lunes 24  de  marzo 2025
Seguro Social

¿Puedo cobrar beneficios como esposa divorciada?

Usted puede cobrar beneficios de esposa divorciada aun cuando su exesposo esté trabajando y no reciba beneficios de jubilación. La cantidad que usted puede recibir depende del año en que usted nació
Diario las Américas | MARÍA DÍAZ
Por MARÍA DÍAZ

Pregunta:

Estuve casada con mi exesposo durante 23 años y como tengo ya 62 años de edad estoy esperando que se retire para poder cobrar beneficios por él, ya que yo he trabajado muy poco y no creo tenga el tiempo requerido por el Seguro Social. ¿Puede darme una idea de cuánto cobraré cuando él se retire? P.A.M., Miami

Respuesta:

Si usted sigue divorciada y su exesposo tiene ya 62 años de edad o más, usted puede cobrar beneficios de esposa divorciada aun cuando él esté trabajando y no reciba beneficios de jubilación. La cantidad que usted puede recibir depende del año en que usted nació. Si usted espera hasta cumplir la edad completa de jubilación puede recibir el 50 por ciento. No espere y llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 hoy para hacer una cita.

Pregunta:

A los 60 años de edad tendré derecho a recibir pagos de la pensión de la empresa para la cual trabajo. Pero también tengo cobertura de Seguro Social ya que he estado pagando los impuestos por los últimos 36 años. ¿Causarán los pagos de mi pensión que mis beneficios de Seguro Social sean reducidos? L.T., West Palm Beach

Respuesta:

No. Pero recuerde que para tener derecho a recibir los beneficios de Seguro Social usted tiene que haber cumplido los 62 años de edad. Si comienza a recibir sus beneficios de Seguro Social por jubilación a los 62 años de edad, entonces la cantidad de sus beneficios será reducida, pero no porque usted recibe un pago de su pensión, sino que se debe a que estará recibiendo los beneficios antes de cumplir su plena edad de jubilación. Por otra parte, debe preguntarles a los administradores de su pensión si los pagos de beneficios de Seguro Social reducirán los pagos de la pensión que su empresa le paga. Infórmese mejor acerca de los beneficios del Seguro Social visitando nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov, o llamándonos al 1-800-772-1213.

Pregunta:

Recibo pagos de Seguridad de Ingresos Suplementario (SSI, sus siglas en inglés) debido a una incapacidad física. Sin embargo, me gustaría intentar regresar a trabajar. ¿Se me permite tener un trabajo a tiempo parcial sin arriesgarme a perder los beneficios? A.V., Tavernier

Respuesta:

Si comienza a trabajar, parte de su ingreso podría afectar la cantidad de beneficios que recibe de SSI, al igual que su derecho a recibir los beneficios. No obstante, el Seguro Social anima a las personas incapacitadas que reciben beneficios a que intenten trabajar. También es posible que, como sucede en muchos casos, usted pueda mantener la cobertura de seguro médico. La Administración del Seguro Social tiene una variedad de incentivos para ayudarle a intentar regresar a la fuerza laboral sin quitarle la red de seguridad provista por concepto de los beneficios. Para informarse mejor, visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/work (sólo se ofrece en inglés). Si decide trabajar, asegúrese de llamar o visitar su oficina de Seguro Social para informar el cambio antes de que comience a trabajar. Llámenos al 1-800-772-1213.

Pregunta:

Somos un matrimonio jubilado que por razones de salud mi esposa y yo deseamos trasladarnos para la Florida. Nuestro ingreso es Seguro Social, SSI y Adult Financial. Nos preocupa Adult Financial (Asistencia Económica para Adultos) que actualmente recibimos en Colorado. ¿Cuál sería la cantidad de beneficios que podríamos recibir en la Florida? Y.F. Edgewater, CO

Respuesta:

No conozco el programa Adult Financial. El estado de la Florida no suplementa los pagos federales de SSI. Muchos estados suplementan los pagos federales de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) según las necesidades generales y recursos de sus residentes. Aunque estos suplementos pueden ser administrados por la Administración de Seguro Social y se incluyen en el mismo cheque con los pagos federales de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), los estados deciden la cantidad. El programa de Seguridad de Ingreso Suplementario provee un pago nacional básico y uniforme a aquellas personas necesitadas que tienen 65 años de edad o más, son ciegos o están incapacitados, si cumplen con ciertos requisitos de ingresos y recursos. El pago mensual básico para una persona es $735 y $1,103 para una pareja casada si ambos el esposo y la esposa tienen derecho a beneficios. También, el estado en el que la persona vive, puede agregar dinero al pago mensual. Debemos considerar ingresos y el tipo de alojamiento al establecer la cantidad actual del pago.

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