domingo 6  de  octubre 2024
ASESORÍA LEGAL

La nueva ley de condominios

La nueva ordenanza se ha puesto en vigor para terminar con la historia de abusos en las juntas de dueños o condominio, que ha causado tanto daño a quienes deberían servir honradamente
Diario las Américas | SERGIO GUZMÁN
Por SERGIO GUZMÁN

Si en Europa le preguntas a cualquiera cómo imagina la Florida, en su descripción no es difícil que aparezca la imagen un brillante sol alumbrando altos y envidiables edificios de cristal cercanos a la playa. Si le preguntas a un ciudadano de la Florida sobre esos soleados condominios de cristal, la imagen cambia, se transfigura en “el problema de los condominios”, las batallas encarnizadas de propietarios contra las "criminales directivas de asociaciones". La imagen de un floridano retrata un conflicto causado por un gran cúmulo de violaciones sistemáticas que no encontraban respuesta ni en los tribunales ni en las instituciones regulatorias del trabajo de estas bandas asociadas para delinquir. Los casos de fraude en las elecciones, los cobros injustificados a los clientes, la falta de acceso a la información financiera de estas agrupaciones, la malversación de fondo y las rentas fraudulentas de apartamentos intervenidos por los bancos son solo una parte de la problemática que se dibujan en la mente de alguien de Florida cuando le mencionas el vocablo condominio.

Pero esta imagen debe cambiar, el 1 de julio de 2017 entró en vigor una ley nueva de condominio y asociación de dueños. Esta ley pasada por la legislatura de la Florida es una enmienda a ley ordenanza y tiene mucha importancia para nuestras comunidades. La enmienda provee los siguientes cambios:

Primero: la nueva enmienda prohíbe que un oficial, director o administrador de una asociación solicite, ofrezca o acepte sobornos o beneficios de algún servidor de la asociación. Esto quiere decir que un oficial de una asociación de condominio no puede recibir dinero o beneficios de alguien que sea contratado para que le de servicios a la asociación. Por ejemplo, si los edificios de la asociación de dueños se están pintando por un contratista y todos los dueños pagan por los servicios del pintor, los oficiales de la asociación no pueden recibir el beneficio de obtener los servicios del pintor de gratis o con una rebaja.

Segundo: se prohíbe que una asociación de condominio obtenga los servicios de un abogado que represente a la compañía administradora de la asociación de condominio. Esto quiere decir que un abogado no puede ser abogado de la compañía administradora de la asociación de condominio y simultáneamente, el mismo o su socio, ser abogado de la asociación, ya que esto pudiera causar conflictos de intereses.

Tercero: bajo la nueva ley se prohíbe que las personas asociadas con la asociación de dueños compren propiedades que estén bajo la asociación de dueños y estén bajo remate por un banco o por cuentas a pagar o gravámenes registrados por deudas a la asociación.

Cuarto: los fiscales estatales tendrán el derecho y potestad de presentar cargos penales en contra de los miembros de las juntas de condominio o asociación de dueños por fraude en las votaciones de la asociación, sobornos, malversación de fondos, destrucción u obstrucción de los archivos de la asociación. Cualquiera persona dañada por algunos de estos crímenes podrá presentar una demanda civil.

Los crímenes de fraude de votación y sobornos se considerarán felonías de tercer grado. La malversación de fondos de condominio se castigará como una felonía de primer grado si la cantidad de los fondos malversados es alta. El mal uso de la tarjeta de la asociación por un miembro de la junta (compras privadas, etc) será considerado como fraude de tarjeta de crédito y puede ser sancionado como un crimen de felonía de primer grado.

Entre los cambios en la ley se establece que, si un miembro de la junta es culpable de alguno de los antes mencionados crímenes, dicho miembro no podrá seguir ejerciendo su cargo ya sea este importante o no para la asociación.

Estos cambios en la ley se han puesto en vigor para terminar con la historia de abuso en las juntas de dueños o condominio que en algunas ocasiones tantos daños han causado a los que deben servir honradamente y altruistamente en sus comunidades.

El Dr. Sergio J. Guzman, ejerce la profesión de abogacía en las ramas de Herencias, Tutelas, Testamentos, Fideicomisos, Bienes Raíces, Comercio, Salud Mental y Ley de Familia. Sus oficinas están ubicadas en el 2440 Coral Way, Miami, Florida 33145. Su número de teléfono es el (305) 262-6696; su número de fax es el (305) 854-1937 y el correo electrónico es [email protected].

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