CARACAS/ESPECIAL.- Nicolás Maduro decidió, antes de buscar nuevos ingresos, tratar que los venezolanos vuelvan a utilizar el Bolívar en sus operaciones diarias.
CARACAS/ESPECIAL.- Nicolás Maduro decidió, antes de buscar nuevos ingresos, tratar que los venezolanos vuelvan a utilizar el Bolívar en sus operaciones diarias.
Para el socio-director de la firma Econoanalítica, Asdrúbal Oliveros está -y no la búsqueda de nuevos ingresos a través de los impuestos- es el principal objetivo de la recién modificada Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF)
Sin embargo, Oliveros advierte que la operatividad y puesta en marcha de los impuestos que se estipulan en la Ley aprobada por el Asamblea Nacional electa en 2020 “es compleja” y su aplicación no será inmediata, especialmente porque aún se desconoce el texto definitivo que será aprobado desde el Palacio de Miraflores.
Para Oliveros el efecto que generará la ley, una vez que comience su aplicación, será el de dar mayor auge a la economía informal o negra.
Según los analistas de la firma Carpe Diem la Reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras que introducirá un gravamen sobre ciertas operaciones en divisas, criptomonedas y criptoactivos, forma parte de 23 proyectos de ley que pretenden ser discutidos y aprobados en la agenda legislativa del año 2022.
En el análisis de entorno se recuerda que este impuesto a la Grandes Transacciones financieras (IGTF) existe en Venezuela desde febrero del año 2016 cuando la Ley fue publicada en Gaceta Oficial. Pero en aquel entonces la dolarización no había avanzado significativamente y no existían las cuentas de custodia en dólares que hoy existen en el sistema financiero.
Para Carpe Diem con esta reforma se busca que los débitos y operaciones en divisas realizados por o a través de los bancos, paguen un impuesto al menos igual o superior al que hoy pagan los débitos en bolívares. De igual manera se pechará a aquellas transacciones realizadas fuera del sistema financiero por los llamados “sujetos pasivos especiales”.
El texto legal señala que la aprobación pondrá al régimen tributario en consonancia con los nuevos productos financieros que las entidades desarrollan para permitir cuentas en dólares que aprueban pagos en bolívares al momento del desembolso. Pero además destaca que, en términos tributarios, la reforma incentivará el uso del Bolívar apoyando así el fortalecimiento gradual de la moneda nacional.
El impuesto se aprobó en el Parlamento en medio de un contexto donde Delcy Rodríguez aseguró que "el bolívar es y será el bastión de nuestra soberanía monetaria" y dolarizar "sería el peor error histórico que acometiera nuestra República".
En el análisis de Carpe Diem se enfatiza que la Ley generará un impuesto adicional sobre:
Uno de los problemas en la ejecución de la Ley está en lo que justamente es una de sus novedades. La Ley antes se aplicaba a los sujetos pasivos especiales y ahora se va a aplicar a toda persona natural y jurídica (a pesar de que no sea un sujeto pasivo especial). Por otra parte, según la Ley, los sujetos pasivos especiales son todas aquellas empresas cuyo umbral de ingresos brutos anuales sea mayor a 30.000 unidades tributarias (US$129), un monto tan pequeño de ingresos que hace que prácticamente todas las empresas entren en esta categoría.
El proyecto aplica una alícuota para estas transacciones que va desde el 2% al 20%, pero propone arrancar en 2,5% (por encima de la alícuota actual para las transacciones en bolívares que es 2%) para toda transacción en divisas o en moneda extranjera, hasta tanto el Ejecutivo Nacional establezca una alícuota distinta.
Vale destacar, adicionalmente, que la exposición de motivos del proyecto señala que el IGTF que hoy se carga en bolívares, recoge cerca del 13% de la recaudación tributaria del país. Con la entrada en vigor del impuesto sobre las transacciones en divisas, criptoactivos y criptomonedas se espera subir a un 18,4% de la recaudación tributaria total.
Los analistas de la firma Carpe Diem advierten que como todo tributo el IGTF a las operaciones en divisas generará cambios de conducta que seguramente “incentivarán el uso del efectivo y empujará al campo de la informalidad a aquellos agentes contribuyentes sujetos al gravamen que hacen en las transacciones regulares no bancarias”.
