domingo 17  de  marzo 2024
Seguro Social

¿La propiedad de una vivienda me hace inelegible para obtener SSI?

Puede ser propietario de una casa y aún recibir SSI mientras viva en la casa de su propiedad. En la mayoría de los casos, al determinar la elegibilidad para SSI, no contamos como recurso la casa en la que usted vive
Diario las Américas | MARIA DEL CARMEN ORTEGA
Por MARIA DEL CARMEN ORTEGA

Pregunta:

Me mudé con mis padres hasta que me vuelva a poner de pie. ¿Por qué disminuyó mi pago de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)? C. Arias, Kendall FL.

Respuesta:

Si recibe SSI, sus arreglos de vivienda pueden afectar su pago mensual. Cuando vive en el hogar de otra persona y no paga su parte justa de los gastos de manutención, eso se cuenta como un ingreso "en especie" y puede reducir su pago de SSI. Debe informar cualquier cambio en su plan de vivienda a la Seguridad Social dentro de los 10 días posteriores al cambio. Al informar un cambio en el arreglo de vivienda, debe indicarnos su dirección, con quién vive y qué aporta para las facturas y gastos del hogar. También debe informar si se muda a un hospital u hogar de ancianos privado o público, una institución administrada por el Gobierno, la cárcel, el hogar de otra persona o un nuevo lugar propio. Informe los cambios en su arreglo de vivienda al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778) de 7 a.m. a 7 p.m., de lunes a viernes. Obtenga más información acerca de SSI y las cosas que necesita informar cuando lo obtiene en www.socialsecurity.gov/ssi.

Pregunta:

Mis padres se mudaron recientemente a una comunidad de jubilados y me están firmando su casa. ¿Todavía puedo obtener Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o la propiedad de la vivienda me hará inelegible? M. Lozano, Pembroke Pines FL.

Respuesta:

Puede ser propietario de una casa y aún recibir SSI mientras viva en la casa de su propiedad. En la mayoría de los casos, al determinar la elegibilidad para SSI, no contamos como recurso la casa en la que usted vive o el automóvil que usa. Para obtener más información sobre SSI y la Seguridad Social, visite www.socialsecurity.gov o llámenos al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).

Pregunta:

Obtengo beneficios por discapacidad y también mi primo. Sus hijos reciben beneficios en su registro. Tomé una solicitud para que mis hijos reciban beneficios, pero me dijeron que no eran elegibles para el pago. ¿Por qué es esto? l. Bello, Hialeah Fl.

Respuesta:

Hay algunas razones diferentes por las cuales un niño puede no recibir beneficios de un padre cuando el padre recibe beneficios por discapacidad. Un niño debe ser soltero, menor de 18 años, menor de 19 y 2 meses y aún inscripto en la escuela secundaria. Un niño también puede recibir beneficios si estaba discapacitado antes de cumplir los 22 años. Si se cumplen estas condiciones y los beneficios aún no se pagan, es posible que el padre reciba la cantidad máxima pagadera por ley en su propio beneficio. Además, si se trata de una indemnización laboral, la cantidad adeudada a los hijos puede mantenerse como parte de la compensación de trabajador del padre. Para obtener detalles específicos sobre su propio registro, comuníquese con su oficina local del Seguro Social o llame al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-328-0778) entre las 7 a.m. y las 7 p.m. De lunes a viernes.

Pregunta:

Fui herido mientras estaba en el servicio militar en el extranjero. ¿Cuáles son los beneficios para los guerreros heridos y cómo puedo postularme? B. Quiñones, Tampa FL.

Respuesta:

A través del programa Wounded Warrior, el Seguro Social agiliza el procesamiento de reclamos por incapacidad de miembros del servicio militar actuales o veteranos discapacitados mientras están en servicio activo el 1 de octubre de 2001 o posteriormente. También, miembros del servicio y veteranos que tienen una calificación de compensación de la Administración de Veteranos y Total (P & T) puede recibir un procesamiento acelerado de las solicitudes de beneficios por discapacidad del Seguro Social. Tenga en cuenta que este proceso acelerado solo se aplica a la solicitud de beneficios. Para ser elegible para los beneficios, debe cumplir con la estricta definición de "discapacidad" de la Seguridad Social, que significa:

• No debe poder realizar un trabajo sustancial debido a su(s) condición(es) médica(s); y

• Su(s) condición(es) médica(s) deben haber durado, o se debe esperar que duren, al menos un año o que resulten en la muerte.

Puede presentar una solicitud en línea en www.socialsecurity.gov/applyfordisability o llamar a nuestro número gratuito, 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).

Puede encontrar más información para veteranos en www.socialsecurity.gov/people/veterans

¡Recibe las últimas noticias en tus propias manos!

Descarga LA APP

Deja tu comentario

Te puede interesar