domingo 17  de  marzo 2024
Mordaza

Cuba instaura la censura en internet con el Decreto-Ley 35

La disposición limita la libertad de expresión en internet y califica las convocatorias a protestas en Cuba como "ciberterrorismo"
Por DIARIO DE CUBA

LA HABANA— El régimen cubano incorporó a su legislación la difusión de noticias falsas, tipificándolas como acciones de alta peligrosidad; los insultos en redes sociales o el uso de plataformas tecnológicas para llamar a subvertir el orden o los preceptos constitucionales.

Este martes se publicó en la Gaceta Oficial No.92, incluido entre seis normas, el Decreto-Ley 35 de "las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y del Uso del Espectro Radioeléctrico", mediante el cual se prohíbe convocar a protestas mediante internet, lo que califican de "ciberterrosimo".

Pablo Domínguez Vázquez, Director de Ciberseguridad del Ministerio de Comunicaciones (MINCOM) afirmó en conferencia de prensa que con esta nueva legislación serán tipificados hechos que hasta el momento no tenían un respaldo legal en el país en el entorno de la red de redes como los daños éticos y sociales o los incidentes de agresión.

Domínguez Vázquez afirmó que los incidentes de Ciberseguridad serán clasificados de acuerdo a su tipificación y al nivel de peligrosidad. "La tipificación de los incidentes de Ciberseguridad se realiza con el objetivo de facilitar su caracterización, se agrupan por categorías y subcategorías; mientras que la caracterización de la peligrosidad de los incidentes de Ciberseguridad se utiliza una escala de cuatro niveles", explicó.

Respecto a la implementación de la normativa, el funcionario dijo que el Estado cubano tiene registro de todos los "incidentes" en redes sociales, por lo que "cuando se logren identificar esas personas y estén en el país se les impondrán contravenciones".

Entre las cuestiones que serán penalizadas según el decreto se encuentra compartir en las redes sociales noticias falsas, mensajes ofensivos o "difamación con impacto en el prestigio del país", este último bastante ambiguo.

También se considera "difusión dañina" a las publicaciones de contenidos que "atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del Estado" o los que "inciten a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público; difundan mensajes que hacen apología a la violencia, accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad y dignidad de las personas".

El texto legal califica de "ciberterrorismo" a "aquellas acciones mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) cuya finalidad es subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas y de masas, las estructuras económicas y sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo. Alterar gravemente la paz pública. Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional. Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella".

“El Estado cubano tiene el derecho irrenunciable y soberano de regular las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación, las cuales desempeñan un papel significativo en el desarrollo político, económico y social de nuestro país y constituyen un medio efectivo para la consolidación de las conquistas del socialismo”, expresó el Decreto-Ley 35 del Consejo de Estado y que encabeza a las otras disposiciones de menor rango.

Este Decreto-Ley es la norma de más alto rango publicada hasta la fecha para estos sectores y busca actualizar y modernizar el marco legal, dijo a medios de prensa locales Wilfredo López, director de Regulaciones del Ministerio de las Comunicaciones. Fue firmado en abril de 2021.

Según López, el espectro radioeléctrico constituye "un recurso de carácter escaso, limitado, inalienable, imprescriptible e inembargable, sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, y no puede cederse en propiedad a personas naturales o jurídicas", lo que podría estar relacionado con las declaraciones de Joe Biden respecto a facilitar el acceso a internet a los cubanos.

Además, la resolución pretende "garantizar a través de la gestión de incidentes de Ciberseguridad, la prevención, detección y respuesta oportuna ante posibles actividades enemigas, delictivas y nocivas que puedan ocurrir en el ciberespacio".

Entre las sanciones a las que se pueden enfrentar los infractores se encuentra la suspensión del servicio de internet o la finalización del contrato, además de "la responsabilidad penal, civil o administrativa que se derive del hecho".

Asimismo, el régimen dispuso un “modelo de actuación” con un formulario para ser llenado en caso de que alguien quisiera denunciar estos “incidentes de ciberseguridad” como parte de una serie de normas jurídicas que llegan a un mes de una serie de protestas contra el Estado y en las cuales internet jugó un papel importante en la convocatoria de los manifestantes.

Numerosos periodistas, juristas y demás ciudadanos cubanos mostraron su inconformidad con el contenido de la regulación poco después de publicada, utilizando principalmente la etiqueta #NoAlDecretoLey35.

El exfiscal cubano Frank Ajete Pidorych cuestionó en sus redes sociales el contenido del artículo tercero, el cual dispone "coadyuvar a que la utilización de los servicios de telecomunicaciones sean un instrumento para la defensa de la Revolución", por lo que consideró que "el objetivo primero del Decreto-Ley es instrumentalizar un servicio público".

"Aparece nuevamente el concepto de 'moralidad' pública, trenzada maliciosamente a una moralidad políticamente conservadora", agregó el jurista.

Además, dijo que con esta resolución todos los que solicitaron "la dimisión de Alpidio Alonso, además de confundidos, mercenarios, malinches… ya pueden ser 'ciberterroristas', porque siquiera se puede instar a los poderes públicos a 'realizar un acto o abstenerse de hacerlo'".

El periodista cubano José Raúl Gallego, por su parte, dijo que ahora también es un delito "compartir un contenido o hacer un comentario en Facebook", por lo que afirmó a los que "quieren socialismo chino o vietnamita" que "vayan cogiendo esta parte del paquete"

Entre las sanciones para infractores se encuentran por ejemplo multas de entre 20.000 y 40.000 pesos (800 y 16.000 dólares) para quien preste servicios públicos de telecomunicaciones sin la debida autorización, así como el decomiso de infraestructura o los equipos.

Entre la media docena de otras normas publicadas sobresale el decreto 105 del Ministerio de las Comunicaciones, firmado por la titular de la dependencia Mayra Arevich el 9 de agosto y que pone énfasis en la ciberseguridad y sí es posterior a las manifestaciones de julio. La norma busca “garantizar que a través de la gestión de incidentes de ciberseguridad se pueda prevenir, detectar y responder oportunamente ante posibles actividades enemigas, delictivas y nocivas que puedan ocurrir en el ciberespacio, así como realizar el enfrentamiento y neutralización de estos sucesos”.

Miles de personas salieron a las calles a partir del 11 de julio en manifestaciones contra la dictadura en medio de una situación de censura, falta de libertades, de respeto a los derechos humanos, lo que se suma al desabastecimiento de alimentos y medicinas, colas y apagones en varias ciudades del país.

El Congreso de Estados Unidos aprobó esta semana disposiciones para que el presidente Joe Biden busque ampliar el acceso de internet en Cuba.

FUENTE: Con información de AP

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