1.- ¿Por qué se utiliza una resolución del año 2007 para regular el revocatorio a Maduro en 2016?
1.- ¿Por qué se utiliza una resolución del año 2007 para regular el revocatorio a Maduro en 2016?
Desde 1999 debió aprobarse en Venezuela una Ley de Referendos que regulara la promoción y participación de consultas populares abrogatorias de leyes o de revocatoria de mandato. La ausencia de esta ley fue uno de los principales problemas que se confrontó para la organización del referendo revocatorio presidencial contra Hugo Chávez en el año 2004. Aunque el chavismo dominó ampliamente el Parlamento Nacional entre los años 2005 y 2015, nunca aceptó promover la discusión de esta Ley. A partir de enero de 2016 cuando en el Parlamento Nacional (ahora dominado por la oposición) se discutió un ante proyecto de ley de Referendo el Consejo Nacional Electoral (CNE) reclamó la iniciativa y exclusividad legislativa para discutir esta Ley.
Ante la ausencia de la Ley se utiliza un marco legal sub-legal fundamentado amparado en reglamentos y resoluciones aprobadas por el directorio del CNE, así como los precedentes legales producto de las decisiones y actuaciones previas.
2.- ¿Se cumple la norma?
Aunque la mayoría de las rectoras electorales aseguran actuar apegadas al contenido de las normas para regular los referendo revocatorios publicadas en la Gaceta Electoral Nº 405 del 18 de diciembre de 2007; la autoridad electoral ha incurrido en múltiples omisiones y violaciones. Por ejemplo: no publicó la lista de funcionarios y cargos objetos de revocatoria al inicio del año, y tampoco publicó oportunamente el cronograma asociado a los procesos refrendarios que podrían activarse (como lo establece el artículo 31 de la normativa)
Por otra parte, la sumatoria de los lapsos técnicos y legales previstos en la normativa indican que la primera etapa del procesos (solicitud de recolección de firmas equivalentes al 1% de los electores, recolección de estas firmas y verificación) debería durar 41 días. No obstante, en esta etapa el CNE invirtió 145 días.
3.- ¿El proceso de recolección del 1% se realizó para activar el revocatorio a Hugo Chávez?
La etapa de constitución de una agrupación de ciudadanos que promueva la solicitud de un referendo revocatorio no se realizó para el referendo revocatorio presidencial del año 2004. Si se empleó para 10 eventos refrendarios regionales celebrados durante el año 2007; no obstante ese año el proceso y la revisión no incluyó yodas las etapas que el CNE decidió desplegar para la consulta popular contra Maduro.
En definitiva, el proceso que comenzó el 9 de marzo cuando la oposición solicitó activar la recolección del 1% (según el CNE el proceso comenzó el 14 de abril) y culminó el 1 de agosto con la entrega de un certificado que indica que la Mesa de la Unidad Democrática está habilitada para solicitar un revocatorio a Nicolás Maduro no está prevista en la Constitución Nacional y no se realizó para el revocatorio de Hugo Chávez.
4.- ¿Los actuales rectores fueron los que aprobaron la normativa de revocatorio?
La actual norma fue aprobada por los rectores Tibisay Lucena, Sandra Oblitas, Vicente Díaz, Germán Yépez y Janeth Hernández. De estos solo Lucena y Oblitas permanecen en el CNE por decisión del Tribunal Supremo de Justicia en diciembre en el año 2013.
De los actuales rectores en el año 2007 Luis Emilio Rondón se desempeñaba como director de la Oficina de Participación Política del CNE, la rectora Tania DAmelio (que fue diputada por el Movimiento V República) era militante activa del Partido Socialista Unido de Venezuela, mientras Socorro Hernán se desempeñaba como
presidenta de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv), cargo que desempeño hasta que Hugo Chávez la designó ministra para las Telecomunicaciones. Al momento de ser postuladas como rectoras electorales tanto D'Amelio como Hernández militaban en el Psuv violando la Ley Electoral que indican que los rectores (y los postulados a estos cargos) no deben tener militancia política.
