MIAMI.- El gobierno de EEUU emitió una nueva Licencia General 46 que autoriza transacciones del régimen de Venezuela y PDVSA, que regula operaciones de petróleo en todos sus procesos por parte de empresas estadounidenses, en la búsqueda de condiciones para futuras actividades en el país.
La nueva autorización fue otorgada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, según sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro, y dada a conocer luego de que la Asamblea Nacional del régimen venezolano aprobó por unanimidad, en segunda discusión, la reforma parcial de la Ley Orgánica de Hidrocarburos que regía desde 2006.
El texto legal, de 18 artículos, establece cambios decisivos como la eliminación del control total del Estado venezolano que al entrar en vigor, en 120 días, compartirá con petroleras privadas domiciliadas en el país la participación que ahora será minoritaria.
Además reduce impuestos y regalías, en otra modificación controversial que se interpreta como un primer paso contra el estatismo petrolero.
“Hoy fue sepultado el modelo de soberanía petrolera de Chávez”, reaccionó el economista Francisco Monaldí en su cuenta de X. "Fin de la revolución", según una apreciación sobre la que otros expertos difieren por considerar que la nueva ley de reforma no ofrece seguridad jurídica para la inversión de petroleras foráneas.
La licencia general representaría un nuevo esquema de sanciones con miras a regular y controlar operaciones sobre el petróleo venezolano en las que participen empresas establecidas en EEUU, y no constituye un levantamiento de estas, según explicó el analista político José Vicente Carrasquero.
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Licencia para petróleo de Venezuela
La medida sella un estricto control por parte del gobierno de EEUU y está incorporada en las Regulaciones de Sanciones a Venezuela y amplía de forma temporal el margen de operaciones comerciales con crudo venezolano, siempre bajo condiciones estrictas”, precisó la OFAC en sus redes.
La licencia 46 autoriza, previo cumplimiento de requisitos, a empresas de EEUU “a comprar, vender, exportar, reexportar, transportar y refinar petróleo de origen venezolano; realizar operaciones comerciales relacionadas con el suministro, almacenamiento, mercadeo, entrega y logística de este crudo, así como contratar servicios de transporte marítimo, seguros y operaciones portuarias ligadas a estas actividades”.
Indica también que para que las transacciones tengan validez, los contratos con PDVSA a través del régimen, “deben estipular que las leyes de EEUU rigen el acuerdo y que cualquier conflicto se resolverá en tribunales estadounidenses”.
“Los pagos a personas sancionadas pasarán a cuentas especiales ordenadas por el Tesoro estadounidense”, añadió.
Operaciones “no permitidas”
Según el texto oficial de la OFAC, la medida establece condiciones rigurosas.
Así, “no está permitido”:
- Pagos con términos no comercialmente razonables, en oro o en criptomonedas emitidas por el régimen venezolano (Petro).
- Transacciones con personas o empresas vinculadas a Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba, ni con entidades controladas por estas jurisdicciones.
- Operaciones con compañías venezolanas o estadounidenses que sean propiedad o estén en joint venture con personas o entidades de China.
- La descongelación de bienes o activos bloqueados bajo las sanciones vigentes, así como transacciones con buques bloqueados.
Indica además que “cualquier empresa que exporte o suministre petróleo venezolano a países distintos de EEUU” debe entregar informes detallados al Departamento de Estado y al Departamento de Energía, “incluyendo datos sobre partes involucradas, cantidades, valores, destino final y cualquier impuesto o pago al gobierno venezolano”.
FUENTE: Con información ofac.treasury.gov; red X Francisco Monaldi, José Vicente Carrraquero