Pregunta:
Pregunta:
Estoy jubilado y recibo un retiro mensual de una IRA (Cuenta de Retiro Individual). Pienso solicitar los beneficios de Seguro Social. ¿Se considerará el dinero de mi IRA como ganancias que podrían reducir mis beneficios mensuales? A.D., Miami
Respuesta:
No. No se cuentan los ingresos que no son derivados de trabajo tal como pensiones, anualidades, ingresos de inversiones, ganancias de capital y otros beneficios del Gobierno y no afectarán sus beneficios de Seguro Social. Para informarse mejor, le sugerimos revisar estas publicaciones.
Pregunta:
Necesito ayuda. Mi cónyuge fue diagnosticado con la enfermedad de inicio prematuro de Alzheimer. Necesitamos beneficios de incapacidad. ¿Qué debemos hacer? A.P., Homestead
Respuesta:
Debe solicitar los beneficios por incapacidad. Puede llenar una solicitud para los beneficios de Seguro Social por Internet (sólo disponible en inglés). Entonces, llene el informe de incapacidad para adultos, que también puede encontrar por Internet. La solicitud de incapacidad es una reclamación para beneficios, mientras que el informe de incapacidad nos provee con información sobre el impedimento actual de su cónyuge. Usted puede llenarlos por sí misma, pero puede llamarnos gratis al 1-800-772-1213 para programar una cita y ayudarle a llenar la solicitud en persona o por teléfono. El inicio prematuro de la enfermedad de Alzheimer está dentro del ámbito de Aprobaciones por compasión. Esto significa que el Seguro Social podrá acelerar el proceso de la reclamación de incapacidad de su cónyuge. Las reclamaciones que involucran padecimientos de las aprobaciones por compasión se pueden procesar en días en vez de los meses y años que a veces podrían tomar otras decisiones de incapacidad. Para una lista de las aprobaciones por compasión vea nuestra página en Internet (sólo disponible en inglés).
Pregunta:
¿Pueden mis niños recibir beneficios como dependientes debido a que recibo Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)? M.R., Doral
Respuesta:
No. Los beneficios de SSI se basan en la necesidad del individuo y se pagan sólo a la persona con derecho. Puede informarse mejor sobre SSI leyendo nuestra publicación, Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, siglas en inglés).
Pregunta:
Si llamo al número gratis del Seguro Social, ¿puede el agente de Seguro Social tomar mi solicitud para el Beneficio Adicional por teléfono? H.P., Hialeah
Respuesta:
Para el servicio más rápido, solicite por Internet. Sin embargo, si llama al Seguro Social al 1-800-772-1213 y hay un entrevistador disponible, él o ella podría tomar su solicitud por teléfono. Si no hay un entrevistador disponible inmediatamente, podemos programar una cita por teléfono para usted. Infórmese mejor sobre el Seguro Social visitando nuestro sitio Web o llámenos al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778). Para más información sobre el programa de medicamentos recetados de Medicare, visite esta página o llame al 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227; TTY 1-877-486-2048).
Pregunta:
Me retiré el pasado mes de agosto al cumplir los 65 años y dos meses y desde entonces he estado cobrando mi pensión del Seguro Social por jubilación. ¿Es cierto, como me dice un compañero de trabajo, que cuando hago ahora mi declaración del Income Tax tengo que incluir como ingresos también la cantidad que recibí del Seguro Social y pagar impuestos por ello? G.L., Westchester
Respuesta:
Con la información que usted me da no le puedo decir si tiene o no que incluir parte de sus beneficios de Seguro Social a la hora de hacer su Income Tax, pero por lo que me dice es muy probable que tenga que pagar impuestos por parte de sus beneficios de Seguro Social, ya que usted tuvo también otros ingresos. De acuerdo con la ley, si usted hace una declaración de impuesto Federal (Income Tax) como individuo, y su ingreso combinado está entre $25,000 y $34,000 es posible que tenga que pagar impuestos sobre el 50 por ciento de sus beneficios de Seguro Social. Si su ingreso combinado es más de $34,000, hasta un 85 por ciento de sus beneficios de Seguro Social está sujeto a impuestos. Si usted es parte de un matrimonio y hace una declaración de impuestos federal conjunta, es posible que tenga que pagar impuestos sobre el 50 por ciento de sus beneficios de Seguro Social si usted y su cónyuge tienen ingreso combinado entre $32,000 y $44,000. Si su ingreso combinado es más de $44,000, hasta un 85 por ciento de sus beneficios de Seguro Social estará sujeto al pago de impuestos. Por “ingreso combinado” se entiende la suma del ingreso bruto ajustado de usted y su cónyuge (tal como los informa al IRS en su 1040), más interés no tributable, más la mitad de sus beneficios de Seguro Social.