MIAMI.- ¿Cómo harán las autoridades para que a partir del primero de julio los dueños de una vivienda en la Florida y, en particular, de Miami-Dade, sepan que hay una nueva ley con la que se pueden proteger de los abusos de las asociaciones de propietarios?
“Estamos en el proceso de tener reuniones con los municipios para presentar la ley y para que ellos hablen con los residentes”, precisó el senador estatal republicano René García en diálogo con DIARIO LAS AMÉRICAS. Aclaró que, por otra parte, hay voluntad política y recursos para echar a andar una de las reformas fundamentales de esa ley: una oficina de investigaciones del Departamento de Regulaciones de Negocios y Profesiones (DBPR por sus siglas en inglés) en el Condado Miami-Dade, más exactamente en Doral, cerca al Departamento de Policía condal.
Piensan destinarles diez agentes del DBPR que serán trasladados de la oficina de Broward. Pero aún los dineros de esa oficina podrían estar en suspenso mientras no se sepa qué hará el gobernador Rick Scott con el presupuesto aprobado por el Congreso estatal en la noche del pasado lunes.
Scott ha amenazado con usar su poder de veto. Sin embargo, como lo señaló el representantes estatal republicano José Félix Díaz, “con veto o sin veto abriremos esa oficina en Miami-Dade”, la que trabajará de la mano de las autoridades de policía y la fiscalía estatal del Condado.
Denuncias
Otro punto importante que tendrán que saber los propietarios de un inmueble, y que vivan en un condominio con asociación, es cómo elevar las quejas ante las autoridades correspondientes.
“El proceso será el mismo que existía antes”, señaló García. Esto significa que los demandantes tendrán que dirigirse a la sección de condominios del DBPR. Ahí enviarán los casos a los fiscales de los diferentes condados si detectan que hay violaciones a la nueva ley.
Es claro que en el presente la policía no puede hacer nada frente a una denuncia. Tampoco la fiscalía ni el DBPR.
Pero al existir una nueva ley que convierte en delitos ciertas prácticas de las asociaciones de condominios, las autoridades de policía y los fiscales tendrán jurisdicción sobre esos casos, podrán imponer cargos y llevar a juicios a los supuestos culpables.
“Ahora, con la nueva ley, los estatutos penales están conectados con los de las asociaciones”, subrayó García. Sugirió, eso sí, que cualquier demanda sea dirigida primero al DBPR o, incluso, los residentes pueden llamar a las oficinas de los representantes y senadores estatales para agilizar todo el proceso. Llamar a la policía debe ser como un último recurso en caso de emergencia.
Algunos dientes de la ley
En el mes de febrero de 2016 la fiscalía estatal del condado Miami-Dade publicó un reporte llevado a cabo por un jurado de instrucción en el que se hizo una radiografía de los abusos, vacíos en la ley, las serias limitaciones del DBPR y de otras autoridades para controlar y castigar las irregularidades cometidas por las asociaciones.
Como resultado de ese reporte, más la sucesivas denuncias de los medios de comunicación y las quejas de los propietarios recibidas por las oficinas de los congresistas estatales, la ley que fue aprobada por el congreso estatal “criminalizó varios aspectos del manejo de los condominios”, como lo expresó Díaz.
La ley tiene 51 páginas. Pero hay algunos puntos que vale la pena destacar para información de nuestros lectores.
Ahora el fraude electoral es un delito y lo puede procesar la fiscalía. No entregar documentos financieros o retenerlos de manera deliberada, eso también sería ilegal y un delito. La ley también definió que es conflicto de intereses para los que estén manejando los condominios.
La asociación no podrá contratar un abogado que pertenezca a la empresa que administra dicha asociación.
Los documentos de la asociación estarán a disposición de los propietarios para su inspección, revisión e incluso para obtener fotocopias de los mismos. La negativa a suministrar esos documentos a cualquier de los propietarios o a sus representantes dentro de 10 días hábiles, generará multas y podrá ser penalizado como un delito en tercer grado. Además la fiscalía podrá presentar cargos contra la asociación o la persona que se niegue a presentar esos documentos por estar ocultando alguna irregularidad.
Para las asociaciones de más de 150 unidades, la ley les exige que todos los documentos financieros estén publicados en su sitio web, que debe ser operado en su totalidad por la asociación.
Además las asociaciones están obligadas a presentar sus estados financieros dentro de los 90 días después de finalizado el año fiscal y no más tarde de 120 días de vencido ese periodo.