martes 25  de  marzo 2025

Nueva ley de condominio (2)

La nueva ley de condominios pone un ojo encima de las asociaciones y juzgará aquellas violaciones y acciones corruptas que antes ni tenía en cuenta
Diario las Américas | SERGIO GUZMÁN
Por SERGIO GUZMÁN

Los cambios del Capítulo 718 del estatuto de la Florida busca que más de tres millones de residentes puedan verse protegidos con la introducción de las nuevas normativas cuyo cambio más significativo es la inclusión de penas de cárcel por las mismas acciones que durante mucho tiempo eran simplemente obviadas por la ley penal.

Incluso, los miembros de las juntas directivas de las asociaciones desde la entrada en vigor de la nueva norma estarán limitados hasta un máximo de ocho años para ocupar sus cargos para evitar la corrupción.

En definitiva la ley tendrá un ojo encima de las asociaciones y cuidará con celo para que no se violen los derechos de los miembros de uno de los colectivos mayores del estado.

De ahora en adelante, los miembros de la asociación de condominio no podrán lucrar por ser parte de la jerarquía de dichas agrupaciones de dueños o administradores de condominios o asociaciones de dueños de colectivo de unidades en común. Los sobornos serán prohibidos estrictamente. Por ejemplo, en algunas ocasiones anteriores los constructores que contratan las asociaciones para reparar el edificio le han hecho regalos de reparaciones en la casas de los dueños que forman parte de la asociación de dueños. Bajo la nueva ley, esto será mirado como un abuso o soborno y los constructores y miembros de la asociación serán penalizados y acusados de crímenes que podrían llevarle a ser sancionados como felonías con penas de multas y cárcel.

Debido a ley nueva, los abogados no podrán servir a dos clientes que pudieran tener intereses en conflictos. Antes podíamos representar a la asociación de dueños a misma vez que representábamos a la compañía administradora de los condominios. Desde el día primero de Julio de 2017, cualquier abogado que tenga esta dualidad de clientela podrá ser sancionado por el Colegio de Abobados y sus clientes podrían ser sancionados por la ley civil.

Los dueños que estén en la asociación de ahora en adelante no podrán vender a precios bajos o comprar a precios bajos las propiedades que tengan una gran deuda con la asociación o que estén bajo el remate legal bajo la jurisdicción de la corte.

Bajo la ley nueva que entró en vigor el 1ro de Julio, cualquier persona podrá demandar por daños civiles si ha sido dañada por algún miembro de una asociación de condominio o asociación de dueños por fraude en las votaciones de la asociación, sobornos, malversación de fondos, destrucción u obstrucción de los archivos de la asociación. Cualquier persona que considere que ha sufrido daños por algunos de estos crímenes podrá presentar una demanda civil por daños perjuicios sufridos a consecuencia de algunos de delitos antes mencionados.

Aunque siempre ha sido ilegal la malversación de fondos, de una institución en este caso las sanciones serán penales con la gran posibilidad de ir a parar en la cárcel.

En caso de que un miembro de junta directiva tenga antecedentes penales no podrá participar en dicha junta aunque los dueños los elijan según los estatutos de la asociación.

Y para buscar la transparencia la asociaciones de más 150 unidades, la ley les exige que todos los documentos financieros estén publicados en su sitio web, que debe ser operado en su totalidad por la asociación.

Además las asociaciones están obligadas a presentar sus estados financieros dentro de los 90 días después de finalizado el año fiscal y no más tarde de 120 días de vencido ese periodo.

El Dr. Sergio J. Guzman, ejerce la profesión de abogacía en las ramas de Herencias, Tutelas, Testamentos, Fideicomisos, Bienes Raíces, Comercio, Salud Mental y Ley de Familia. Sus oficinas están ubicadas en el 2440 Coral Way, Miami, Florida 33145. Su número de teléfono es el (305) 262-6696; su número de fax es el (305) 854-1937 y el correo electrónico es [email protected].

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