CARACAS.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, declaró inadmisible un amparo constitucional interpuesto por el abogado Julio Alejandro Pérez Graterol, para reanudar la recolección del 20% de firmas necesarias para activar un referendo revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro.
El jurista alegó “la violación del derecho al sufragio y a la personalización y representación proporcional en el sufragio”, según precisa la sentencia N° 153 de la Sala Electoral del TSJ, publicada la noche de este jueves.
La sentencia, que fue publicada en el portal web del TSJ, establece que procede como inaceptable la acción de amparo interpuesta por Pérez Graterol, según lo señalado en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil.
Esta decisión del máximo tribunal venezolano, surge a pocas horas de lo que sería la segunda reunión para un posible diálogo entre representantes del Gobierno y la coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD), con la mediación de la Unasur y el Vaticano.
Cabe destacar que el referendo revocatorio y el respeto a los procesos electorales forman parte de las exigencias establecidas por la oposición venezolana, además, de la habilitación de un canal humanitario para alimentos y medicinas, y la liberación de presos políticos.
FUENTE: REDACCIÓN