viernes 20  de  marzo 2026
política

La intervención por "la acción colectiva"

El paso de advertencia es necesario tomarlo antes de la consumación de los hechos y la aplicación de la fuerza. Suspender las relaciones y el trato diplomático entre Estados tiene un sentido político que concierne de gobierno a gobierno

Por Jorge Reinaldo Vanossi[1]

I.- Todo ciclo de intervencionismo o no intervencionismo contiene y arrastra densas dosis de impredictibilidad en cuanto a sus resultados, habida cuenta de que el signo dominante son las eventualidades y nadie conoce a ciencia cierta cómo será el movimiento de las piezas que componen esa partida de ajedrez (sic). Los ejemplos sobran: ¿la “no intervención” de Inglaterra y Francia en el sangriento caso de la Guerra Civil española ante la injerencia de otras potencias pudo “anticipar” el desenlace? ¿Se está en condiciones de formular afirmaciones terminantes en torno al complejo cuadro de enfrentamientos que hoy en día dividen internamente y externamente al amplio espectro del islam y a los estados cuya territorialidad cercana y medio-asiática queda superada con incursiones violentas en los territorios? ¿Qué puede decirse cuando nadie vio a tiempo la implosión soviética de 1989-1990 que se consumó “sin intervención” en el sentido clásico del término? ¿Y qué pensar de las “revoluciones tranquilas” que derribaron a regímenes de “aparente” legitimidad (por usucapión del poder) de raigambre despótica y policíaca, para abrir el paso a nuevas oportunidades democráticas (p. ej., la “revolución del terciopelo” y la “revolución de los claveles”, diferentes entre sí)? ¿Y cómo proseguirá el largo “culebrón” cubano, a partir del deshielo con USA y a tantos años que la OEA votara la exclusión del sistema interamericano (enero de 1962), tratándose de un gobierno que no se confunde con todo un pueblo?

II.- Es correcto lo que se ha repetido en diversas oportunidades en el sentido de que en largos períodos del ciclo histórico, durante el siglo XX la práctica y doctrina de la “no intervención” resultó victoriosa ante la alternativa y la posibilidad de acudir a la “intervención colectiva”. Fueron razones políticas las que principalmente volcaron las decisiones de cada caso en ese sentido; aunque no es dable desconocer que en varias oportunidades mediaron arduas negociaciones y prolongados debates. No huye de nuestro recuerdo la explosiva crisis política interna que se suscitó en la República Dominicana en 1965 (presidencia Juan Bosch), en trance de ser ocupada por la máxima potencia continental y aún en tiempos de la “Guerra Fría”, en que las disputas ideológicas dominaban el trazado de las soluciones: allí predominó el criterio –luego de amplio debate interno y externo- de que fuera la organización de los Estados Americanos (OEA) la que emprendiera la intervención con ocupación del territorio dominicano, en una “acción colectiva” de la que participaron países miembros de la entidad y que fue dirigida por un general del Brasil: en la votación del Consejo de la OEA la República Argentina votó finalmente en sentido favorable a la realización de ese operativo, no obstante que mediaron discrepancias en varios sectores políticos de este país. El Presidente Arturo Illia y su Canciller Miguel Ángel Zavala Ortiz –luego de evaluar la gravedad de la situación dominicana y de ponderar cada una de las opiniones en juego- dispusieron el voto pertinente, evitando así que los hechos se agravaran al extremo de que fuera posible un nuevo foco extremista en la ya preocupante escenografía política caribeña. Los hechos confirmaron el acierto oportuno.

