miércoles 11  de  diciembre 2024
VENEZUELA

Advierten que empresas que no cobren nuevo impuesto serán sancionadas

El nuevo impuesto se debe cargar a los pagos en divisas, ya sean dólares, euros, pesos colombianos o cualquier otra moneda en efectivo distinta al bolívar (moneda venezolana)

CARACAS.- Una empresa que no cobre el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), para los pagos en divisas, se expone a multas establecidas en el Código Orgánico Tributario (COT) que van desde 100 % hasta 1.000 % del tributo dependiendo de la falta y que no excluyen prisión.

El IGTF debe ser cobrado por las empresas y personas calificadas como Sujetos Pasivos Especiales a todos los pagos con divisas o criptomonedas distintas al Petro e incluido en la factura respectiva.

La advertencia la hizo la social de Asesoría Fiscal de la consultora PwC Venezuela, Ana Azevedo, reseñó el portal Primicia.com.ve.

"De acuerdo al COT, el no percibir los tributos estará sujeto a una sanción de 500 % sobre el monto tributo no percibido y por percibir de menos del 100 %. En caso de percibir el tributo y no enterarlo a la AT (Autoridad Tributaria) estaría sujeto a una sanción de 1.000 %, sin perjuicio de penas de prisión", escribió Azevedo en Twitter.

Tras el anuncio del régimen de Nicolás Maduro sobre la aplicación del IGTF, varias cadenas comerciales de Venezuela se vieron en la necesidad de informar a los consumidores sobre la suspensión de los pagos en divisas hasta que no se aclare el alcance del nuevo tributo.

“Nos vemos en la obligación de temporalmente no recibir pagos en divisas, hasta tanto no obtener mayor información de la aplicación de la Reforma de la Ley de Grandes Transacciones Financieras (IGTF)", publicó en sus redes sociales la cadena de comida rápida Arturo's.

Por el momento, reina el desconocimiento y confusión en el sector privado, en especial a las empresas que califican por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) como Sujetos Pasivos Especiales, sobre el IGTF.

El nuevo impuesto se debe cargar a los pagos en divisas, ya sean dólares, euros, pesos colombianos o cualquier otra moneda en efectivo distinta al bolívar (moneda venezolana). Como se sabe, en Venezuela opera una dolarización informal (producto de la devaluación del bolívar) y es común el pago de productos y servicios en divisas extranjeras.

La medida se extiende para quien utilice criptoactivos, a excepción del petro.

Según el SENIAT, un Sujeto Pasivo Especial es toda empresa que genere más de 30.000 Unidades Tributarias de ingresos brutos al año, es decir, 600 bolívares o 137 dólares.

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FUENTE: PRIMICIA

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