domingo 24  de  marzo 2024
JUSTICIA

Corte Suprema ordena extradición de salvadoreño a EEUU

La Corte Suprema de Justicia de El Salvador ordenó la extradición de Franklin Antonio Cárcamo Girón, requerido por EEUU por los delitos de violación de menores

SAN SALVADOR La Corte Suprema de Justicia informó el jueves que ordenó la extradición de un salvadoreño requerido por las autoridades estadounidenses para que sea procesado por los delitos de violación de menores.

Se trata de Franklin Antonio Cárcamo Girón, requerido por el Tribunal del Circuito de Commonwaelth de Virginia, informó en un comunicado el máximo tribunal salvadoreño. La policía de Leesburg, en Commonwealt, busca a Cárcamo Girón desde marzo de 2013.

Según la información, el salvadoreño es acusado de varias violaciones a mujeres jóvenes, pero huyó de los Estados Unidos cuando estaba siendo procesado.

La Corte Suprema ordenó al Juzgado Noveno de Paz de San Salvador que realice las diligencias y gestiones necesarias para coordinar con las autoridades competentes de Estados Unidos la entrega de Cárcamo Girón. Este es el segundo caso en lo que va del año en que la justicia salvadoreña autoriza la extradición de un salvadoreño requerido por Estados Unidos.

En enero se concedió la extradición de Luis Majano Calderón, requerido por tribunales estadounidense por los delitos de secuestro agravado e intento de asesinato.

Entretanto, la Corte Suprema sigue sin conceder la solicitud de extradición de unos 15 pandilleros de la Mara Salvatrucha (MS-13), requeridos por Estados Unidos bajo cargos relacionados con terrorismo.

En 2012, el gobierno de Estados Unidos incluyó a la Mara Salvatrucha en una lista de organizaciones criminales internacionales y tres años después la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró grupos terroristas a la pandilla Mara Salvatrucha y la pandilla Barrio 18. La Sala, en su sentencia, también declaró terroristas a los jefes, miembros y colaboradores de las pandillas.

En marzo, el Congreso salvadoreño reformó el Código Penal para que las pandillas o cualquier organización con fin de delinquir se consideren penalmente ilícitas y sus miembros pueden ser sancionados con penas de 20 a 40 años de prisión. Los cabecillas de esos grupos podrían tener una pena de 40 a 45 años de cárcel.

FUENTE: AP

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