore” y en que país debemos constituirla? La respuesta depende de los objetivos de ventas, el mercado al que nos dirigimos, etcétera, pero haciendo una cuenta muy rápida, los costos de mantener una operación “off shore” deben ser menores al 0.50% de los ingresos anuales.
Finalmente, le sugerimos busque a un asesor en este tema, quien en una simple entrevista lo puede ayudar muchísimo a planificar y llevar a cabo su proceso de expansión.