Ricardo J. Rodriguez Vacas, Esq.
Si no hay un testamento o hay un documento que no es válido, la ley del estado (en este caso, la Florida) es la que designa por estatuto quiénes recibirán la herencia y qué se les otorgará a cada uno
Ricardo J. Rodriguez Vacas, Esq.
Hace un par de semanas escribí sobre la importancia de varios instrumentos legales (en particular el testamento) para proteger su patrimonio y asegurar el traspaso del mismo a su heredero(s). Para recordarles brevemente, un testamento es un documento firmado por una persona antes de morir y por testigos, que cumple con los requisitos establecidos por el estado de donde uno reside.
Mediante el testamento, la persona nombra a uno o varios beneficiarios para que reciban sus bienes después de su muerte, de acuerdo a sus propios deseos. En este documento, la persona también designa a alguien para que sirva como su representante personal durante la administración de su testamento.
El problema es que si no hay un testamento o hay un documento que no es válido, la ley del estado (en este caso, la Florida) es la que designa por estatuto quiénes recibirán la herencia y qué se les otorgará a cada uno.
Como verán más adelante, se sigue pagando aun después de muerto y el monto que se paga lo determinará el hecho de haberse preparado bien o no haber hecho nada en vida para cuando llegue ese último día.
Como dice el refrán, “lo barato, sale caro”. Mientras más fuerte y claro es el testamento menos problemas habrá después de la muerte (para los familiares o allegados que quedan). Igual, no hay escape al trámite. El proceso que ocurre en la corte después de la muerte para administrar el testamento o patrimonio del difunto se llama en inglés “probate”.
¿Qué es el “probate”?
El “probate” es un proceso legal supervisado por la corte que identifica los bienes del difunto, asegura que se paguen sus deudas, y efectúa la distribución de los bienes a los beneficiarios o herederos.
Generalmente hay dos tipos de administración, la formal y la sencilla (summary administration). Si es formal o sencilla depende del valor total de los bienes que forman parte del patrimonio. La administración liquida deudas, ordena finanzas, y garantiza que los herederos reciban lo que les corresponda libre de cualquier duda ante la ley.
¿Qué forma parte de los bienes del patrimonio del difunto que se considera en este proceso de administración? Básicamente, todo lo que el difunto tenía a su nombre en el momento de su muerte.
Un ejemplo: Fulgencio tenía un seguro de vida que designaba a su amante Eustolia de Paris como la beneficiaria de la póliza. Un día, mientras Fulgencio tomaba su cafecito y hablaba de política, le dio un derrame cerebral y se murió.
Pancracio, el nieto de Fulgencio averiguó de la póliza y vio que era por un millón de dólares. Pero desafortunadamente para él y la familia de Fulgencio, una póliza de seguro de vida que designa a un beneficiario en particular no cae bajo la jurisdicción de la corte en la administración de herencias.
Si Fulgencio hubiera dejado la póliza como parte de su patrimonio en general, entonces sí sería parte de la administración en la corte y capaz que a su nieto Pancracio le tocaría algo. Pero que le toque algo a Pancracio también depende del testamento. Hay muchos bienes que pueden ser considerados parte de una administración pero siempre se tiene que analizar. Hay cuentas bancarias, propiedades, y otros bienes que pueden pasar a otros y no formar parte de una administración.
Muerte sin testamento
Morir sin testamento se llama en inglés “intestate” y morir con testamento se llama “testate”. Esta categorización es muy importante en la administración. Si uno muere sin testamento, “intestate”, el estado (aquí en Florida) designa el protocolo a seguir.
Básicamente, se sigue un linaje de herederos. Si la pareja del fallecido ha sobrevivido pero no hay “descendientes” (hijos, nietos, etc.), la pareja legal recibe todo los bienes que forman parte de la administración.
Si la pareja legal del fallecido está viva y dejó uno o más descendientes que también son descendientes de su pareja y ésta no tiene otros descendientes con otro u otra, entonces el cónyuge recibe todo igual. Si la pareja legal tiene descendientes (hijos o nietos) con el fallecido pero también con otro/a, entonces a ella/él le corresponde la mitad de la herencia que forma parte del patrimonio. La otra media parte va al descendiente o descendientes.
Si en el tiempo en que muere la persona no estaba casada pero deja descendientes, entonces ellos recibirán todo. Vamos a tomar a Fulgencio de nuevo como ejemplo. Antes que Fulgencio muriera, su esposa Filomena falleció. Dos años después, uno de sus hijos (el padre de Pancracio) también murió.
Fulgencio no hizo testamento. Quedó el hijo menor de Fulgencio, Vladimiro, y su nieto querido Pancracio. En esta situación y de acuerdo a las leyes de la Florida, Pancracio y Vladimiro reciben dos partes iguales.
La división de bienes en la Florida ocurre en cada nivel generacional. Si hay un descendiente de alguien que en un nivel más alto recibe parte de una herencia, a ese heredero le toca su parte. Por ejemplo, si Pancracio hubiera tenido una hermanita hija del mismo padre, hubiera sido el 25% para él, el 25% para su hermana y el 50% para Vladimiro (hijo del muerto).
En el caso que alguien que no tenga pareja legal o hijos, los herederos serían sus padres. Se sube un nivel generacional en vez de bajar. Si no hay padres vivos, entonces los hermanos del fallecido son los próximos en la línea para la herencia. Si no hay familia cercana se busca un heredero posible, aunque pueda considerarse más distante. De última, si no hay nadie, el estado o el gobierno se queda con todo.
Acuérdese, que estos ejemplos aunque sean comunes, son posibles escenarios de la sucesión sin testamento. También es importante entender que hay protecciones especiales para circunstancias que tratan el tema del hogar primario llamado en la Florida como “Homestead”.
Administración de herencia
¿Quién participa en el proceso de administración y dónde comienza? Todos los hechos son diferentes, ningún caso es igual, pero en general, el proceso involucra a la secretaria de la corte, quien recibe el testamento usualmente en el condado donde el fallecido vivía antes de morir.
El juez que supervisa el caso considera evidencias y emite cartas u órdenes durante el proceso. El representante personal nombrado en el testamento informa a la corte de los bienes, hace contabilidad, toma inventario, publica notificaciones a los posibles acreedores, y entre otras cosas asegura la adecuada ejecución del testamento.
Los abogados, los acreedores -si hubiera-, incluyendo el IRS -si se debe impuestos-, y otros posibles litigantes -si se complica el trámite y se disputa el testamento-, también forman parte del proceso.
En resumen, ya sabemos que en general uno puede fallecer con testamento o sin testamento. Que el proceso puede ser uno de una administración formal o sencilla y que involucra a varias partes y etapas. Dependiendo del caso, el proceso puede durar entre varios meses a años.
Pero hay un factor que puede complicar todo aún más. Eso es la pelea entre herederos o disputa al testamento. Todo este proceso muestra la importancia de prepararse bien para evitar peleas y gastos importantes. El costo de este proceso (dependiendo del caso) entre abogados y corte, puede comenzar desde un promedio de 1.500 dólares, para el caso más sencillo, y mucho más, en adelante.
Lo invito a escribirme cualquier pregunta que tenga sobre estos temas y otros legales, y en esta columna, todos los lunes, le daré mis mejores consejos.
