MIAMI.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela en el exilio determinó la "nulidad absoluta" del acto legislativo que puso fin al gobierno interino presidido por Juan Guaidó. La decisión fue tomada por la Sala Constitucional del TSJ, con ponencia de la magistrada Elenis Rodríguez Martínez, quien declaró con lugar el amparo constitucional presentado por los abogados Luis Tabata y Silvino José Bustillos.
La acción legal fue presentada contra la sesión de la legítima Asamblea Nacional del pasado 3 de enero, donde la mayoría parlamentaria aprobó la reforma del Estatuto de Transición, disolviendo así el interinato que se había instalado en 2019.
En su fallo, los magistrados del TSJ calificaron la sesión de enero como "un acto legislativo inconstitucional" e instaron a los parlamentarios a velar por el cumplimiento de la Constitución. Según la sentencia, el acto transgredió la obligación del presidente de la Asamblea Nacional (Guaidó) de asumir el cargo de presidente de la República en condición de encargado, mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente o presidenta luego de cumplida una nueva elección universal, directa y secreta.
El TSJ otorgó un plazo de 30 días a la nueva junta directiva AN del 2015, encabezada por Dinorah Figuera, para que cumpla con el restablecimiento de la Constitución y el Estatuto de Transición. Asimismo, la sala se reserva la facultad de ejecutar la decisión "en caso de omisión o incumplimiento".
La sentencia también ordena la notificación de la decisión a los países que en su momento reconocieron al gobierno interino, a la OEA, la ONU y otros organismos internacionales.
Con esta decisión del TSJ, se espera que se restablezca la Constitución y el Estatuto de Transición en Venezuela y que se dé un paso hacia la solución pacífica y democrática de la crisis política en el país.
FUENTE: Con información de El Nacional