miércoles 27  de  marzo 2024
Venezuela

TSJ venezolano en el exilio declara nulidad de la criptomoneda "el petro"

El Poder Judicial resalta que la Constitución venezolana específica que el bolívar es la unidad monetaria válida del país, por lo que "imposibilita que legalmente se establezca otra unidad monetaria nacional virtual o no virtual"

WASHINGTON.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela en el exilio, declaró el pasado viernes 16 de marzo la nulidad del criptoactivo denominado "el petro".

El pasado 8 de enero de 2018, los ciudadanos Carlos Ramírez López y Carlos E. Ramírez introdujeron un recurso de nulidad contra "el petro", argumentando como "fraude" esta iniciativa económica, debido a que Nicolás Maduro "no es actualmente el Presidente legítimo de Venezuela por lo que no tiene autoridad para emitir decretos".

El TSJ que actualmente opera desde Estados Unidos resalta la inconstitucionalidad de "el petro", ya que, según el artículo 318 de la Constitución venezolana, específica que el bolívar es la unidad monetaria válida del país caribeño, por lo que "imposibilita que legalmente se establezca otra unidad monetaria nacional virtual o no virtual".

La creación del "petro" fue anunciada por el régimen de Maduro para poder hacer transacciones extranjeras de la misma forma que un bitcoin, pero este criptoactivo está respaldado en reservas de oro, diamantes y petróleo.

Según los datos ofrecidos por Maduro, "el petro" alcanzó el día de su lanzamiento -el pasado 20 de febrero- órdenes de compra por aproximadamente 596 millones de euros, lo que equivale a 735 millones de dólares.

Igualmente, se establecieron planes por el régimen para el uso de "el petro" como el pago de gasolina y las prestaciones sociales de los trabajadores de la administración pública.

Este 19 de marzo, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó una orden ejecutiva que prohíbe a los ciudadanos de ese país cualquier transacción con esa moneda.

FUENTE: REDACCIÓN

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