CARACAS.-JUAN FRANCISCO ALONSO
El abogado constitucionalista Rafael Chaverro considera que el chavismo busca que el Supremo le dé el poder que no consiguió con los votos
CARACAS.-JUAN FRANCISCO ALONSO
A falta de diputados, buenos son los magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Esto creen en el chavismo, desde donde en las últimas horas han amenazado con recurrir a estos últimos para solicitarles que suplan a la Asamblea Nacional, si esta no acata la decisión del máximo juzgado que le ordenó desincorporar a tres de los cuatro diputados que suspendió a petición del oficialismo.
“La AN ha entrado en desacato frente a una decisión del máximo tribunal, entonces sencillito si no acatan una decisión del TSJ los demás poderes no tienen por qué acatar las que ella tome”, advirtió el expresidente del organismo, Diosdado Cabello, quien tras admitir que el país está en presencia de “choque de poderes” aseveró que el alto juzgado puede mediante la declaratoria de la “omisión legislativa” asumir funciones del Parlamento y así evitar cualquier consecuencia práctica para el funcionamiento de la administración pública.
“Si no lo hace la AN alguien tiene que hacerlo porque el Estado no se va a paralizar y nuestro constituyente fue sabio y dejó esa potestad en manos de la Sala Constitucional”, agregó.
En horas de la tarde de ayer el Gobierno dio el primer paso para activar esta figura. El vicepresidente Aristóbulo Istúriz anunció que le solicitaron al TSJ que le aclare si el presidente Nicolás Maduro tiene que presentar su informe anual de gestión ante los diputados, lo cual debería ocurrir a más tardar este viernes 15, o si debido a la decisión de la Sala Electoral que los declara en “desacato” puede hacerlo en otro momento o ante otra instancia.
Revisando la Carta Magna
¿La Sala Constitucional puede suplir a la AN? No, de acuerdo al numeral 7 del artículo 336 de la Constitución venezolana. La norma antes citada establece que la instancia puede: “declarar la inconstitucionalidad de las omisiones del legislador nacional, estadal o municipal, cuando haya dejado de dictar las normas o medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de la Constitución, o las haya dictado en forma incompleta, y establecer el plazo y, de ser necesario, los lineamientos de su corrección”. En ningún sitio la autoriza a realizar la corrección a ella.
“Cuando la AN no ha cumplido con alguna de sus funciones la Sala le puede imponer lapsos y exigirle que los cumpla, pero más nada. Sin embargo, como este tribunal ha estado cargado políticamente en los últimos años ha llegado a cumplir funciones de la AN”, afirmó el constitucionalista Rafael Chavero, para quien la posibilidad de que siete magistrados hagan la tarea de los 167 diputados es una “distorsión absoluta de la Constitución, de la separación de poderes, de la soberanía popular y un golpe de Estado”.
Por su parte, el magistrado emérito Luis Martínez Hernández no descartó que la omisión pueda utilizarse como alternativa para aprobar algunas decisiones que en la actual AN no podrían aprobarse, pero dejó en claro que solamente podrían ser algunas y muy concretas.
“No puede utilizarse para algo general, porque eso implicaría subrogarse las funciones legislativas en el sentido estricto”, dijo quien fuera presidente de la Sala Electoral.
En la Sala Constitucional, por su parte, también descartaron que pretendan suplantar al Parlamento, pero dejaron en claro que mientras ese cuerpo no acate sus decisiones “tomaremos las decisiones que debamos tomar para evitar que el Estado se paralice”.
Sin razón
Para Chavero que la intérprete de la Carta Magna haya designado en tres ocasiones a los miembros del Consejo Nacional Electoral (CNE) desde 2003, bajo el paraguas de la “omisión”; y que al mismo tiempo haya reescrito decenas de leyes, ejerciendo una interpretación amplia de sus poderes, ha sido un “exceso”, pero calificó de “disparate” el actual debate.
“El planteamiento de Diosdado Cabello no tiene sentido jurídico, pues la AN no ha incurrido en ninguna omisión, no ha tenido tiempo para hacerlo, pues apenas tiene una semana”, dijo, al tiempo que negó que hubiera incurrido en desacato, pues “lo único que hizo fue cumplir con la Constitución y con su reglamento que dicen que la AN es la que califica a sus miembros”.
Haciendo memoria
Aunque hoy el chavismo se muestra como fervoroso defensor de las potestades de la Sala Constitucional, eso no siempre fue así. En 2007, cuando dominaba casi absolutamente a la AN, rechazó con contundencia que esa instancia reescribiera el artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre La Renta.
“Modificar un artículo de la Ley no es facultad del TSJ ni de ningún tribunal, es de la AN”, señaló el entonces segundo vicepresidente del Legislativo, el hoy fallecido diputado comunista Roberto Hernández. Más duro fue el también desaparecido Carlos Escarrá, diputado del PSUV, quien calificó de “bandidos” a los magistrados y dijo que “debían estar en (la cárcel de) Uribana”.
Un año después la entonces defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, también criticó a la Sala por reescribir varios artículos de la Ley de la Defensa Pública y la acusó de hacer “excesivo ejercicio de su potestad normativa”.
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