sábado 22  de  marzo 2025
Seguro Social

¿Por qué no soy elegible para los beneficios de mi cónyuge?

Si trabajó y es elegible para los beneficios del Seguro Social en su propio registro, su propio beneficio puede ser más alto de lo que podría ser elegible en el registro de su cónyuge
Diario las Américas | MARIA DEL CARMEN ORTEGA
Por MARIA DEL CARMEN ORTEGA

Pregunta:

Mi esposo ha tenido mala salud por algún tiempo y los médicos lo han diagnosticado recientemente con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), comúnmente conocida como enfermedad de Lou Gehrig. He oído que el Seguro Social tiene una "vía rápida" para algunas personas con discapacidad. ¿Me puedes decir al respecto? Basulto, Hialeah FL.

Respuesta:

Tenemos dos procesos para "acelerar" las solicitudes de beneficios por discapacidad. Nuestra iniciativa de Permiso Compasivo nos permite rastrear rápidamente ciertos casos de personas con discapacidades muy severas. Hay docenas de diferentes tipos de discapacidades que califican para esta decisión acelerada, incluida ALS, y esa lista continúa expandiéndose. Obtenga más información sobre los Permisos compasivos y consulte la lista completa de condiciones.

Pregunta:

Estaba hablando con mi hermana y ella me dijo que recibe la mitad del beneficio de su cónyuge. ¿Por qué no soy elegible para los beneficios de mi cónyuge? Vila, Naples FL.

Respuesta:

Si su cónyuge es elegible para los beneficios del Seguro Social, podría ser elegible para la mitad de su beneficio a su plena edad de jubilación. Sin embargo, si trabajó y es elegible para los beneficios del Seguro Social en su propio registro, su propio beneficio puede ser más alto de lo que podría ser elegible en el registro de su cónyuge. Si tiene preguntas sobre su elegibilidad para los beneficios, llame al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778) entre las 7 a.m. y las 7 p.m. De lunes a viernes.

Pregunta:

¿Qué es un "crédito" de la Seguridad Social? Diaz, Sweetwater FL.

Respuesta:

Durante sus años laborales, las ganancias cubiertas por la Seguridad Social se publican en su registro. Usted gana créditos de Seguridad Social basados en esas ganancias. La cantidad de ganancias necesarias para un crédito aumenta a medida que aumentan los niveles promedio de ganancias. Para saber cuánto necesita ganar para obtener un crédito, visite www.socialsecurity.gov/planners/credits. Puede ganar hasta un máximo de cuatro créditos por año. La mayoría de las personas necesitarán un mínimo de 40 créditos (o 10 años de trabajo) para ser elegibles para los beneficios de jubilación. Obtenga más información leyendo la publicación en línea How You Earn Credits.

Pregunta:

Mi esposo y yo hemos estado casados por más de 30 años y estamos por jubilarnos. ¿Habrá alguna reducción en los beneficios porque estamos casados? J. Lago, Miami Lakes FL.

Respuesta:

Ninguno en absoluto. Calculamos las ganancias de por vida de forma independiente para determinar el monto del beneficio de Seguridad Social de cada cónyuge, y las parejas no son penalizadas porque están casadas. Cuando ambos cónyuges cumplen con todos los demás requisitos de elegibilidad para recibir los beneficios de jubilación del Seguro Social, cada cónyuge recibe un monto de beneficio mensual basado en sus propios ingresos. Si un miembro de la pareja ganaba un salario bajo o no ganaba suficientes créditos del Seguro Social para estar asegurado para los beneficios de jubilación, puede ser elegible para recibir los beneficios como cónyuge. Obtenga más información sobre cómo obtener créditos de Seguridad Social al leer nuestra publicación, Cómo gana créditos, disponible en www.socialsecurity.gov/pubs.

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