martes 18  de  marzo 2025
asesoría legal

¿Cómo proteger sus bienes?

El patrimonio familiar puede estar en peligro en diferentes escenarios de nuestras vidas, pero existen formas de protegerlo
Diario las Américas | SERGIO GUZMÁN
Por SERGIO GUZMÁN

El hombre moderno acude más que nunca a los tribunales en busca de soluciones de problemas interpersonales. Vivimos en una sociedad donde cada día se resuelven menos las diferencias en una conversación entre vecinos o familiares. Frecuentemente en el ejercicio regular de mi profesión tengo que responderles a muchos clientes la pregunta de cómo proteger sus propiedades de una posible demanda legal.

No existe una única forma, se recomiendan varios métodos de protección de bienes en nuestro estado de la Florida. Estos que aquí abajo esbozo son algunos de los métodos de protección más comunes.

La protección del Hogar

La Constitución del Estado de la Florida y algunos estatutos protegen al hogar si algún demandante intenta efectuar un remate en contra de alguien que sea dueño de un hogar, aunque el demandante obtenga una sentencia otorgándole el cobro de dinero en contra del dueño del hogar. Por ejemplo, si usted vive en una casa propia y su vecino, Pedro González, lo demanda por daños y perjuicios debido a una caída en su hogar y, al final del caso, un juez o jurado le otorga una sentencia por 1.000.000 de dólares al Sr. González en contra suya. González no podrá rematarle su hogar para satisfacer su gran sentencia. En la Florida, con algunas excepciones, su hogar es sagrado. Esta protección se pudiera extender a su viuda, viudo e hijos en la administración de una herencia formal en un tribunal. Por ejemplo, si usted fallece y sus familiares inmediatos tienen que presentar una petición para que se haga una herencia formal delante de los tribunales y en ese proceso judicial se comprueba que su inmueble era su hogar cuando falleció, sus hijos no tendrán que pagarle a González rematando el hogar y González no podrá obligar a sus hijos a vender el hogar para pagarle su sentencia.

Muchas personas en vista de la protección sobre el hogar, protegen su dinero invirtiendo en mejorías y reparaciones en sus casas. Conozco un caso en cual una pareja de casados invirtió antes de ser demandados, invirtieron dinero en algunas mejorías en su hogar y cuando los demandaron y el tribunal emitió la sentencia, el demandante no pudo cobrar en contra de los demandados. Se tiene que tener cuidado cuando se hace esto, ya que un juez pudiera otorgarle permiso a un demandante de cobrarle el dinero invertido en el hogar bajo la doctrina de transferencia fraudulenta. Siempre recomiendo que consulte con un abogado antes hacer algo como esto.

Existen varias excepciones en lo concerniente a la protección sobre el hogar. Las excepciones incluyen las deudas de impuestos federales, deudas hipotecarias sobre el hogar, gravámenes presentados por incumplimientos por alguna obra de construcción en el hogar y los impuestos municipales sobre el inmueble. En otras palabras, si le debe dinero al Gobierno federal o municipal por no pagar impuestos dichas agencias gubernamentales le pudieran embargar su propiedad inmueble, aunque sea su hogar.

La protección por medio de los seguros

Si usted es dueño de varios bienes, se debe asegurar. Debe comprar un buen seguro en contra de accidentes automovilistas. Si usted es un profesional, debe tener un buen seguro de negligencia profesional en caso de que sea demando por algún error profesional. Sus inmuebles, automóviles, botes o equipos pesados deben estar bien asegurados en caso que sea demandado por alguna persona o empresa por deudas incurridas o por daños y perjuicios.

Su hogar debe estar bien asegurado. Por ejemplo, si el Sr. González quien se lesionó en su negocio o en su hogar, no podrá embargar la propiedad de usted, pero si podría intentar embargar su negocio, automóviles, botes o equipos si gana en una obtiene una sentencia en contra suya. Por lo tanto, debe tener bien asegurado sus inmuebles, vehículos, negocios y botes en caso que le presenten una demanda que resulte en una sentencia económica en contra suya.

Los seguros de vida en su mayoría no pueden ser embargados por acreedor de una deuda. La mayoría de los estados han pasado leyes que prohíbe la ejecución de una sentencia en contra de un seguro de vida y el beneficiario de la misma.

La protección por medio de planes de retiro

Los planes de retiro conocidos como IRA o 401(K) también están exentos de ejecución judicial por un demandante. Estos planes están protegidos por la ley Federal conocida como ERISA que los protege. Cuando una persona invierte dinero en un plan de retiro como los antes mencionados generalmente los demandantes no pueden cobrar de estos planes los cuales son intocables y protegidos por las leyes estatales y federales.

Siempre consulte con un abogado con experiencia en la rama de protección de bienes antes de invertir para proteger su dinero. Existen otros métodos y formas de protección. Escribiré sobre estas protecciones más adelante ya que no hay espacio para abundar en este asunto.

El Dr. Sergio Guzman, por cerca de 30 años ejerce la abogacía en las ramas de derechos de Bienes Raíces, Comercio, Herencias, Tutelas, Familia y Pleitos de Ley Civil. Sus oficinas están ubicadas en el 2440 Coral Way, Miami, Florida 33145 y su correo electrónico es el [email protected].

¡Recibe las últimas noticias en tus propias manos!

Descarga LA APP

Deja tu comentario

Te puede interesar