III.- Si el patrón o regla de medida para evaluar los datos correspondientes a la opción entre la “no intervención” y la “acción colectiva” recayera en la Carta Democrática Interamericana sancionada en Lima (año 2001) tenemos pues la impresión de estar ante un déficit democrático muy grande en nuestro Continente, como así también en otros lares del mundo contemporáneo. Huelgan los detalles y los ejemplos, que abundan por doquier, a veces con permanencia telúrica y atávica y en otros casos con interrupciones que abren paso a nuevos (¿y precarios?) “intervalos lúcidos”. Si nos guiáramos por las tabulaciones más exigentes, tan solo una minoría de Estados que forman parte de la OEA aprobarían un examen de democracias plenarias. ¿Y quién se anima a retar o a “intervenir” en los demás? Nadie. ¿De qué sirven las cláusulas democráticas? ¿Tan solo para los países que siempre se han gobernado y vivido su sociedad respetando las reglas de la democracia? Parecería que tan sólo permanecen en el status democrático los Estados que siendo previa o anteriormente democráticos mantienen en vigor su vigencia constitucional durante y después de las crisis y otras situaciones de emergencia o estado de necesidad. Otro sabor tienen los casos de “rupturismo” que afectan en la médula al “Estado de Derecho”. Pero si los cambios se producen dentro del cauce de la supralegalidad constitucional (el caso cercano de Paraguay con el alejamiento del presidente Lugo) no cabe instar a mecanismos de intervención supranacional ni bloqueos o sanciones económicas.

IV.- El paso de advertencia es necesario tomarlo antes de la consumación de los hechos y la aplicación de la fuerza. Suspender las relaciones y el trato diplomático entre Estados tiene un sentido político que concierne de gobierno a gobierno. Hay que evitar que el pueblo del Estado afectado lo somatice como un castigo a la sociedad en todo su conjunto, cuando en realidad el signo es el de la repulsa a políticas y actos que sean inadmisibles para una coexistencia pacífica. Llevar al aislacionismo o al bloqueo crea martirologios que los esgrimen los causantes para exculparse y los sufren los habitantes con sus necesidades insatisfechas.

En América Latina es muy visible el “déficit” de la educación cívica y de la cultura política de gobernantes y gobernados; lo que torna más difícil encarar y solucionar las situaciones de hecho que incuban luego problemas graves para ser resueltos por el Derecho y por los tribunales internacionales o regionales. Quizás debamos concederle el acierto al gran escritor André Malraux –Ministro de Cultura del gobierno de Charles de Gaulle- cuando en diálogo amical entre ambos le expresó al ex Presidente: “no es que los pueblos tienen los gobiernos que se merecen, sino que más propiamente puede advertirse que los pueblos tienen los gobiernos que se le parecen” (sic).

V.- Es correcto que la política exterior argentina haya recuperado la coherencia de no acercamiento con los regímenes que violan sistemáticamente los derechos humanos e infringen los principios más elementales que dan basamento al Estado constitucional de Derecho y a las reglas internacionales. No se debe pontificar por dentro lo que no se ve respetado afuera. El caso más reciente –y viene de larga data- es el de nuestras relaciones con los gobiernos de Hugo Chaves y Nicolás Maduro, que el nuevo gobierno argentino ha censurado, apartándose así de las complicidades habidas durante las gestiones Kirchner. La nueva actitud es la correcta. Y es así: que con fecha 24/I/2016 el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, acusó a su par argentino, Mauricio Macri, de "agredir" a su país. La reacción respondió a la advertencia que Macri hizo en Davos, en la semana anterior: "Venezuela se ha distanciado del respeto a los derechos humanos".

Maduro calificó al nuevo gobierno argentino de "oligarquía" y advirtió que "se han roto las reglas del juego y nosotros somos los que mantenemos las reglas del juego de la paz y la democracia".

El presidente argentino también se había referido en Suiza a la situación de los presos políticos en Venezuela. "La vocación de este gobierno es que en Venezuela se respeten las libertades y que los que participan en política no estén en la cárcel sin causas; hemos pedido que se revea esa situación". El Presidente argentino ha formulado reiteradamente su crítica y protesta por las acciones de “absolutismo” que practica in crescendo el Gobierno de Maduro con toda clase de ofensas e insultos a Macri y Almagro (Secretario General de la OEA).