5.- Interpretación interesada de la norma
Según un análisis de Súmate (organización de veeduría electoral en Venezuela) “el Directorio del CNE confunde de manera interesada “términos con plazos” de los lapsos máximos establecidos en las Normas en Resolución 2770 publicadas en Gaceta Electoral Nº 405 del 18 de diciembre de 2007 para las tres etapas de los Referendos Revocatorios. Además, utiliza eventos pasados para justificar estos tiempos, pero omite lo expedito de su actuación en solicitudes similares por parte de funcionarios del gobierno nacional. Como ejemplos, están las solicitudes de Referendo para la Reforma de la Constitución de la República el 2 de diciembre de 2007, y el Referendo Aprobatorio de la Enmienda Constitucional el 15 de Febrero de 2009. Esta última consulta ocurrió dos meses y medio después de que CNE convocó y realizó las Elecciones de Gobernadores y Consejos Legislativos Estadales, Alcaldes Metropolitanos y Cámaras de Concejales Metropolitanos, el 23 de Noviembre de 2008.
Según Súmate desde que la oposición entregó el 2 de mayo de 2016 las planillas de la primera recolección de firmas el revocatorio debería realizarse en un lapso de 205 días.
6.- Venezolanos en el exterior condicionados
Los venezolanos residenciados en el exterior no podrán participar en la recolección de firmas prevista preliminarmente para la última semana del mes de octubre. De activarse el revocatorio, la mayoría de los integrantes del directorio del CNE sostiene que solo podrán votar fuera de Venezuela los ciudadanos que se hubiesen inscritos (o cambiado su centro de votación de Venezuela al exterior) antes del 31 de enero de 2016.
7.- ¿10 mil fallecidos firmando
Según la denuncia presentada por el Partido Socialista Unido de Venezuela en las planillas presentadas por la oposición el pasado 2 de mayo se incluían datos de 10 mil electores fallecidos. Para el chavismo, esto constituye un fraude que debería acarrear la suspensión de la MUD como partido político y la paralización del trámite del referendo revocatorio contra Maduro.¨
No obstante, según explicó el equipo técnico de la MUD la mayoría de los casos de datos de electores de fallecidos en las planillas entregadas al CNE son producto de errores humanos durante la etapa de transcripción de datos que realizó el CNE por exigencia del Psuv. Por otra parte, la oposición exige al CNE que explique cómo el partido oficial obtuvo (antes que el organismo comicial publicara su informe) los datos de los supuestos fallecidos que firmaron.
8 - En diciembre se superó el límite de votos necesarios
Para revocar el mandato de Nicolás Maduro es necesario que, al menos, 7.587.579 personas avalen la interrupción del mandato del Presidente. En las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015 los candidatos de la oposición obtuvieron 7.707.422 sufragios, suficientes para revocar a Maduro. No obstante, esta cifra aún se encuentra por debajo de la cantidad de votos que capitalizó Hugo Chávez al momento de ser reelecto en el año 2012. En esa elección Chávez obtuvo 8.191.132 sufragios.
9.- 2,2 millones en el exterior, pero solo votan 111 mil
Distintas investigaciones académicas sugieren que más de dos millones de venezolanos en edad de votar se encuentran fuera del país. No obstante, de estos solo podrían participar en una eventual consulta popular de mandato 111 mil. En los comicios presidenciales del año 2013 apenas 8,45% de los ciudadanos que sufragaron en el exterior lo hicieron apoyando la elección de Nicolás Maduro.
10.- 14 mil centros de votación para el 20%
La oposición venezolano exige al CNE que para el proceso de recolección de firmas del 20% de los electores deben habilitarse los 14 mil centros de votación y 40 mil equipos de identificación biométrica. Técnicos de la oposición aseguran que si no se cumplen con este requisito y el CNE insiste en imponer que la recolección debe ser proporcional en cada una de las 23 entidades del país (20% de los electores de todos los estados deben firmar) la posibilidad de cumplir con el requisito será muy difícil de lograr.