MADRID.- Cuatro hombres que están en prisión en España por violar a una mujer en un sonado caso en 2016 recibieron el jueves nuevas penas de prisión por otro incidente de abuso sexual el mismo año.
MADRID.- Cuatro hombres que están en prisión en España por violar a una mujer en un sonado caso en 2016 recibieron el jueves nuevas penas de prisión por otro incidente de abuso sexual el mismo año.
Los hombres tenían un grupo de WhatsApp llamado “La Manada” y actualmente cumplen sentencias de 15 años dictadas por el Tribunal Supremo por violar a una mujer de 18 años durante el festival de San Fermín de Pamplona en 2016.
El caso desencadenó protestas generalizadas a favor de los derechos de las mujeres y un análisis sobre la forma en que los tribunales españoles manejan los delitos sexuales contra las mujeres. Cortes inferiores condenaron a los acusados en un principio por delitos menores.
El jueves, un tribunal en la provincia sureña de Córdoba dictaminó que los hombres abusaron sexualmente de una mujer de 21 años dos meses antes del caso de Pamplona. La violación ocurrió después de que la llevaron de un club nocturno a su casa, y mientras ella estaba inconsciente. Un video que grabaron ellos de la agresión fue evidencia clave en el juicio.
Tres de los hombres recibieron 2 años y 10 meses de prisión por abuso sexual y delitos contra la privacidad de la víctima, mientras que el hombre que filmó y difundió la grabación fue sentenciado a 4 años y medio de prisión. Las sentencias pueden ser apeladas.
Una agrupación de mujeres contra la violencia convocó a una protesta nocturna en Córdoba porque consideran que la sentencia es “vergonzosa” e “insuficiente”. Su lema es “sin justicia no hay igualdad”.
En la sentencia notificada este jueves a las partes personadas en el procedimiento y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado condena a cada uno de los cuatro investigados por un delito de abusos sexuales a un año y seis meses de prisión, la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante cuatro años y la medida de libertad vigilada consistente en la fijación de estas mismas prohibiciones durante un año a cumplir tras la pena de cárcel.
FUENTE: Con información de AP/Europa Press