Actualmente la oposición venezolana denuncia que hay más y más presos y muertos por ser adversarios del gobierno. El caso resonante es el de Leopoldo López, que fue encarcelado luego de dirigir una protesta en febrero de 2014. La lista continúa y, del mismo modo, las restricciones a la libertad deambulatoria y a la salida del país. La ausencia de elecciones libres presidenciales y la convocatoria a una “Convención Constituyente” de 500 miembros: la mitad de orden “corporativista” y la otra por el voto de agrupaciones afines al régimen; son datos alarmantes en cuanto violatorios de la “representación política”.

VI.- Desde el pronunciamiento de la OEA en la Conferencia de Chapultepec (1945) donde se manifestó que la facultad de apreciar si un gobierno era democrático o no, significaba un acto de “intervención” en los asuntos internos; hasta la Resolución del 23 de marzo de 1995 del Comité Jurídico Interamericano (órgano de la Carta de la OEA) en el sentido de que el derecho a la elección del sistema político, económico y social de cada Estado en su propia organización es “un derecho que no puede amparar la violación del principio y la obligación de ejercer efectivamente la democracia representativa en dicho sistema y organización; pues la “Carta Democrática Interamericana” enfatiza las concomitantes exigencias de una paralela vigencia en DEMOCRACIA de su legitimidad de “origen” y la legitimidad de “ejercicio” en todo gobierno que se precie de tal. Pero querer combinar los principios de legitimidad con no intervención y con autodeterminación, sumándole las medidas colectivas, da la impresión de un cóctel jurídico-político muy complejo.[2]

VII.- Emplazados a actuar, nos topamos con el imperativo de las ideas, que confrontan con los condicionamientos que ponen las realidades fácticas. ¿Es la puja entre David y Goliat? ¿Cuántos “golpes desde el Estado” reiteradamente –es el caso de Venezuela hoy- consuman gobernantes seudo-democráticos? En el meollo de la cuestión está presente el orden de los comportamientos y de las actitudes antes que el orden de los preceptos; y ello vale tanto para los Estados como para los organismos internacionales o regionales. En un documento elaborado por miembros del CJI se expresaba que “no pueden desconocerse los factores políticos que, en unos casos, impulsan el cumplimiento de los deberes y, en otros, los enervan”; y esa verificación está siempre presente, no obstante que “los propósitos” y “los principios” no deberían ser de ejecución potestativa sino “claramente mandatoria”, para su destino de producir consecuencias jurídicas, pues los Estados asumieron al establecer esos propósitos y adoptar esos principios el deber de concurrir a instrumentar dichas normas. La OEA tiene “por consiguiente la potestad requerida para instrumentarlas y, a la vez, los Estados el deber de expeditar su cumplimiento” (sic).

VIII.- Una nota de humor, que ayuda a comprender la problemática de esta “cuadratura del círculo”, con un “dejo” de ironía mordaz -casi sarcástica-, con que fue visualizada la suerte de los organismos internacionales (y también los regionales), a propósito de sus posibilidades de solución de los conflictos; y que dice así: “en caso de conflicto entre dos estados, uno grande y uno chico, desaparece el chico. En caso de conflicto entre dos estados chicos, desaparece el problema. En caso de conflicto entre dos estados grandes, desaparece la ONU”. Esta anécdota quedó estampada en una intervención del entonces Embajador del Perú ante las Naciones Unidas, en plena “Guerra Fría” (y es válida en estos momentos) para poner en evidencia la escasa gravitación de los estados pequeños y más débiles. En esa oportunidad una sagaz “ecuación” de Víctor Andrés Belaúnde resultó premonitoria, pero es también oportuna ante la parsimonia con que se encara el caso patético del avance –ya no dictatorial sino tiránico- del régimen “populista-militar” de Maduro: se protesta y condena, pero no se actúa. Me recuerda lo que Belaúnde sacudió con fuerte reproche: “la ONU es una institución en la que siempre hay algo que desaparece”. Algo semejante al ambiente que décadas antes se había vivido en la “Liga” o “Sociedad de las Naciones” a partir del Tratado de Versalles y que ante una increíble indiferencia de los “grandes” se esfumó en rotundo fracaso el inevitable desencadenamiento de la hecatombe conocida como la Segunda Guerra Mundial.

