Pienso jubilarme el próximo otoño y mis niños todavía viven en casa. u00bfEllos tendrán derecho a recibir los beneficios mensuales de Seguro Social después que me jubile?
nM.M.D., Miami n
Sus niños pueden recibir beneficios mensuales si los siguientes requisitos aplican: son solteros menores de 18 años de edad; tienen 19 años de edad y todavía son estudiantes a tiempo completo en una escuela primaria o secundaria; o son mayores de 18 años de edad y están incapacitados desde antes de los 22 años y continúan incapacitados. Para informarse mejor, obtenga la publicación Beneficios para niños.
Sí, es posible que tenga derecho a recibir SSI aunque sea dueño de su propio hogar. Para recibir SSI, no puede tener recursos valorados en más de $2,000, si está solo o más de $3,000 si está viviendo con alguien juntos como pareja. Sin embargo, no contamos la casa en la que vive como un recurso. Si está incapacitado tiene que someter una solicitud y esperar por una decisión médica en su reclamación, a menos que tenga 65 años o más. Existen otros requisitos con los que debe cumplir. Infórmese mejor leyendo nuestra publicación Seguridad de Ingreso Suplementario.
Tengo tres consultas respecto a la jubilación que aspiro tomar a mis 64 años, ya que físicamente u201cno doy más u201d. Aclaro que declaro impuesto en conjunto con mi esposa. n
1. u00bfSi recibo una indemnización de un accidente en el momento de jubilarme, este dinero repercute en mis beneficios de jubilación?
n
2. Mi esposa, a quien le llevo 2 años de edad, u00bfrecibirá algún benéfico mensual al yo jubilarme? n
3. u00bfTendría o tendríamos derechos a los beneficios del Medicaid? nI.G.M., Miami Beach n
El que la declaración de impuesto la presente junto con su esposa no afecta a los beneficios del Seguro Social. Impuestos de Seguro Social se pagan como individuo aunque la solicitud sea junta. El que reciba un dinero por un accidente no le afectaría a sus beneficios de jubilación. n
Es posible que su esposa pueda recibir beneficios en su registro de trabajo. Un cónyuge recibe beneficios de hasta la mitad del beneficio total del trabajador jubilado a no ser que el cónyuge comience a recibir beneficios antes de cumplir la plena edad de jubilación. Si el cónyuge comienza a recibir beneficios antes de cumplir la plena edad de jubilación, la cantidad del beneficio que el cónyuge recibe es reducida por un porcentaje basado en el número de meses antes que el cónyuge cumpla la plena edad de jubilación. Para más información visite.
Ante todo deseo saludarla y decirle que acabo de leer su interesante columna. Mi consulta es la siguiente, este año en el mes de octubre cumplo 65 años, ya tengo mis 40 créditos pero quiero esperar hasta cumplir 66 años por que tengo entendido que esa es la edad mínima para la jubilación, u00bfes esto correcto? Por otro lado sé que el medicare rige desde los 65, u00bfestoy correcto? Pero lo que no sé es si a partir del mes de octubre ya tengo ese beneficio automáticamente o debo de realizar algún tipo de solicitud y en ese caso a quien o donde. Anticipadamente le agradezco su información. n
J.B., Miami Beach n
El Medicare no es automático. Debe solicitar el Medicare tres meses antes de cumplir los 65 años. Puede hacer la aplicación por Internet, http://www.socialsecurity.gov/espanol/solicitemedicare/. Si usted tiene cobertura médica por su trabajo puede aplicar para la Parte A que no tiene prima mensual. Si no tiene cobertura por su trabajo aplique para Parte A y Parte B. La parte B tiene un costo de $104.90 mensual. Para más información sobre el Medicare visite, http://www.socialsecurity.gov/espanol/pgm/medicare.htm n
La edad completa de jubilación es de 66 años. Al cumplir los 66 años puede recibir su beneficio completo y continuar trabajando.