sábado 7  de  diciembre 2024
bienes raíces

Impuesto sobre venta de propiedades para extranjeros

Por debajo de los $300.000 no tienen que pagar nada
Por REDACCIÓN/Diario Las Américas

El Congreso recientemente hizo cambios a la inversión extranjera en EEUU respecto a la ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de 1980 (FIRPTA). Mientras que dos cambios deben beneficiar a la comunidad de bienes raíces, una tercera impactará a vendedores extranjeros de ciertas propiedades.

En el lado positivo, las nuevas reglas FIRPTA harán la propiedad comercial en EE.UU. más atractiva para los inversionistas extranjeros. La ley duplica la cantidad máxima de propiedades y acciones que un inversionista extranjero puede adquirir en EE.UU.

Las nuevas reglas FIRPTA aumentan la retención de impuestos pagados por los vendedores extranjeros de ciertas propiedades desde el 17 de febrero de 2016.

Como parte de un paquete de cambios fiscales, el Congreso también incluyó un aumento en la tasa de retención FIRPTA de 10% a 15% en algunas propiedades.

Cómo aplica la nueva retención

La ley considera tres niveles de compras de propiedad: Una residencia personal de $300.000 o menos; una residencia personal por valor de más de $ 300.000 pero menos de $ 1 millón; y las propiedades valoradas en $ 1 millón o más:

$ 300.000: vendedores extranjeros actualmente pagan ningún impuesto FIRPTA, y esto no cambia bajo la nueva regla, proporcionando la propiedad se utilizará como residencia permanente.

$ 300.000 y $ 1.000.000: El impuesto corriente FIRPTA 10% no cambia bajo la nueva regla, proporcionando la propiedad se utilizará como residencia

$ 1 millón y más: El impuesto FIRPTA sube desde el actual 10% al 15% después de febrero 16, 2016. En esta categoría de $1 millón o más, no importa si la propiedad se utilizará como residencia o no.

¿Qué es FIRPTA?

El Congreso creó FIRPTA basado en los informes de que los inversionistas extranjeros compran bienes raíces en EE.UU. y luego venden obteniendo un beneficio sin pagar impuestos estadounidenses. En consecuencia, FIRPTA creó un requisito obligando a los compradores a retener el 10 por ciento del precio de compra y remitirlo al Servicio de Impuestos Internos (IRS) en el momento del cierre, sujeto a algunas excepciones.

Por lo general, el agente o abogado que realiza el cierre de la transacción es el encargado de retener y remitir los fondos al IRS, pero el comprador es legalmente el responsable del pago de dicho impuesto. "En ciertas circunstancias, el agente del comprador puede también ser considerado responsable."

Contratos Florida Realtors

La versión actual de formas de Florida Realtors / Florida Bar y el addendum FIRPTA CRSP-14a contienen lenguaje que se refiere a una retención del 10%. Este requisito del 10% cambia para algunas transacciones después del 16 de febrero de 2016 y la asociación está trabajando actualmente en los cambios que reflejan el 15% por $ 1 millón o más en la venta de propiedades.

Pueden existir exenciones y por esta razón la información aquí descrita debe ser consultada con un experto en la materia.

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