El economista Leonardo Vera recuerda que este tipo de impuestos “no es nuevo Venezuela. Se aplicó con carácter transitorio en épocas de crisis cuando el fisco busca ávidamente recursos de rápida recaudación (aun cuando sean altamente distorsionantes). Se aplicó, por ejemplo, en 1994, luego en 1999 y más adelante en 2007.
Según Vera “Maduro descubrió el gravamen y lo viene usando desde hace 6 años, pechando en general a los contribuyentes especiales cada vez que hacen algún movimiento de recursos en bolívares entre bancos, a cargo de sus cuentas e incluso sin mediación de bancos (…) En 2016, cuando entró en vigor el IGTF, la dolarización no había avanzado significativamente y el gravamen era sobre transacciones en bolívares y con una alícuota de 0,75%. Con el correr del tiempo la voracidad fiscal lo llevó a 2%.
Por ser las empresas hasta ahora los sujetos al gravamen, pues nadie le paraba mucho, pero el proyecto de reforma de la Ley indica que ese impuesto levanta ya el 13% de la recaudación tributaria total. No hay cómo corroborarlo. En Venezuela no se rinde cuenta de la gestión fiscal
Vera advierte que “con la crisis, la economía se refugia en el dólar y otros activos monetarios, y el sistema tributario venezolano no se adaptó al nuevo orden monetario. No se hace porque Maduro y sus enanos no oficializan aún siquiera un régimen multi-moneda (…) Así que el paso lógico para empezar a gravar transacciones en otras monedas diferentes al bolívar es oficializar su circulación como "legal tender". La Constitución (en su artículo 318) y la Ley del Banco Central de Venezuela son taxativas: La unidad monetaria de Venezuela es el bolívar (…) No se trata sólo de un asunto legal. Se trata de ordenar el sistema monetario y de pagos a la nueva realidad para luego proceder a adaptar el sistema tributario. Pero Maduro y sus enanos están negados a aceptar la realidad.
Desde la perspectiva de Vera la reforma de la Ley del IGTF “supone asedio ahora a los contribuyentes especiales por cualquier lado, incluso cuando hacen transacciones en divisas o criptos, sin mediación del sistema financiero (…) Sea que paguen de una cuenta en dólares a otra cuenta de un proveedor en el mismo u otro banco, sea que el pago se haga con tarjeta internacional o en efectivo, donde quede una huella o si el pago tiene como destino el sistema financiero, los contribuyentes especiales pagan”.
Vera advierte que con “el muy bizarro sistema de pagos que hoy existe en Venezuela, recolectar el gravamen no es tarea fácil y el riesgo de acoso o persecución empresarial está a la orden del día (…) Usted dirá. Bueno, problema de las empresas; pues ahora viene la mejor parte. El ordinal 6 del artículo 4 de la Ley, establece que las personas naturales también son contribuyentes ¿cómo? Cada vez que hagan una transacción con un contribuyente especial”.
Para desarrollar este punto Vera utiliza el siguiente ejemplo: “Un ciudadano compra dos cambures [bananos] y una yuca en "Automercados A", por el valor de 1 dólar. Va a pagar con un billete de un dólar al contribuyente especial. Según esta Ley, cuando ese ciudadano vaya va a la caja registradora le cobrarán 1.03 dólares”.
Si este ciudadano es un pensionado que recibe una pensión mensual de 7 bolívares y decidió cambiarla en dólares para recibir el equivalente a 1,56 dólares. Para él el impuesto representa el 5% de su miserable pensión.
“La estupidez o la perversidad de quienes redactaron y aprobaron esta Ley es superlativa, pues incluso incluyeron en el texto un artículo que determina que la alícuota puede oscilar en un rango que va de O a 20%, arrancando en 3%”.
Para el catedrático, desde el gobierno de Maduro se cree que el comportamiento de los ciudadanos que poseen cuentas de custodia en dólares será el de cambiarse a Bolívares. “Vana ilusión -sentencia Vera- la Ley es una invitación a la proliferación de flujos y transacciones no regulares en otras monedas, propios de la informalidad”.
