lunes 10  de  febrero 2025
Seguro Social

¿Puedo retirar mi reclamo de jubilación y volver a solicitarlo?

El Seguro Social entiende que pueden ocurrir cambios inesperados después de que comience a recibir beneficios de jubilación. Si cambia de opinión, es posible que pueda retirar su reclamo
Diario las Américas | MARIA DEL CARMEN ORTEGA
Por MARIA DEL CARMEN ORTEGA

Pregunta:

Unos meses después de que empecé a recibir mi beneficio de jubilación del Seguro Social, mi exempleador se ofreció a devolverme. Es una gran oferta. ¿Puedo retirar mi reclamo de jubilación y volver a solicitar más tarde para aumentar el monto de mi beneficio? P. Gimenez

Respuesta:

El Seguro Social entiende que pueden ocurrir cambios inesperados después de que comience a recibir beneficios de jubilación. Si cambia de opinión, es posible que pueda retirar su reclamo del Seguro Social y volver a solicitar en una fecha futura. Este retiro debe ocurrir dentro de los 12 meses de su retiro original, y usted está limitado a un retiro durante su vida. Tenga en cuenta que debe reembolsar todos los beneficios que recibió. Puede obtener más información sobre el período de un año cuando puede posponer sus beneficios.

Pregunta:

¿Cuál es el monto del beneficio que un cónyuge puede tener derecho a recibir? R. Gómez, Pembroke Pines FL.

Respuesta:

Si usted es elegible tanto para su propio beneficio de jubilación como para los beneficios como cónyuge, siempre le pagaremos primero los beneficios de acuerdo con su registro. Si su beneficio como cónyuge es más alto que su beneficio de jubilación, recibirá una combinación de beneficios igual a los beneficios del cónyuge superior. Un cónyuge generalmente recibe la mitad del beneficio total del trabajador retirado a menos que el cónyuge comience a cobrar los beneficios antes de la edad de jubilación completa. Si el cónyuge comienza a cobrar los beneficios antes de la plena edad de jubilación, el monto del beneficio del cónyuge se reduce en un porcentaje basado en la cantidad de meses antes de que él o ella alcance la plena edad de jubilación. Por ejemplo, según la edad total de jubilación de 66 años, si un cónyuge comienza a cobrar los beneficios:

• A los 65 años, el monto del beneficio sería aproximadamente el 46 por ciento del beneficio total del trabajador retirado;

• A los 64 años, sería alrededor del 42 por ciento;

• A los 63 años, 37.5 por ciento; y

• A los 62 años, 35 por ciento.

Sin embargo, si un cónyuge está cuidando a un hijo menor de 16 años o discapacitado y recibe los beneficios del Seguro Social en el mismo registro, un cónyuge recibirá todos los beneficios, sin importar la edad. Obtenga más información leyendo nuestra publicación sobre la jubilación.

Pregunta:

¿Cómo puedo verificar el estado de una solicitud pendiente de beneficios de jubilación? N. Ramírez, Hollywood FL.

Respuesta:

Si solicitó beneficios de jubilación o incapacidad en línea, puede verificar el estado de su solicitud en www.segurosocial.gov seleccionando “Beneficios” y “Verificar estado de la solicitud” en “Solicitar”. Deberá ingresar su número de Seguro Social y El código de confirmación que recibió cuando presentó su solicitud en línea.

El estado de su aplicación mostrará:

• La fecha en que recibimos su solicitud;

• Cualquier solicitud de documentos adicionales;

• La dirección de la oficina que procesa su solicitud; y

• Si se ha tomado una decisión.

Pregunta:

¿Qué debo hacer si un empleado me da un número de Seguro Social pero no puedo presentar la tarjeta? J. Valdés, Miami FL.

Respuesta:

Ver la tarjeta no es tan importante como colocar la información correcta en el Formulario W-2 del trabajador. Puede verificar los números de Seguro Social de los empleados usando el Servicio de Verificación de Número de Seguro Social. Este servicio en línea le permite a los empleadores registrados verificar los números de Seguro Social de los empleados contra los registros del Seguro Social con el fin de informar sobre los salarios.

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