ESPECIAL
@ernestojt
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La crisis política peruana se agudizó más esta semana luego de que la fiscal de la nación, Patricia Benavides, presentó una denuncia constitucional ante el Congreso peruano contra el presidente Pedro Castillo por presuntamente liderar una red criminal.
El procedimiento, que deberá ser debatido en varias instancias del Legislativo, podría conducir a que el presidente sea suspendido de su cargo y ser sometido a una denuncia constitucional penal e investigación más exhaustiva por los presuntos delitos.
“Hemos hallado graves y reveladores indicios de la existencia de una presunta organización criminal enquistada en el Gobierno, con la finalidad de copar, controlar y direccionar los procesos de contrataciones en los diferentes estamentos del Estado para obtener ganancias ilícitas, organización presuntamente liderada por el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, e integrada entre otros por exministros (Juan) Silva, (Geiner) Alvarado, y el gerente general de Petroperú, Hugo Chávez”, dijo la fiscal Benavides en un mensaje grabado.
Según el Ministerio Público “los indicios hallados constituyen una sospecha fundada de delitos como organización criminal, tráfico de influencias y colusión” en cuatro casos relacionados con obras públicas ejecutadas por los ministerios de Transporte y de Vivienda, y en la compra de combustibles a través de la estatal Petroperú.
La fiscal Benavides subrayó que "es responsabilidad exclusiva del Congreso decidir sobre el trámite de la denuncia constitucional, en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción”.
La expresidenta del Congreso y titular de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones, indicó este miércoles que ya esta misma semana se atenderá el expediente, teniendo hasta diez días hábiles para decidir si se aprueba y pasa a la siguiente instancia, o si se desecha el caso.
Sin embargo, en un caso sin precedentes en la política y leyes peruanas, la decisión del pleno del Congreso, en opinión de algunos abogados, requiere de al menos dos tercios de los votos en el Parlamento, unos 87 votos, cifra que la oposición a Castillo no ha podido alcanzar en ninguno de los varios intentos de destitución del mandatario.
Sangre y golpe de Estado
El presidente Castillo reaccionó a la denuncia calificando la acción como un golpe de Estado, en una jornada en la que el Ministerio Público también ordenó la detención de un grupo de colaboradores de confianza del mandatario —por presunta participación en el esquema de corrupción— y en la que también fue allanada la casa de una hermana de Castillo por la policía, que buscaba a un sobrino del presidente envuelto en el escándalo.
“El día de hoy se ha iniciado una nueva modalidad de golpe de Estado en el Perú. Con libretos creados, utilizando al Ministerio Público políticamente, y haciendo creer al país que mi persona lidera una red criminal” dijo el mandatario, durante una inusual conferencia de prensa con periodistas extranjeros, y acompañado por el presidente del Consejo de Ministros, Anibal Torres, y varios de los ministros más fieles a su figura.
Justamente Torres, quien fuera ministro de Justicia de Castillo, aseguró que la fiscal Benavides “está violando manifiestamente la Constitución”, basado en los causales que la Carta Magna peruana establece para las excepciones a la inmunidad presidencial, que son traición a la Patria, impedir elecciones, disolver el Congreso sin causales legales o impedir el funcionamiento del Parlamento o las autoridades electorales, todo previsto en el artículo 117 constitucional.
“La fiscal de la nación en esa denuncia no está señalando ninguno de estos casos, por lo tanto está violando manifiestamente la Constitución y esperamos que el Congreso, si actúa con imparcialidad, inmediatamente someta a investigación a la fiscal de la Nación” dijo Torres.
Benavides en su anuncio sobre la denuncia, manifestó que “la corrupción socava el orden democrático y atenta contra los derechos humanos. Por ello, el combate contra la corrupción en todas las esferas del Estado debe ser unánime. Solo así la inmunidad no será impunidad”.
Pero Castillo, de vena populista, dijo que “si tiene que correr mi sangre por la calle en beneficio de este pueblo, lo tengo que hacer. Y si hay que entregar la vida, lo voy a hacer (...) nos vamos a mantener firmes a pesar de esta persecución política”.
Las acusaciones de hostigamiento se cruzaron, puesto que la fiscal Benavides también sostuvo que “ahora mismo se vive una constante y feroz obstrucción a la justicia, desplegada por la presunta organización criminal, que aprovechándose de todo el poder que les da estar en el gobierno, se expresa en una constante amenaza contra la autonomía del Ministerio Público, el permanente amedrentamiento contra mi persona y mi familia, y la hostilización contra el equipo especial de fiscales y de la Policía, que ponen en grave peligro la continuidad de la investigaciones y el descubrimiento de la verdad”.
Distintas interpretaciones
El debate ahora se centra en si la Fiscalía peruana puede valerse de un acuerdo internacional suscrito por Perú como instrumento legal con rango para que tenga valor constitucional.
“Existen tratados internacionales y pronunciamientos que ponen a la lucha contra corrupción como principio constitucional, y aquí el Congreso podría hacer una interpretación mucho más garantista” respecto a los causales para denunciar al presidente de la República, explica a Diario Las Américas el abogado constitucionalista Erick Urbina, profesor de la Facultad de Derecho y Escuela de Posgrado de la Universidad de Lima.
El jefe de Gabinete Torres dijo que “voy a solicitar a Naciones Unidas que emita una opinión al respecto”
Pero “el Congreso es intérprete de la Constitución” recuerda Urbina, sobre la posibilidad de que los legisladores consideren válidos los argumentos del Ministerio Público.
El abogado constitucionalista y profesor universitario Luciano López indicó en un mensaje en Twitter que el Tribunal Constitucional peruano “ha dicho también, desde fallos del año 2006, que la lucha contra la corrupción es un "principio constitucional implícito" en nuestra Constitución. Y ha deslizado la tesis de que tiene una relación directa con los Derechos Humanos en un fallo muy reciente del año 2020”-
Para Urbina hay que destacar que “el fin del artículo 117 no es blindar actos delictivos, sino permitir la gobernabilidad” de la principal autoridad del Estado, como lo es el Presidente de la República.
Y pone como ejemplo que, en otros países, también con sistemas presidencialistas como el peruano, los mandatarios pueden ser investigados.
“En Estados Unidos, que es presidencialista, permite que se le pueda investigar e ir más allá cuando ha cometido un delito común”, dice. Y añade que “en el siglo XXI no existen gobiernos exentos de una investigación por actos delictivos”.