IX.- Hoy nos preguntamos: ¿cómo estamos “entre casa”, o sea, el sistema interamericano que representa la OEA? ¿Hasta cuándo Catilina? Mi impresión es que el hermano pueblo venezolano llevará a cabo un levantamiento general que arrasará con el “despotismo no ilustrado” (sic) que humilla con la impunidad a todo nuestro Continente. El dolor y las penurias agotan a la paciencia. ¿O nadie se acuerda del estallido del “Bogotazo” (1948), cuando valió de poco la represión ante los hechos consumados? Hay algo más que una crispación: es una repulsión. Ojalá no corra más sangre en un “Caracazo” (ya hubo uno en 1989) y se lleven a cabo los sucesivos pasos hacia el restablecimiento de un Estado democrático y constitucional de Derecho, con todos los requisitos del sistema republicano.

No es suficiente con condolerse de las violaciones y rupturas que a diario se consuman por los desbordes del Poder. Para poner fin a la situación deben sumarse los siguientes pasos a seguir:

1° la advertencia, ante el quebrantamiento institucional.

2° el retiro de Embajadores como acto de protesta.

3° la suspensión de relaciones ante la persistencia, una señal de repudio y en solidaridad con la ciudadanía y el Poder Legislativo que fue elegido y no es respetado; aplicando la “doctrina Rómulo Betancourt.”

4° la aplicación de cada una y de todas las etapas contempladas en la “Carta Democrática Interamericana” de Lima; declarando –además- la “crisis humanitaria” que sufre la sociedad toda.

5° la efectiva suspensión del gobierno ejecutivo venezolano en el seno de la OEA a raíz del sometimiento de civiles a la “Ley Marcial” y su juzgamiento sumario por los tribunales militares (Tachira).

6° las “acciones colectivas” que se estimen conducentes a la regularización de las graves anomalías hasta alcanzar la normalidad institucional de Venezuela.

Si los organismos competentes no actúan en este sentido, es de temer que se produzca una “poblada” generalizada –de carácter levantisco y agresivo- ante pisoteo de los Derechos Humanos que están siendo ninguneados (menospreciados) por un constante e intensivo atropello cívico-militar con el apoyo de “guardias” armadas y fuerzas policiales orquestadas al efecto, que se suman a la “Militancia Nacional Bolivariana” de incondicionales del oficialismo.

[1] ExMinistro de Justicia y Derechos Humanos de la República Argentina. Actual diputado del Parlamento del MERCOSUR. Fue Presidente del Comité Jurídico Interamericano de la OEA.

[2] Creo necesario y justo destacar que todos los miembros del CJI de la OEA han sido muy cautos en sus relatos como en los dictámenes suscriptos por el cuerpo, en cuanto a la recomendación de “sanciones” y, en especial, lo relativo al uso de la fuerza, entendiendo que ésta no es imperativa ni automática, sino una medida extrema y como último recurso (“a measure of last resort”) “por cuanto la incompatibilidad en un determinado momento entre la suspensión o interrupción del régimen de la democracia representativa en un Estado miembro y, su carácter de miembro en dicho Consejo, apareja un efecto jurídico y político que no invade la esfera doméstica de dicho Estado, sino tan sólo su relación temporal con el resto de los países miembros. No se trata de usar la fuerza para restablecer el principio de la legalidad ni tampoco de incursionar en terrenos del principio de autodeterminación. El efecto se produce en el seno de la estructura internacional, y toma la forma de suspensión temporal del derecho de membrecía del Estado en el que se produce violación del principio de legitimidad y con ello, de la vigencia de los derechos políticos de sus nacionales”.

¡Recibe las últimas noticias en tus propias manos!

Descarga LA APP

Deja tu comentario

Te puede interesar