CARACAS.- REDACCIÓN WEB / DLA
CARACAS.- Hasta ahora, brilla por su ausencia un pronunciamiento oficial de Tarek William Saab, quien ocupa desde hace un mes esta instancia del Poder Ciudadano. Pero, quizá eso se deba a que el funcionario considera a las redes sociales más que suficientes para hablar del tema
CARACAS.- REDACCIÓN WEB / DLA
Luego que este martes 27 la administración de Nicolás Maduro autorizara por decreto el uso de armas mortales contra protestas en Venezuela muchas ONG de Derechos Humanos han exigido al Defensor del Pueblo, Tarek William Saab, que se pronuncie en torno a la situación.
Hasta ahora no hay una postura oficial. Pero en su cuenta twitter el funcionario ha difundido extractos de la resolución 008610 firmada por el ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López y publicada en la Gaceta Oficial número 40.589 del martes 27 de enero.
Por una parte, se refiere al artículo 15 de la resolución, el cual expone: “Cuando los medios alternativos de resolución de personas que participan en las reuniones públicas o manifestaciones sobre el uso progresivo y diferenciado de la fuerza, en cuyo caso el personal militar deberá adoptar, entre otras cosas, las siguientes conductas:”
En esta suerte de manual de comportamiento se solicita tener precaución con las mujeres embarazadas, niños, adultos mayores, el uso de agentes químicos, la progresión del uso de la fuerza a medida que desciende o aumenta la violencia y el uso de armas de fuego.
1)Res 008610 dice en art 15.9 lo sig: "NO PORTARAN NI USARAN ARMAS DE FUEGO EN EL CONTROL DE REUNIONES PUBLICAS Y MANIFESTACIONES PACIFICAS"
— Tarek William Saab (@TarekWiliamSaab) enero 29, 2015
Con este tuit, pareciera que el Defensor intentara exponer a la opinión pública que no hay intención de usar armas mortales en las manifestaciones, pues obvió completar la idea original: “…, a menos que, por la necesidad de proporcionalidad de los medios empleados para contrarrestarla, sea necesario su porte y uso”.
Luego, comienza a justificar el empleo de armas haciendo referencia a lo establecido en el artículo 24, 22 en su numeral 7 y en el artículo 2, numeral 2.
5) Res 008610 de MD en art 24 norma uso "progresivo y diferenciado de la fuerza cuando el empleo de la misma sea necesaria" para la paz
— Tarek William Saab (@TarekWiliamSaab) enero 29, 2015
4) Res 008610 de MD en art 22.7 define actuación del funcionario ante una situación de "riesgo mortal" que amenace su VIDA o la de terceros
— Tarek William Saab (@TarekWiliamSaab) enero 29, 2015
3) Resolución 008610 de MD establece en su art 2.2 que su finalidad es : "proteger los Derechos Humanos y garantías en manifestaciones"
— Tarek William Saab (@TarekWiliamSaab) enero 29, 2015
2)Res 008610 de MD describe en art 23 los criterios para graduar uso d la fuerza física: "Proporciinalidad, progresividad, minimizacion,.."
— Tarek William Saab (@TarekWiliamSaab) enero 29, 2015
Activistas de los Derechos Humanos en Venezuela, como el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), han dicho que la resolución del Ministerio de la Defensa viola la Constitución Nacional en sus artículos 28 y 329; y han emplazado al Defensor del Pueblo a fijar posición sobre el asunto.
#Resolución008610 viola la Constitución Nacional y abre las puertas a violaciones masivas de #DDHH pic.twitter.com/xPCkQAGKtc
— PROVEA (@_Provea) enero 29, 2015
Artículo 329 CRBV excluye a Ejército, Armada y Aviación de funciones de control de orden público. Resolución 008610 los incorpora.
— PROVEA (@_Provea) enero 29, 2015
Artículo 329 CRBV excluye a Ejército, Armada y Aviación de funciones de control de orden público. Resolución 008610 los incorpora.
— PROVEA (@_Provea) enero 29, 2015
Defensor del Pueblo @tarekwiliamsaab debe pronunciarse sobre inconstitucional Resolución 008610
— PROVEA (@_Provea) enero 29, 2015